SINDICATOS
Los funcionarios mejoran el permiso por cuidado de hijo afectado por cáncer u otra enfermedad grave
Tras las propuestas de CSIF, se amplía el tiempo de permiso, el porcentaje de reducción de jornada y se podrá aplicar aunque uno de los dos progenitores no trabaje

Una madre ayuda a su hijo con los deberes / Domenech Castelló / EFE


Nieves Salinas
Nieves SalinasPeriodista de Sanidad
Comencé mi trayectoria en Grupo Zeta, donde fui reportera de la mítica Interviú. Con los años, me especialicé en información sanitaria. Pasé por diferentes medios digitales y formé parte de la redacción que puso en marcha El Periódico de España, donde he ganado algunos premios. Me encantan los temas sociales y el periodismo de investigación.
El permiso por cuidado de hijo menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave, regulado en el Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP) incluirá mejoras en su disfrute, tras las propuestas de la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), que han sido aceptadas este martes por la Administración, según informa el sindicato.
Este permiso, detalla CSIF, da lugar a una reducción de la jornada de trabajo de, al menos, el 50 %, percibiéndose las retribuciones íntegras para el cuidado, durante la hospitalización y tratamiento continuado del hijo o hija (como máximo hasta los 23 años o hasta los 26 si se acredita además un grado de discapacidad igual o superior al 65 %) afectado por cáncer o por cualquier otra enfermedad grave que implique un ingreso hospitalario de larga duración y requiera la necesidad de su cuidado permanente acreditado por informe médico.
Según el acuerdo, la reducción de jornada podrá ahora aplicarse también en el caso de que uno de los dos progenitores no trabaje (hasta ahora se limitaba esta posibilidad) y podrá ser superior al 50 %, atendiendo a las necesidades de cuidados que sean precisas.
Jornadas completas
Además, esta reducción de jornada se podrá acumular en jornadas completas cuando "no alcance a dar respuesta a las necesidades del cuidado". El comienzo del disfrute, concluye la organización sindical, se iniciará a solicitud de la persona interesada.
Además, se concederá inicialmente por un periodo de tres meses prorrogable en sucesivos periodos de dos meses y el procedimiento se deberá resolver en quince días hábiles, transcurrido el cual "se entenderá estimada la solicitud por silencio administrativo".
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