Tribunales
Mouliaá ficha a una abogada que defendió a Pablo Iglesias para la querella por calumnias de Errejón
La defensa de la actriz en la causa por presunta agresión sexual afirma que no se le ha pedido venia y prepara una queja

La actriz Elisa Mouliaá / EP

La actriz Elisa Mouliaá, que acusa de agresión sexual al exportavoz de Sumar en el Congreso Íñigo Errejón, ha cambiado de defensa de cara a la querella que el exdiputado ha presentado contra ella por calumnias, por la que tendrá que declarar el próximo viernes ante el juez que ha admitido esta causa, Arturo Zamarriego.
La nueva letrada es Elena Vázquez, según ha adelantado La Razón y ha confirmado EL PERIÓDICO en fuentes del caso, quien ya llevó la acusación del exlíder de Podemos Pablo Iglesias por el acoso en su domicilio de Galapagar.
Se da la circunstancia, según fuentes consultadas por este periódico, de que la nueva letrada ya ha presentado escrito de personación ante el titular de la plaza número 9 de instrucción de Madrid --el mismo que instruye el caso Leire--, sin antes pedir venia al abogado que la representa en su acusación por agresión sexual, Alfredo Arrién. En fuentes de este despacho se señala que han tenido conocimiento de que en la causa por calumnias se habían presentado escritos por parte de otro letrado y preparan una queja, al no ser esta la forma de proceder.
El juez Arturo Zamarriego admitió a trámite a principios del pasado mes de diciembre la querella que interpuso el exportavoz de Sumar Íñigo Errejón contra la actriz Elisa Mouliaá por las manifestaciones públicas que esta realizó tras denunciarle por agresión sexual. Según el auto de admisión, los hechos denunciados por el político "hacen presumir la posible existencia de delito de calumnia".

La actriz Elisa Mouliaá junto a su abogado Alfredo Arrién a su llegada a los Juzgados de Plaza de Castilla, a 10 de febrero de 2026, en Madrid (España). 10 FEBRERO 2026 Diego Radamés / Europa Press 10/02/2026. Elisa Mouliaá;Alfredo Arrién;Diego Radamés / Diego Radamés / Europa Press
La querella fue admitida cuando Errejón ya había sido procesado por la agresión sexual por otro juez de Instrucción de Madrid, Adolfo Carretero. La defensa de la actriz en esta causa ha solicitado la apertura de juicio oral contra el que fuera líder de Sumar en Madrid, si bien es la única parte que acusa, ya que la Fiscalía ha instado su absolución. La actriz pide para el político tres años de cárcel y una indemnización de 30.000 euros por un presunto delito de agresión que habría cometido una noche de octubre de 2021.
Querella por calumnias
La querella de Errejón contra la actriz defiende que Mouliaá "actuó ilícitamente, con el único fin de difamar, menoscabar el honor, destruir la credibilidad y honorabilidad de Íñigo Errejón Galván, imputándole falsamente la comisión de un delito de extorsión respecto de dos testigos que ofrecieron una versión favorable y coincidente con el relato del querellante" en el marco del procedimiento penal por agresión sexual".
A finales del pasado mes de octubre, Mouliaá rechazó conciliar con Errejón, que anunció entonces que reclamaría una indemnización de 10.000 euros a la actriz si no se retractaba de sus palabras. Ello dejó vía libre para que el político se querellara contra ella por acusarle de extorsión.
La querella ahora admitida defiende que "Mouliaá reaccionó en su red social X (antes, Twitter), difundiendo afirmaciones falsas sobre Errejón respecto de la relación de éste con determinados testigos de la causa por agresión sexual con los que se habría comunicado, imputándole así falsamente un delito de extorsión para que estas personas testificaran a su favor ante el juez Carretero.
También recoge una serie de mensajes posteados por la artista en la citada red social. "NO. Errejón se negó a entregar su móvil porque había extorsionado a dos de mis testigos. No inventéis la realidad", publicó Mouliaá en respuesta a las noticias publicadas por determinados medios de comunicación.
Para la defensa de la actriz, sin embargo, el asunto debe ser sobreseído porque en uno de los autos del juez Carretero, con fecha de julio de 2025, ya se señaló la ausencia de contaminación de testigos. Según la resolución a la que ha tenido acceso este diario, el juez que investigaba la presunta agresión sexual señalaba expresamente en su resolución que no cabía proceder contra Errejón porque el testigo en cuestión fue el que se puso en contacto con el político y no consta que este "le amenazase e intimidase ni le dijese expresamente lo que tenía que testificar".
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