El Supremo anula el indulto al conductor kamikaze de Valencia
El hombre fue condenado a 13 años de prisión y solo cumplió 10 meses de cárcel
El Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha anulado el indulto que el Gobierno concedió al conductor 'kamikaze' que fue condenado a 13 años de prisión por la muerte de un joven en la AP-7, en el tramo entre Silla-San Juan, en el 2003.
La sala, que ha necesitado cuatro días para llegar a un veredicto, revisó la cuestión a instancias de la familia del fallecido, José Alfredo Dolz, que alegaba que era el único de España dado a un kamikaze en el que el condenado no había cumplido al menos la mitad de la condena, sino solo 10 meses.
La ejecución de la sentencia, que se dará a conocer en los próximos días, queda en suspenso durante tres meses al objeto de que el Gobierno pueda, en su caso, subsanar los defectos que han motivado el fallo del Alto Tribunal.
La concesión de este indulto causó cierta polémica tras conocerse que un hijo del ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, trabaja en el despacho de abogados de Uría y Menéndez que tramitó la petición de la medida de gracia.
Tanto desde el Ministerio como el propio ministro se explicó reiteradamente que este letrado no tuvo ninguna relación con el indulto al conductor kamikaze, que no estaba en España cuando se produjo la tramitación y además trabaja en el área Mercantil del bufete, no en Penal.
Buena conducta del condenado
Las explicaciones se produjeron después de que el PSOE solicitara a la Fiscalía que investigase si se había producido tráfico de influencias en la concesión de esta medida de gracia por parte del Gobierno al condenado, quien condujo durante cinco kilómetros en sentido contrario por la A-7 provocado un accidente que mató a un joven e hirió a su acompañante.
El indulto no contó con informe favorable de la Fiscalía ni de la Audiencia Provincial, que había condenado a Ramón Jorge Ríos Salgado a 13 años de cárcel por un delito de conducción con grave desprecio a la vida de los demás, en concurso ideal con un delito de homicidio, en delito de lesiones, una falta de lesiones y una de daños. El hombre salió de la prisión tras pagar una multa de 4.000 euros.
Desde el Ministerio de Justicia se explicó que la medida de gracia se adoptó al tener en cuenta el informe favorable de la prisión y los condicionantes "médicos y personales" del condenado.
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