Tráfico de niños

La renuncia nunca hallada

Testimonio 8Marina Estivill, la hija de Alfonsa, acude a declarar a la comisaría de la Verneda, el 10 de enero.

Testimonio 8Marina Estivill, la hija de Alfonsa, acude a declarar a la comisaría de la Verneda, el 10 de enero.

J. G. A. / V. V. LL.
BARCELONA

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La Policía Nacional no ha encontrado ningún documento que acredite que Alfonsa Reinoso donara en adopción a su hija nacida el 18 de junio de 1987 en la clínica Dexeus. El informe de la Sección del Grupo Segundo del Crimen Organizado sobre la supuesta sustracción del bebé al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO señala que en los expedientes obtenidos durante las pesquisas «no consta documento expreso de la cesión del/la recién nacida/a, renuncia a los derechos de la madre o autorización para la dación en adopción del recién nacido de Alfonsa Reinoso, así como tampoco de persona que debiera conocer el hecho». Es decir, no existe ningún papel.

El atestado policial de 400 folios recoge la investigación, así como los documentos recopilados y las declaraciones de 17 personas, entre ellas las personas querelladas: el abogado Ignacio de Gispert; la doctora de la Dexeus, ahora jubilada, Victoria López-Rodó; la exdirectora del centro la Casa de la Jove, Mercedes Porrera, y la madre adoptiva, Cristina Rimbau. Jordi Estivill, el padre adoptivo de Marina Estivill, la hija de Alfonsa, fue citado por la policía y se acogió a su derecho a no declarar.

Los agentes han recabado información a la Casa de la Jove (Asociación Católica Internacional de Servicios a la Juventud Femenina), la clínica Dexeus y la Direcció General d'Atenció a la Infància i l'Adoslescència (DGAIA). La residencia Casa de la Jove, donde ingresó Alfonsa un mes antes de dar a luz, comunicó que no guardaba ninguna documentación sobre esta mujer que cuando parió tenía 14 años y estaba bajo la protección del Tribunal Tutelar de Menores.

El historial clínico

La clínica Dexeus también aportó a la policía el historial médico de Alfonsa, que comprende desde la hoja de ingresos hasta las notas de enfermería y nursery. Tanto la querellante como Jordi Estivill, el padre adoptivo, y los primos de este sostienen que el bebé salió del centro hospitalario el 18 de junio de 1987, el mismo día del parto, cuando en el expediente clínico figuran anotaciones sobre el cuidado del bebé de dos días después, del 20 de junio. En alguno de estos documentos figura la palabra «adopción» escrita a mano y la frase «no informar». En los archivos de la clínica no existe, alega la policía, documento alguno relativo a la cesión del recién nacido. El centro no tenía las facturas de los gastos médicos, aunque estas han sido aportadas por la madre adoptiva, Cristina Rimbau (154.626 pesetas). Un dato: no se especifica el nombre de la paciente, ni a cargo de quién se emite, ni el número de factura.

En el expediente de protección de Alfonsa entregado por la DGAIA hay un escrito del Tribunal Tutelar de Menores del 18 de mayo del 1987 en el que se dispone que la adolescente quedaba retenida en la Casa de la Jove, así como otro escrito de la Direcció General de Protecció i Tutela de Menors, que pertenecía a la Conselleria de Justícia, en el que dispone su ingreso en esa residencia. Alfonsa abandonó el centro el 10 de julio de 1987, días después de dar a luz.

En un posterior informe de la Casa de la Jove, del 10 de septiembre de ese año, se hace constar que la menor acudió al centro «acompañada de una abogada [Teresa Cervelló] que tramitaba la adopción del niño que esperaba, toda vez que tanto la menor [Alfonsa], como su madre [Dulcenombre], manifestaron en todo momento que no se veían capaces de tirar adelante el niño» y que lo dejarían en adopción. Alfonsa niega este extremo. En todo caso, no se ha hallado ningún documento de renuncia de la madre biológica a cuidar de su bebé, ni autorización del Tribunal Tutelar de Menores para la adopción.

Los apellidos

A partir de las declaraciones judiciales se han podido constatar, como publicó EL PERIÓDICO, irregularidades en la inscripción en el Registro Civil de Marina Estivill, la hija de Alfonsa. La madre adoptiva, Cristina Rimbau, sostiene que siguió los consejos de la abogada Teresa Cervelló. Estas anomalías las confirmó a la policía el que en 1987 era juez del Registro Civil, Josep Puig Soler. Este admitió su «extrañeza» de que se atribuyeran de oficio a un recién nacido desamparado apellidos poco comunes como Estivill y Rimbau, pues «no era lo habitual». Estos apellidos son los de sus padres adoptivos.

El que entonces era responsable del Registro Civil y que reconoció su firma en la anotación registral aseguró que este documento era rellenado por un funcionario, limitándose él, «dado el volumen de trabajo» que tenía, «a solventar las incidencias o dudas que pudieran plantearse». En los demás casos, se «limitaba» a plasmar su firma.