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Acuerdo de cinco partidos

Las claves de la reforma del reglamento del Parlament: multas de hasta 12.000 euros por incitar al odio de forma "persistente"

El texto llega un día después de que la Mesa sancionara con una advertencia pública a Sílvia Orriols y a Joan Garriga por su conducta en el pleno

La diputada de Aliança y alcaldesa de Ripoll, Sílvia Orriols, en una sesión plenaria

La diputada de Aliança y alcaldesa de Ripoll, Sílvia Orriols, en una sesión plenaria / Enric Sitjà Rusiñol / ACN

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Carlota Camps

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Barcelona
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El PSCJuntsERC, los Comuns y la CUP han registrado este miércoles una propuesta de reforma del reglamento del Parlament para blindar las sanciones contra los discursos de odio de la extrema derecha. Tal y como ha avanzado EL PERIÓDICO, después de meses de negociaciones, los cinco grupos han acordado un redactado. La intención es que la nueva normativa se pueda debatir y aprobar en otoño, cuando se retome el curso político.

Hasta ahora este tipo de discursos ya podían ser castigados a través del código de conducta, pero quedaba pendiente que se incluyera en la normativa parlamentaria para darle rango de ley, para blindar las sanciones impuestas de posteriores recursos de los amonestados ante la justicia.

Estas son las principales claves de la nueva normativa:

El texto firmado por los cinco impulsores de la reforma establece que "los diputados no pueden utilizar, en ninguna de sus comunicaciones —ya sean verbales, escritas o por cualquier otro medio— un lenguaje ofensivo o difamatorio" y especifica que esto incluye todo aquel lenguaje "discriminatorio, calumnioso o que fomente, promueva o incite al odio". También impone a los diputados "abstenerse de ejercer cualquier tipo de violencia, incluida la violencia machista, racista y LGTBIfóbica".

Durante las sesiones plenarias tampoco se puede causar "desórdenes", "pronunciar expresiones ofensivas o inconvenientes para el decoro", "interrumpir a los oradores sin autorización de la Presidencia" o "entorpecer deliberadamente el desarrollo de los debates".

Aunque actualmente la presidencia de la Cámara ya llama al orden a los diputados si incumplen el código de conducta, la nueva propuesta deja por escrito cómo debe ordenarse el debate. En caso de incumplir las reglas, el infractor debe ser llamado al orden. En caso de necesitar una segunda advertencia, dicha mención queda reflejada en el acta de la sesión plenaria. Y, en caso de requerir una tercera, esta "conlleva la privación del derecho a hacer uso de la palabra" o incluso "la expulsión" de la sesión, en caso de usar "palabras ofensivas dirigidas a las instituciones, a otro miembro del Parlament o a cualquier otra persona".

Además, se habilita al diputado afectado o a su grupo parlamentario a pedir a la Mesa que ordene una investigación a la comisión del estatuto del diputado e imponga una sanción si corresponde. También puede hacerlo el órgano rector a iniciativa propia.

La reforma también busca poner negro sobre blanco en las funciones que tiene dicha comisión, formada por un miembro de cada grupo parlamentario. El procedimento establece la apertura de una información reservada para examinar los hechos y valorar si concurren circunstancias suficientes que indiquen la existencia de una posible infracción.

Si los integrantes de la comisión consideran que sí puede existir una vulneración de la normativa, deben citar en una audiencia privada al infractor y elevar un informe a la mesa. En él, debe constar los hechos acreditados, la infracción y también su calificación: leve, grave o muy grave.

El redactado establece que deberá valorarse "el contexto", "la intencionalidad", "la forma" y "el alcance de la actuación", y advierte que debe ponderarse siempre "la libertad de expresión del diputado" con "la protección de la dignidad de las personas, la igualdad, el pluralismo político y la convivencia democrática".

Este es el apartado más nuevo, ya que hasta ahora no había una graduación de sanciones en función de la gravedad de las conductas, lo que dejaba las posibles multas a merced de lo que considerara la comisión y la Mesa.

Así, se establece que las infracciones "leves" deben saldarse con una amonestación pública, mientras que las "graves" serían sancionadas con una amonestación pública y una multa de 600 a 6.000 euros, cuya cantidad final sería valorada por la Mesa en función de varias cuestiones, entre ellas "el daño causado a la dignidad y la reputación de la Cámara o de sus miembros" o "el carácter aislado o reiterado de la infracción". Los comportamientos que entrarían en esta calificación serían, por ejemplo, el "uso de lenguaje discriminatorio, calumnioso o que fomente, promueva o incite al odio". También la reiteración de infracciones leves.

Las infracciones "muy graves" son sancionables con multas de entre 6.001 y 12.000 y se puede llegar a vetar a un diputado de la posibilidad de participar en una delegación o conferencia interparlamentaria durante un año. El reglamento determina que el uso de este tipo de lenguaje de "forma persistente y continuada" entra dentro de este apartado, igual que las "amenazas, coacciones, intimidación o actos de violencia que atenten contra la dignidad, la integridad moral o física de cualquier persona en el ejercicio de la actividad parlamentaria."

Como novedad, también se da la posibilidad de que el afectado pueda pedir una reconsideración a la Mesa.

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