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Decisión del órgano fiscalizador

El Tribunal de Cuentas eleva al doble la cantidad a devolver por el exdirector de Antrifrau Daniel de Alfonso por cobros indebidos

El órgano fiscalizador amplia hasta el 2016 el año en que el exdirigente percibió trienios incorrectamente

El Tribunal de Cuentas abre proceso contra el exdirector de la oficina catalana Antifraude, Daniel de Alfonso

Daniel de Alfonso, en una foto de archivo.

Daniel de Alfonso, en una foto de archivo.

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J. G. Albalat

J. G. Albalat

Barcelona
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La Sala de Justicia del Tribunal de Cuentas ha elevado de 82.341,27 euros a 142.484,47 euros la cantidad que el exdirector de la Oficina Antifrau de Catalunya —OAC—, Daniel de Alfonso, debe devolver por los ingresos cobrados indebidamente en concepto de trienios salariales. De esta manera, el tribunal ha estimado parcialmente el recurso presentado por la propia OAC y la fiscalía contra la primera resolución de la consejera de cuentas respecto al exresponsable de la OAC, que estuvo en el cargo entre 2011 y 2016.

La primera sentencia de instancia ya estimó parcialmente las demandas de responsabilidad contable interpuestas por Antifrau y la fiscalía en los procedimientos mencionados y declaró la responsabilidad contable del segundo director de la Oficina. Asimismo, cifró el perjuicio causado a los fondos públicos en la cantidad de 82.341,27 euros, cantidad a la que debían añadirse los intereses calculados de acuerdo con la fundamentación de la misma resolución.

Ahora, la Sala de Justicia del órgano fiscalizador ha modificado esta resolución y ha concluido que los Estatutos del Régimen y el Gobierno Interior del Parlament de Catalunya —ERGI— no resultan aplicables a la dirección de Antifraude, al no formar parte del concepto de “personal de la Oficina” (trabajadores) establecido en la ley que regula esta entidad. De ahí que se incremente la cantidad que debe devolver Daniel de Alfonso. A esos 142.484,47 euros deben añadirse los intereses correspondientes.

El motivo

De Alfonso se aplicó los incrementos por trienios de su etapa previa como juez con las condiciones que ostentaba como director de la OAC, que eran mucho más favorables, al aplicarse un 5% sobre su sueldo base en la Oficina, superior al de su etapa como juez. Pero este criterio, según el Tribunal de Cuentas, no es aplicable en el caso del director de la Oficina. La Sala de Justicia ha ampliado el cobro indebido de esos trienios hasta 2016, cuando antes solo abarcaba hasta 2014.

En virtud de las acciones interpuestas por la OAC y la fiscalía ante el Tribunal de Cuentas, derivadas de la actuación solicitada por el entonces director Miguel Ángel Gimeno, se recupera, por tanto, para el presupuesto público esa cantidad, según un comunicado de Antifrau. La resolución no es firme, ya que puede interponerse recurso de casación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo. La cantidad declarada en primera instancia no es, sin embargo, modificable, dado que la parte demandada, Daniel de Alfonso, no interpuso recurso de apelación contra ese pronunciamiento.

De Alfonso, que ha ejercido de magistrado en Barcelona y últimamente en Cantabria, fue el segundo director de la OAC, entre 2011 y 2016, y fue destituido por el Parlament cuando trascendió la grabación de una conversación con el entonces ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, en la que quedaban patentes actuaciones irregulares y conspiraciones contra el independentismo.

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