EN TALAVERA LA REAL (BADAJOZ)
Sancionado un guardia civil por medir mal los metros de alejamiento en un caso de violencia machista
La víctima denunció al agente por negarse a medir la distancia en línea recta, como establece la ley, para no detener a la expareja de la mujer
El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción impuesta a un guardia civil por no medir correctamente la distancia de alejamiento entre una víctima de violencia machista y su expareja, que se encontraba de madrugada en un pub cercano a su domicilio de Talavera la Real (Badajoz).
La Sala de lo Militar del Supremo desestima así el recurso de casación del guardia civil contra la sentencia del Tribunal Militar Primero que le sancionó con la suspensión de dos días de sueldo por una falta leve de "negligencia o inexactitud en el cumplimiento de los deberes u obligaciones, de las órdenes recibidas, o de las normas de régimen anterior".
INCUMPLIMIENTO DE LA ORDEN DE ALEJAMIENTO
Según la sentencia, sobre la una y media de la madrugada del 26 de diciembre de 2013, una mujer denunció que su expareja, sobre la que pesaba una orden de alejamiento de cien metros de su domicilio, había pasado el día anterior con el coche por su puerta y se encontraba en un bar cercano.
Al día siguiente, acudió al puesto de la Guardia Civil de Talavera la Real para informar de la denuncia, ante lo que el sargento luego condenado procedió a verificar la distancia entre el local en el que estaba la expareja y el domicilio de la denunciante. Para ello, el sargento encargó la medición a dos agentes diciéndoles que debían realizarla a pie de calle y por el acerado, empleando un rodillo de medición de la Policía local.
DENUNCIA POR TRATO DE FAVOR
El resultado de esta medición fue de 120 metros, superior a la distancia establecida en la orden de alejamiento. Ante esto, la denunciante se puso "muy nerviosa y alterada" y dijo que iba a denunciar al sargento porque "tenía un trato de favor con su expareja y porque estaba en desacuerdo con el sistema de medición empleado".
La mujer manifestó en la denuncia que el agente se negó a establecer una medición en línea recta como establece la ley, obligando a los guardias a realizar una por la acera, para evitar tener que detener a su expareja. Se efectuó una nueva medición, utilizando en esta ocasión un sistema proporcionado por la Dirección General de la Guardia Civil, que dio como resultado 75,3 metros.
Además, en la resolución del Supremo también consta que el sargento no puso en conocimiento de sus superiores la existencia de la denuncia presentada contra él. Al guardia civil se le sancionó con la pérdida de dos días de haberes, sentencia contra la que presentó un recurso de casación que ahora ha desestimado el Supremo al considerar que el denunciante no aportaba argumentos nuevos y porque, a su juicio, las pruebas que se utilizaron fueron válidas.
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