Caso Koldo
Koldo reclama al Supremo y al juez de vigilancia que le permita reunirse con Ábalos y sus abogados para preparar una defensa conjunta
"Existe un acuerdo total y explícito entre ambos internos", afirma su defensa, que presenta queja porque no le ha autorizado acceso a un ordenador para examinar la "ingente prueba digital" de cara al juicio que comienza el 7 de abril

KOLDO Y ÁBALOS / EP

La defensa de Koldo García, que fue asesor ministerial de José Luis Ábalos, ha presentado una queja ante la Sala del Tribunal Supremo que los juzgará a partir del próximo 7 de abril por el 'pelotazo' de las mascarillas después de que la dirección de la cárcel de Soto del Real, donde se encuentran cumpliendo prisión preventiva desde el pasado 27 de noviembre, no le haya facilitado acceso a un ordenador ni proporcionado visitas y comunicaciones conjuntas entre ambos para "el examen de la ingente prueba digital" de cara a realizar una defensa conjunta.
"La complejidad de la causa, que involucra miles de folios y archivos digitales relativos a contratos de adjudicación de mascarillas, hace imposible una defensa eficaz a través de los "canales ordinarios" o locutorios con mampara", señala la abogada de la Hoz, que ha utilizado los mismos argumentos en un segundo escrito dirigido al juez de vigilancia penitenciaria.
"Sin reuniones conjuntas, es imposible contrastar las versiones y la documentación intervenida que afecta a ambos internos -incide en el segundo de los escritos-. La separación física en el locutorio impide el examen de pruebas digitales y documentos e informes que son clave en la causa".

El exministro Jose Luis Ábalos durante la audiencia preliminar en el Tribunal Supremo este jueves, para tratar las nulidades que plantean las defensas como paso previo al juicio contra el exministro y su exasesor Koldo García. / Pool
Para esta parte resulta imprescindible "la celebración de reuniones de trabajo conjuntas entre los letrados y ambos acusados para contrastar la ingente documentación que les afecta de forma común", así como el "uso de dispositivos informáticos en las entrevistas para examinar las pruebas digitales que sustentan la acusación", contra ellos por varios delitos de corrupción. Se enfrentan a peticiones de condena por parte de la Fiscalía Anticorrupción que ascienden a 24 años en el caso de Ábalos y 19 y medio Koldo García.
"Sin mampara y reuniones conjuntas"
La abogada recuerda en sendos escritos que, siguiendo la instrucción que le dio el propio tribunal Supremo, se dirigió formalmente al centro penitenciario "para el uso de ordenador portátil, sala sin mampara y reuniones conjuntas con el coacusado don José Luis Ábalos y su defensa". No obstante, el Centro Penitenciario ha denegado "de forma sistemática estas peticiones, vaciando de contenido la tutela judicial efectiva que esta Sala pretendía garantizar", aduce.
Pese a haber activado el recurso penitenciario ante el juez correspondiente, la defensa considera que "la forma más rápida y eficaz de reparar el perjuicio causado y velar por el derecho fundamental de la defensa" de Koldo es la intervención del tribunal, dada la inminencia del comienzo del juicio una vez pase la Semana Santa. "No es posible demorar la preparación de la estrategia defensiva a los tiempos de tramitación ordinarios de la vigilancia penitenciaria", insiste.
Acuerdo Ábalos-Koldo
En el escrito ante el juez de vigilancia, la defensa del que fuera "hombre para todo" del ministro de Transportes agrega que "existe un acuerdo total y explícito entre ambos internos y sus respectivos equipos jurídicos para trabajar de forma conjunta en la estrategia de defensa".
Por esta razón, sus peticiones no son un mero "capricho procesal", sino que responden " a la indicación directa de un funcionario del centro", que fue quien instó a esta parte "comunicar la necesidad de estas reuniones por escrito para su debida organización". Para la abogada "resulta contradictorio que, tras seguir las instrucciones del personal, se (..) deniegue una práctica que es perfectamente normal y habitual en el día a día penitenciario cuando existen causas con multiplicidad de investigados".
Si bien la resolución penitenciaria que deniega las medidas apela al "principio de igualdad de trato" entre los presos, la defensa considera que "en la práctica genera un agravio comparativo, ya que impide que investigados en una misma causa compleja puedan ejercer su derecho de defensa en condiciones similares a las que tendrían en libertad, sin que existan razones de seguridad reales que lo impidan, más allá de una interpretación rígida del reglamento".
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