Stop Accidentes denuncia el indulto del Gobierno a un 'kamikaze' condenado a trece años por un accidente mortal

Ana Novella, delegada de la asociación Stop Accidentes en Valencia.

Ana Novella, delegada de la asociación Stop Accidentes en Valencia. / periodico

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La delegada deStop Accidentes en laComunidad Valenciana, Ana Novella, ha denunciado que elGobierno central acordó el 7 de diciembrepasado el indulto para un hombre condenado a 13 años de prisión por conducir como kamikaze y causar un muerto y un herido en el 2003 en el tramo valenciano de la AP-7 por el que circulaba en contradirección. Novella ha declarado a Europa Press que la entidad comunicará esta decisión a la Fiscalía de Seguridad Vial "para que tenga conocimiento de este tipo de indultos". Stop Accidentes también enviará una protesta al ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón.

Novella ha lamentado que se concedan estos indultos "teniendo en cuenta que cuesta mucho que salgan este tipo de sentencias". Ha criticado que "una vez se han puesto, llega el Consejo de Ministros e indultan al acusado y no pasa nada". De esta forma es, según ha dicho, "como si no hubiera pasado nada". Esta resolución es, a su juicio, "incongruente" mientras se pretenden paliar los accidentes de tráfico y bajar el número de víctimas.

El Ejecutivo aprobó el 7 de diciembre de 2012, tal y como recoge el 5 de enero el Boletín Oficial del Estado (BOE), indultar al hombre, condenado por la Audiencia de Valencia, como autor de un delito de conducción con grave desprecio para la vida de los demás, en concurso ideal con un delito de homicidio, un delito de lesiones, una falta de lesiones y una falta de daños.

En concreto, el Gobierno conmuta al acusado la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de dos años de multa, que satisfará en cuotas diarias de seis euros, cuyo inicio y forma de cumplimiento serán determinados por el tribunal sentenciador, a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en la sentencia y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del texto.

DICIEMBRE DE 2003

Según consta como probado en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el incidente tuvo lugar el 1 de diciembre de 2003. En la tarde de ese día, el hombre golpeó su vehículo contra otro cuando circulaba por la A-7, a la altura de Torrente-Calicanto. Este tuvo que apartarse, se detuvo en el arcén y avisó de lo ocurrido a los servicios de emergencia.

Seguidamente, el conductor accedió a la AP-7 por el peaje de Silla, y cuando llegó a la altura del punto kilométrico 551-552, efectuó un cambio de sentido y comenzó a circular en sentido contrario entre los dos carriles, a gran velocidad.

Los coches con los que se cruzaba tenían que apartarse hacia el arcén o a la mediana para evitar una colisión. El hombre circulaba sin emplear ningún otro dispositivo para avisar al resto de usuarios de la vía de su conducción contra sentido, y sin efectuar maniobra alguna de evasión para eludir los vehículos que circulaban en sentido correcto.

Cuando se hallaba en el tramo Silla-San Juan, en el término municipal Polinya de Xúquer y Partido Judicial de Sueca, en tramo recto, a nivel y de buena visibilidad, colisionó frontalmente contra un turismo en que viajaba una pareja. Como consecuencia del impacto, el hombre falleció de un traumatismo craneoencefálico y su novia sufrió diferentes lesiones.