El uso de la información en internet

La UE exime a Google de eliminar contenidos lesivos para un usuario

CARMEN JANÉ
BARCELONA

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El derecho al olvido, esa figura jurídica que avala que pasado un tiempo se obvie una información lesiva para los intereses de una persona, no pasará por Google. El dictamen del abogado general encargado del caso en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Niilo Jäaskinen, conocido ayer, considera que Google no es responsable del tratamiento de los datos personales que aparecen en las webs que indexa y, por tanto, no está obligada a rechazar el enlace a un contenido de una web cuando la información aún está publicada.

El dictamen europeo, que avala las tesis de la empresa del buscador, llega a instancias de la Audiencia Nacional, que planteó una consulta jurídica por el caso de un ciudadano español que reclamaba que su nombre dejara de ser vinculado a una información que había prescrito y cuyo contenido le perjudicaba. Pero no es el único caso, la Agencia de Protección de Datos tiene otros 200 recursos de particulares que piden más o menos lo mismo: que Google se olvide de ellos, al menos en parte.

Mario Costeja reclamó ante el buscador más utilizado del mundo porque al hacer una consulta sobre su nombre aparece siempre un enlace a la página de un diario de 1998 donde un anuncio oficial le pone como cotitular de un edificio que iba a ser subastado por la Seguridad Social, de modo que invita a considerarle moroso. Google le remitió a la central de EEUU y respondió, en todo caso, que debía ser el diario quien eliminara la información, o al menos la marcara con un código especial para que no fuera detectada y que entonces dejarían automáticamente de vincularle.

ANUNCIO OFICIAL / El buscador apelaba a unos comandos (no indexyno follow) que utilizan muchas webs para evitar, por ejemplo, que los comentarios de los lectores u otro contenido no controlado por el responsable de la página afecte al posicionamiento en Google con enlaces a webs penalizadas por contener pornografía o por propagar virus informáticos, entre otros casos.

El diario argumentó que se trataba de un anuncio oficial y por tanto era una información veraz y no tenía por qué ser borrada. Costeja no se dio por satisfecho y reclamó ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), que le dio la razón e instó a Google a retirar el enlace. Fue Google quien llevó el caso a los tribunales y ahora ha llegado a la corte de Luxemburgo.

El jurista considera que Google funciona según un sistema automatizado, que «no tiene relación con el contenido de páginas web fuente [lo que realmente lee la red de ordenadores del buscador, llamadas arañas] de terceros disponibles en internet en las que puedan aparecer datos personales» y que «carece de medios para modificar la información en los servidores de alojamiento». Y por tanto, hace responsables a las webs del tratamiento de los datos personales que publican, lo que evita algo que legalmente ocurría, y que era que se fuera pasando la pelota unos a otros.

LIBERTAD DE INFORMACIÓN / «Google solo suprime contenido ilegal, ya sea porque vaya en contra de la propiedad intelectual, fomente el odio o la violencia, etcétera... Pero aquí se trataba de una información publicada, veraz y lícita, y por tanto hay un derecho a la libertad de expresión y de información», afirma María González Ordóñez, directora de asuntos legales en Google para España, Portugal e Israel.

«Si se atendiera a todos los ciudadanos que consideran que un contenido les perjudica, aplicaríamos censura en internet y perderíamos credibilidad entre nuestros usuarios que esperan encontrar toda la información disponible sobre un tema», afirma González Ordóñez.

Jäaskinen da la razón a Google también al afirmar que la filial española solo tiene un papel comercial y no técnico sobre la información y que solo es responsable del tratamiento de los datos de sus clientes o anunciantes, pero no de los usuarios del buscador.

El dictamen del finlandés Jäaskinen no es vinculante, pero las argumentaciones de los abogados generales suelen marcar la línea de la sentencia posterior. La Audiencia Nacional espera la respuesta del Tribunal Europeo antes de emitir una respuesta a Google.