Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Amnistía

El Supremo sigue amnistiando el 'procés': aplica el perdón a cuatro exmiembros de la Mesa del Parlament que desobedecieron al TC

El Alto Tribunal ya ha aplicado ley a la consejera del Govern del 1-O Meritxell Serret y a ocho condenados por desórdenes públicos, entre ellos el expresidente del Parlament Roger Torrent

En la foto, Anna Simó, Lluís Corominas y Lluís Guinó, junto a Carme Forcadell.

En la foto, Anna Simó, Lluís Corominas y Lluís Guinó, junto a Carme Forcadell. / JOAN CORTADELLAS

¿Ya nos sigues?Márcanos como medio preferente
Añádenos en Google
Cristina Gallardo

Cristina Gallardo

Madrid
Por qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

El Tribunal Supremo ha declarado amnistiados los actos cometidos por los exmiembros de la mesa del Parlament catalán Lluis María Corominas, Anna Simó, Ramona María Barufet, Lluis Guinó, que fueron condenados por desoír en su día las indicaciones del Tribunal Constitucional sobre determinados acuerdos parlamentarios enmarcados en el 'procés' independentista.

Declara así extinguida la responsabilidad penal por estos hechos, al igual que ha hecho en los últimos días con respecto a ocho condenados por desórdenes públicos y la que fuera consejera del Govern durante el referendum del 1-O Meritxell Serret.

A finales de mayo de 2023, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña condenó a los cuatro miembros del entonces denominado JxSí en la Mesa del Parlament en 2017 por tramitar leyes a favor del proceso independentista, pese a que el Tribunal Constitucional les había advertido de su obligación de impedir iniciativas que supusieran eludir su mandato. Se les impuso de cuatro meses de inhabilitación y multa de 1.200 euros, tras aplicar la atenuante de dilaciones indebidas que rebajaron una primera condena que había sido anulada.

La portavoz del ejecutivo catalán, Sílvia Paneque, ha celebrado la decisión del Supremo y ha pedido a los tribunales que sigan aplicando “en este sentido y con esta diligencia” todas las amnistías que continúan pendientes. Dos de las más relevantes son el proceso que afecta al expresidente Carles Puigdemont (Junts) y al líder de ERC, Oriol Junqueras, informa Quim Bertomeu.

Postura del Supremo

En todas las resoluciones que se están notificando estos días sobre la amnistía --ninguna afecta a los condenados por el propio Tribunal Supremo-- los magistrados señalan que "el pronunciamiento del Tribunal Constitucional no ha declarado la nulidad del artículo 1.1 de la Ley Orgánica 1/2024, sino que propugna una interpretación de la norma acorde con los referidos planteamientos".

Archivo - Fachada del Tribunal Supremo. En imagen de archivo.

Fachada del Tribunal Supremo. En imagen de archivo. / ALBERTO ORTEGA / EUROPA PRESS

Añaden que los hechos presuntos que dieron lugar a este procedimiento "no ofrecen duda en cuanto a su subsunción en el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 1/2024. Se cumple, en consecuencia, con el ámbito objetivo de aplicación de la Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, que no contraviene, según lo ha establecido el Tribunal Constitucional en los términos dichos, la Constitución española".

Según dice ahora el Supremo, el artículo 11 de la ley prevé que la amnistía se aplique por los órganos judiciales en cualquier fase del proceso penal, y en su cuarto apartado se establecen, entre otras previsiones, que el tribunal, al resolver el recurso contra la sentencia, "declarará que los actos tipificados como delitos cometidos por la persona encausada quedan amnistiados, cuando concurran los presupuestos para ello en aplicación de la ley". Esta es la norma que ahora aplican.

Condena del Tribunal Superior

El Tribunal Superior sostenía en su sentencia que los diputados decidieron desatender "plenamente conscientes" las "claras" advertencias del Constitucional y de los demás miembros de la Mesa de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que supusieran ignorar los mandatos del órgano garante de la Constitución.

Concretamente, Corominas, Simó y Barrufet acordaron en 2016 admitir a trámite las propuestas relativas al referéndum y el proceso constituyente de la República catalana. Lo mismo pasó en el 2017 sobre la inclusión en una partida de los presupuestos para la celebración de la consulta, la ley del referéndum (Guinó ya había sustituido a Corominas), la de transitoriedad jurídica, la elección de los miembros de la Sindicatura y la solicitud de comparecencia del president Carles Puigdemont para dar cuenta de los resultados del 1-O.

Suscríbete para seguir leyendo