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Por el 'procés'

El Supremo autoriza a los Mossos a destruir todo lo intervenido el 1-O

El Alto Tribunal, que fue quien juzgó y condenó a los líderes independentistas por su responsabilidad en el 'procés', guardará "una o dos muestras" de los efectos que se incautaron

Fotografia tomada a Carles Puigdemont y Oriolo Junqueras, durante el acto unitario de la campaña en favor del "sí" al referéndum de independencia de Cataluña , el 15 de octubre de 2026, celebrado en el Tarraco Arena de Tarragona

Fotografia tomada a Carles Puigdemont y Oriolo Junqueras, durante el acto unitario de la campaña en favor del "sí" al referéndum de independencia de Cataluña , el 15 de octubre de 2026, celebrado en el Tarraco Arena de Tarragona / Jaume Sellart / EFE

Ángeles Vázquez

Ángeles Vázquez

Madrid
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Mientras que los condenados y los procesados en rebeldía por el delito de malversación de caudales del 'procés' aún esperan en el Tribunal Constitucional a que se les aplique la amnistía, el Tribunal Supremo ha autorizado a los Mossos a destruir todo el material que se intervino el 1 de octubre de 2017, cuando se celebró el referéndum por cuya responsabilidad el alto tribunal juzgó y condenó al presidente de ERC, Oriol Junqueras, y a otros 11 líderes independentistas en su sentencia del 14 de octubre de 2019. La autorización se ha producido a raíz del oficio en este sentido remitido por la Dirección General de la Policía de la Generalitat.

El presidente de la Sala Segunda, Andrés Martínez-Arrieta, y cuatro de los magistrados que juzgaron a los políticos catalanes han firmado una providencia en la que autorizan "la destrucción del material intervenido durante la jornada del día 1 de octubre de 2027 cuyos hechos" dieron lugar a la causa en la que se produjo la condena a penas de hasta 13 años de prisión que fueron luego indultadas por el Gobierno de Pedro Sánchez. La providencia, a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, señala que "la Sala no se opone a que se proceda a la destrucción de dicho material, si bien, deberá conservarse una o dos muestras de cada uno de los efectos intervenidos".

Custodiados en el Supremo

Además, impone la condición de que "la diligencia de destrucción" se desarrolle en "presencia del letrado de la Administración de Justicia a tal efecto designado, el día y hora que se determine, quien deberá levantar acta y, una vez realizada, remitirla" al propio Supremo, "junto con las muestras que no hayan sido objeto de destrucción, para que sean custodiadas en las dependencias del tribunal".

Para proceder a lo acordado, el Supremo ha librado dos oficios. Uno se dirige a la Dirección General de la Policía de la Generalitat para que traslade todo el material intervenido el 1-O, que se encuentra en los almacenes de las distintas regiones policiales de toda Catalunya, para su depósito en la sede central de Mossos d’ Esquadra, ubicada en Sabadell. El segundo es para que el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya nombre a un letrado de la Administración de Justicia con el objetivo de que esté presente cuando se proceda a la destrucción. El Supremo precisa a los agentes que comuniquen al tribunal catalán cuándo contarán con todo el material intervenido en su sede central para proceder a su destrucción.

Pendientes de Europa

A la hora de aplicar la amnistía el Tribunal Supremo entendió que el delito de malversación, por el que condenó a Junqueras, el secretario general de Junts, Jordi Turull, y los 'exconsellers' Dolors Bassa y Raül Romeva, y procesó en rebeldía al expresidente catalán Carles Puigdemont, Toni Comín y Lluís Puig, entraba dentro de las excepciones de la propia ley. Por ello, los primeros siguen cumpliendo la pena de hasta 13 años de inhabilitación que les impuso y los segundos aún tienen pendiente una orden de detención para el caso de que regresaran a España.

El Tribunal Constitucional rechazó levantar ambas medidas de forma cautelar para no vaciar de contenido los recursos de amparo que todos ellos presentaron. La resolución de las impugnaciones se ha retrasado, dado que el presidente de la corte de garantías, Cándido Conde-Pumpido, decidió finalmente esperar a que se pronuncie el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre las cuestiones prejudiciales sobre la medida de gracia que le elevaron el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional, para evitar que el Supremo acudiera a Luxemburgo tras su sentencia. La resolución europea, que se esperaba para abril, todavía no tiene fecha, algo que el Tribunal de la UE suele comunicar con varias semanas de antelación.

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