VOTACIÓN DE SEIS VOTOS CONTRA TRES

El jurado declara no culpable al yerno de los Tous

El veredicto dicta que el acusado actuó por "miedo insuperable y legítima defensa"

Corominas, el yerno de los Tous, en la Audiencia de Barcelona durante una de las sesiones del juicio.

Corominas, el yerno de los Tous, en la Audiencia de Barcelona durante una de las sesiones del juicio. / periodico

JESÚS ALBALAT / Barcelona

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El jurado ha declaradono culpable al yerno de los joyeros Tous, Lluís Corominas. El veredicto dicta que el acusado actuó por temor a un riesgo y por "miedo insuperable y legítima defensa", ya que creía que le iban a atacar, y la sentencia lo declara inocente por una votación de seis votos contra tres. La juez, al conocer la decisión del jurado, ha decidido absolver al acusado.

Corominas acabó con la vida del albanokosovarSinani Gazmend el 9 de diciembre del 2006 cuando éste y otro individuo intentaban cometer un robo en la casa de los suegros de Corominas en Sant Fruitós de Bages. Dos individuos encapuchados entraron en la finca de los joyeros en la que hay dos viviendas: una de Salvador Tous y otra de su hija. Los asaltantes incluso jugaron con los perros de la familia, miraron en el interior de una de las casas, subieron y bajaron escaleras e inutilizaron tres cámaras de seguridad.

En el momento que llegó Corominas a la puerta del chalet, avisado por el vigilante de la presencia de intrusos, los dos presuntos ladrones escaparon. Una de las hipótesis es que fueron alertados por los dos compinches que estaban fuera en un Renault Megane.

En la grabación de una de las cámaras el jurado pudo observar cómo Corominas, al ver el Renault sospechoso, se dirigió hacia él. Según la acusación, cuando el acusado sale por primera vez del vehículo que conducía, es cuando se producen los dos disparos. Uno de ellos fue el que provocó la muerte de Sinani Gazmend, ya que impactó directamente en la cabeza, y el otro en la puerta del coche.

Eximentes completas

En su veredicto, leído en la Audiencia de Barcelona, el jurado popular ha aplicado a Corominas las eximentes completas de "miedo insuperable y legítima defensa", lo que comporta a la postre su absolución por parte del juez. Corominas afrontaba una petición fiscal de siete años y medio de cárcel por matar de un disparo al presunto ladrón, que esperaba desarmado frente a la casa de sus suegros, donde otras dos personas habían intentado entrar a robar en un asalto finalmente frustrado.

Para los miembros del tribunal, Corominas no fue consciente de los riesgos que su acción comportaba, al no disponer de tiempo real para evaluarla, y actuó "condicionado" por las conversaciones que mantenía con el vigilante del chalet, que le alertaba de que los asaltantes podían ir armados y de que temía que quisieran perpetrar un secuestro o una extorsión. En opinión del jurado, los tiros que efectuó Lluís Corominas eran proporcionados a la amenaza a la que creía enfrentarse, una cuestión en la que el tribunal ha dado credibilidad a la versión del acusado, que aseguró que disparó después de interpretar un movimiento brusco de la víctima como si estuviera echando mano a una arma.

Movido por el miedo

Según ha considerado probado el tribunal popular, el yerno de los Tous mató al presunto ladrón movido por el miedo que sentía hacia una amenaza real, sin disponer de otras alternativas para dar salida a la situación de estrés en la que se encontraba. Además, los miembros del tribunal descartan que Corominas tiroteara a los supuestos asaltantes para impedir su huida, como mantenía la fiscal, y consideran que ni siquiera era consciente del riesgo de matarlos cuando les disparó. El jurado, sin embargo, admite en su veredicto que el yerno de los Tous ha cambiado a lo largo del tiempo su versión de los hechos, desde su primera declaración ante los agentes que lo detuvieron hasta sus posteriores interrogatorios judiciales.

De hecho, el jurado ha considerado por unanimidad que Corominas ejercía como coordinador de seguridad de la familia Tous, pese a que el acusado lo negó en su declaración en el juicio, cambiando de nuevo su versión inicial. Pese a no tener ninguna trascendencia, dado que ha sido absuelto en aplicación de las eximentes completas, el tribunal ha apreciado también las circunstancias atenuantes de reparación del daño, por los 150.000 euros que pagó a la familia de la víctima. La fiscalía ha anunciado que estudia recurrir la absolución de Corominas al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC).