Conflicto en la policía de la Generalitat
El Govern discrimina a los mossos que sufren una discapacidad grave
La Generalitat discrimina y dispensa un trato "restrictivo" a los mossos que padecen una discapacidad, aunque sea producto de un accidente en acto de servicio, y disponen de la incapacidad permanente total, que les permite trabajar, pero no es sus labores habituales. "Este trato desfavorable consiste en restringir el acceso al pleno empleo a trabajadores discapacitados en comparación con trabajadores sin discapacidad alguna y en legislar de forma contraria a la norma general". Así de contundente se expresa la Inspección de Trabajo en un informe remitido a un juzgado de Barcelona que tramita la demanda interpuesta por un policía afectado y al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO.
Dos son los puntos conflictivos: el primero, que hasta el 14 de marzo pasado a los policías que se encontraban en esta situación se les descontaba de su retribución la prestación por invalidez, y el segundo, que estos agentes dejan de realizar funciones policiales para pasar a ser técnicos de apoyo, desarrollando tareas meramente administrativas. Por no poder, ni pueden vestir uniforme.
El secretario general de la Conselleria d'Interior, Josep Martínez, admitió a este diario que el decreto que regula la segunda actividad de la policía autonómica que se ha venido aplicando era "injusto" respecto a la parte retributiva, y avanzó que en unos meses espera tener una solución en cuanto al relevo de sus funciones de los policías afectados. En los próximos días está previsto que se reúna con miembros de AIL-MED, la asociación que defiende los derechos de los mossos discapacitados.
El polémico decreto fue promulgado en el 2008, en la época del Gobierno tripartito, y durante años no se aplicó. Se empezó a hacer con la llegada del 'conseller' Ramon Espadaler a Interior. "Si hay un decreto lo tenemos que aplicar", alega Martínez. "No podemos llevar uniforme. Tenemos que entregar la placa. Nos quitan las funciones de los mossos, pero estamos sometidos a su régimen disciplinario. Nadie, además, ha recibido la resolución del cese"», explican Ángel Gómez-Quinterio, presidente de AIL-MED, y Miquel Ángel Reguero, vocal de comunicación.
TÉCNICO DE APOYO
El problema de las retribuciones se resolvió el mes pasado con la derogación parcial del decreto, pero la obligatoriedad de pasar a ocupar una plaza de técnico de apoyo continúa vigente y es el actual punto de discrepancia. "El decreto era absolutamente discriminatorio en cuanto a la disminución de la retribución", reconoce Martínez. De ahí, agrega, que se anulara parcialmente la normativa a través de un artículo de la ley de acompañamiento de los Presupuestos de la Generalitat. Falta resolver el traslado forzoso de los agentes a un trabajo no policial. "Bucamos una solución", insiste el secretario general.
El informe de la Inspección de Trabajo destaca que la incapacidad permanente total puede compatibilizarse con un empleo, siempre que las funciones que se realicen no coincidan con las labores que hasta entonces se desepeñaban, sin establecer restricciones generales. Solo, señala, las propias físicas o psíquicas del estado del empleado.
El dictamen de Trabajo es claro: "Lo que existe es un trato desfavorable y directo hacia el colectivo de mossos ocupados en un lugar de apoyo y titulares de una incapacidad permanente". Y añade que la parte derogada del decreto, que atañía a la disminución de la retribución, era "un sistema retributivo más restrictivo respecto al general" e implicaba «necesariamente» una reducción de jornada (la cantidad económica resultante tras descontar la prestación de invalidez se ajustaba a unas horas concretas de trabajo).
NULIDAD
El decreto, inciden los inspectores, es una "regulación restrictiva" que vulnera el artículo 35 de la Constitución sobre el derecho al pleno empleo, también reconocido para los discapacitados que tengan la incapacidad permanente total. El dictamen sostiene, por lo tanto, que «se entenderán como nulos y sin efecto los preceptos reglamentarios que den lugar a situaciones de discriminación directa» y que sean "desfavorables por razones de discapacidad, en los ámbitos de empleo, en materia de retribuciones, jornada y demás condiciones de trabajo".
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