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Investigación a la mujer del presidente

Begoña Gómez alega ante la Audiencia que el juez Peinado no es "imparcial" por comparar a Sánchez con Fernando VII

Su asistente en Moncloa se define como "mera mensajera" para combatir las conclusiones del juez Peinado para sentarla en el banquillo

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, visita la sede de Xiaomi en Pekín junto a su mujer, Begoña Gómez.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, visita la sede de Xiaomi en Pekín junto a su mujer, Begoña Gómez. / MONCLOA

Cristina Gallardo

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Madrid
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La defensa de Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, ha elevado un recurso de queja ante la Audiencia Provincial de Madrid contra la resolución en la que el juez Juan Carlos Peinado da por concluidas sus pesquisas y la deja al borde del banquillo por cuatro delitos de corrupción .

Protesta, entre otros argumentos, por el párrafo en el que el titular de la plaza número 41 de Instrucción de Madrid parecía comparar al actual Gobierno con el reinado absolutista de Fernando VII, al considerar que este tipo de expresiones es "impropia" de un juez y hace "dudar de la imparcialidad" del propio instructor de la causa.

El recurso firmado por letrado de Gómez, Antonio Camacho, reprocha a Peinado que para argumentar que su cliente ha podido incurrir en un delito de tráfico de influencias utilice una afirmación "que es absolutamente inaceptable y que nos hace dudar de la imparcialidad del instructor ya que es impropia de un titular de la Potestad Jurisdiccional, siendo más propia de la época histórica que la citada frase recrea, y respetando muy poco la imagen de imparcialidad que un Magistrado debe transmitir". Por ello pide a la Audiencia Provincial que anule este pasaje de la resolución.

Concretamente, el juez señalaba en su escrito que, en este caso, "lo determinante es que, por mucho que se busque en la jurisprudencia, que analice o interprete este tipo penal contemplado en el denominado Código Penal de la democracia (....) no podrá hallarse un supuesto de similares características, pues las conductas que provienen de palacios presidenciales, como este supuesto, parecen más propias de regímenes absolutistas, por suerte, ya olvidados en el tiempo en nuestro Estado, lo que obliga a tratar de analizar (quizás hubiera que remontarse al reinado de Fernando VII) este tipo desde la perspectiva de una interpretación teleológica y hermenéutica de los citados artículos 428 y 429 del Código Penal".

A juicio de la defensa, esta frase "ahonda en transmitir una imagen de la Administración de Justicia en nuestro país que no es cierta y sobre todo que es sumamente inconveniente". Además, y con independencia de esta mención, la tesis del instructor es que como Gómez está casada con el Presidente del Gobierno, habría influido en el rector de la Universidad Complutense a efectos de que se le permitiera dirigir la cátedra de Transformación Social Competitiva en este centro universitario.

"Pero el auto no aporta un solo indicio de que esto realmente se haya producido, ni un solo indicio. Y, además como desgraciadamente ocurre continuamente en el presente procedimiento, obviando lo declarado no ya solo por mi representada sino por toda la estructura de dirección" del centro universitario, agrega la defensa de Gómez, para quien la acusación popular, bajo la dirección letrada del grupo provida Hazte Oír, solicita una pena de 24 años de cárcel.

Archivo - La asesora de Moncloa, Cristina Álvarez, a su llegada a declarar por el ‘caso Begoña Gómez’, en los Juzgados de Plaza de Castilla, a 10 de septiembre de 2025, en Madrid (España).

La asesora de Moncloa, Cristina Álvarez, a su llegada a declarar por el ‘caso Begoña Gómez’ / Gustavo Valiente - Europa Press

La defensa, por su parte, combate la última resolución dictada por el juez Peinado, que imputa tanto a Begoña Gómez un total de cuatro delitos: tráfico de influencias, corrupción en los negocios, malversación de caudales públicos y apropiación indebida.

Los mismos delitos se atribuyen a su asistente en Moncloa, Cristina Álvarez, cuya defensa también ha elevado recurso de queja a la Audiencia Provincial argumentando entre otros extremos que la intervención de esta trabajadora relación con la cátedra de la Complutense "no solo es marginal, sino que se limita a una labor de mera mensajera". La acusación popular considera, sin embargo, que su conducta es merecedora de 22 años de prisión.

"Masacrar la verdad"

"Da la sensación de que se pretende llegar a un objetivo, aunque sea a costa de masacrar la verdad", se asegura también en el escrito elaborado por la defensa de la esposa de Sánchez. Añade que "no cabe hablar de un acceso institucional excepcional obtenido por razón personal ni de una influencia ilegítima sobre decisiones públicas". La defensa acusa también a Peinado de actuar con "la predeterminación, contra todo razonamiento y evidencia".

"No es solo la falta de toda motivación, sino también la injustificada y arbitraria elección del cauce procesal elegido lo que produce, en este caso, una manifiesta ablación del derecho fundamental al juez predeterminado por la ley", indica, para oponerse a un juicio ante un jurado popular.

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