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Caso Azagra

¿Qué implica la inhabilitación a la que han sido condenados los nueve cargos y funcionarios de la Diputación de Badajoz?

Si la sentencia fuese firme, Ricardo Cabezas dejaría de ser diputado, Francisco Martos la alcaldía de Castuera, y los funcionarios perderían esta condición

Fachada de la sede central de la Diputación de Badajoz.

Fachada de la sede central de la Diputación de Badajoz. / LA CRÓNICA DE BADAJOZ

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Badajoz
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La sentencia del 'caso David Sánchez' que se ha hecho pública este martes complica y condiciona la trayectoria profesional pública de los nueve cargos y funcionarios de la Diputación de Badajoz afectados. Los nueve han sido condenados por el delito de prevaricación administrativa a la inhabilitación especial para empleo público o cargo público y para el ejercicio el derecho del sufragio pasivo por el tiempo de 9 años. Las consecuencias son "gravísimas", en palabras de uno de los abogados inmerso en la causa, que cree que hubiera sido menos dañina la pena de cárcel. "Prefiero ir a prisión un año que perder mi carrera como funcionario", llega a decir.

La inhabilitación especial para empleo público y el derecho de sufragio pasivo supone la pérdida del derecho a ser elegido en unas elecciones y la privación o incapacidad para ocupar cargos públicos o empleos. Esta medida tiene consecuencias concretas sobre la persona condenada. En lo referido al sufragio pasivo impide presentarse como candidato en cualquier proceso electoral (municipal, autonómico, nacional o europeo) durante el tiempo que dure la condena. Entre los condenados está Ricardo Cabezas, concejal del PSOE en el Ayuntamiento de Badajoz, lo que le permite a su vez formar parte de la corporación provincial. Cabezas es diputado de Cultura, Juventud y Deportes. Cuando sea firme la sentencia -se puede recurrir- no podrá seguir siéndolo. Cabezas es el único que mantiene un cargo de representación política entre todos los condenados. En la semejante situación quedaría Francisco Martos, que es alcalde de Castuera.

En cuanto al empleo o cargo público: se produce la privación definitiva del empleo o cargo sobre el que recae la condena (aunque sea de elección popular) y la incapacidad para obtener el mismo o análogos cargos. Alcance: afecta únicamente al puesto o tipo de cargo específico al que se refiera la sentencia penal, a diferencia de la inhabilitación absoluta, que afecta a cualquier puesto o función en la administración. Esto significa que, por ejemplo, Ricardo Cabezas sí podría seguir siendo profesor de Música, que aunque sea un empleo público, no está relacionado con la actividad por la que ha sido condenado.

Se pierde la condición de funcionario

Independientemente de lo que implique, hasta que no sea una sentencia firme no hay condena. Si fuese firme, ninguno de los nueve condenados podría seguir en el puesto en el que está. Pierden su condición de funcionarios durante nueve años, para quienes lo sean, y no pueden obtener un cargo público. Todos pierden sus empleos, sus sustentos. En el caso de Cristina Núñez, ya no está en la Diputación de Badajoz y trabaja en la Delegación del Gobierno de Extremadura.

La sentencia se puede recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, el Tribunal Supremo, sin perjuicio de un recurso de amparo en el Tribunal Constitucional.

Fuente: El Periódico de Extremadura