Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Caso Koldo

El Tribunal Supremo inicia los trámites para embargar a Ábalos y Koldo porque no han prestado fianza de cara al juicio

Anticorrupción, a favor de que Armengol y Torres declaren por escrito, aunque solo se les podrá preguntar por mascarillas

El juez recuerda a Koldo que el derecho a prueba no es absoluto y no incluye las razones por las que se le empezó a investigar

El exministro Jose Luis Ábalos durante la audiencia preliminar en el Tribunal Supremo este jueves, para tratar las nulidades que plantean las defensas como paso previo al juicio contra el exministro y su exasesor Koldo García.

El exministro Jose Luis Ábalos durante la audiencia preliminar en el Tribunal Supremo este jueves, para tratar las nulidades que plantean las defensas como paso previo al juicio contra el exministro y su exasesor Koldo García. / Pool - Archivo

Cristina Gallardo

Cristina Gallardo

Madrid
Por qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

El Tribunal Supremo ha iniciado los trámites para embargar a José Luis Ábalos y Koldo García tras constatar que no han prestado los 60.000 euros de fianza que se les impuso para hacer frente a por la responsabilidad civil que deberían afrontar si son condenados en el juicio que comenzará el próximo 7 de abril por el 'pelotazo' en los contratos de compra de mascarillas.

"Realícese averiguación patrimonial a través del Punto Neutro Judicial y con su resultado se acordará", señalan las diligencias de ordenación que tienen fecha de este jueves a las que ha tenido acceso EL PERIÓDICO. En otra causa distinta, la que se instruye en la Audiencia Nacional, por otra parte, del caso, el juez Ismael Moreno descubrió que Koldo tenía una póliza de seguros de vida que venció en febrero de 2021 sin que se cobrara el importe, 1.102 euros, que ahora quedan embargados de forma preventiva, según la resolución a la que ha tenido acceso este diario.

El pasado mes de enero, el juez instructor de la causa rechazó la petición formulada por la defensa de Koldo García, para que se abriese pieza de responsabilidad civil también al comisionista de la trama Víctor de Aldama y que tuviera que participar así en la aportación de 60.000 euros que se les exigen tanto a él como a su exjefe.

El magistrado Leopoldo Puente le respondió que las eventuales responsabilidades civiles no afectan a Aldama porque tienen que ver con posibles indemnizaciones en favor de Ineco y Tragsatec. Es decir, el dinero sería para compensar el perjuicio causado a ambas empresas públicas por la contratación de la que fuera pareja de Ábalos, Jésica Rodríguez.

Declaración por escrito

Además, el fiscal jefe Anticorrupción, Alejandro Luzón, considera que debe aceptarse la petición de la presidenta del Congreso, Francina Armengol y del ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres para poder declarar por escrito en el juicio que se celebrará en el Tribunal Supremo a partir del próximo 7 de abril por el caso Koldo. Ambos solicitaron acogerse a esta prerrogativa en sendos escritos remitidos al tribunal que juzgará al exministro José Luis Ábalos, al que fuera su asesor y al comisionista Víctor de Aldama.

No obstante, en su escrito, al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, el fiscal apunta que las preguntas que se les remitan "deberá contraerse, exclusivamente, al conocimiento que ambos pudieran haber tenido de las adjudicaciones de los referidos contratos licitados por el Servicio Canario de Salud y el Servicio de Salud de Illes Balears y su relación con las adjudicaciones previamente concedidas a Soluciones de Gestión" (la empresa apuntada por Aldama) en el Ministerio de Transportes.

La declaración por escrito se sustenta en la propia Ley de Enjuiciamiento Criminal, que lo permite para los miembros del Gobierno y presidentes del Congreso cuando “hubieren tenido conocimiento por razón de su cargo de los hechos de que se trate". Según recuerda Luzón, los hechos por los que se les requiere "guardan relación con los cargos" que ambos desempeñaron "en los años a que se contrae la presente causa".

Contenido del interrogatorio

Por lo que se refiere al contenido sobre el que debe versar la declaración por escrito, el fiscal jefe Anticorrupción precisa que "tienen en común la participación en ellos de José Luis Ábalos" en su condición de ministro de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana, un cargo que ocupó entre los años 2018 y 2021. "Ya más concretamente, en lo atinente a la adquisición de material de protección sanitario, la acusación se refiere a la adjudicación a Soluciones de Gestión y Ayuda a las Empresas S.L. en marzo de 2020 de dos contratos de suministro de mascarillas" para Puertos del Estado y Adif.

Con posterioridad, en abril y mayo de 2020, la citada mercantil resultó también adjudicataria de otros contratos de suministro de material de protección por distintas administraciones públicas, entre ellas el Servicio Canario de Salud y al Servicio de Salud de Illes Balears "al tiempo en que dichas comunidades autónomas eran presididas por Don Ángel Víctor Torres y por Doña Francina Lluc Armengol, respectivamente".

En todo caso, añade que la Fiscalía "no ha solicitado la declaración testifical de estas dos autoridades como prueba para el juicio oral, no formula pregunta alguna ni propone cuál deba ser el contenido concreto de sus respectivos informes, más allá de precisar que deberá este contraerse, exclusivamente, al conocimiento que ambos pudieran haber tenido de las adjudicaciones" investigadas.

Además, el Supremo ha comunicado este viernes que ni siquiera admite a trámite el incidente de nulidad de actuaciones interpuesto por la defensa del encausado Koldo García contra el auto de 3 de marzo por el que se resolvieron las cuestiones previas planteadas en la audiencia preliminar. Le responde que contra la resolución de la audiencia preliminar no cabe recurso alguno, “sin perjuicio de la pertinente protesta -ya reseñada- y de que la cuestión puede ser reproducida, en su caso, en el recurso contra la sentencia" que se dicte en su día. Ahora, la defensa puede acudir al Tribunal Constitucional para pedir amparo por los derechos que decía habían sido vulnerados en este recurso.

Respuesta a Koldo

Por su parte, el juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno, que investiga la parte del caso mascarillas que afecta a altos cargos de Transportes por los contratos con Soluciones de Gestión, ha rechazado el recurso de reforma presentado por la defensa de Koldo García contra su decisión inicial contra una diligencia que busca anular la actuación policial que sustenta la causa, en concreto el acceso a bases de datos policiales y otras fuentes de investigación en las que se recabaron datos sobre él, su hermano y su exmujer, porque las considera prospectivas.

Archivo - El exasesor del exministro José Luis Ábalos Koldo García sale de declarar en el Tribunal Supremo, a 23 de junio de 2025, en Madrid (España).

El exasesor del exministro José Luis Ábalos Koldo García sale de declarar en el Tribunal Supremo, a 23 de junio de 2025, en Madrid (España). / Carlos Luján - Europa Press

En un auto con fecha de este jueves al que también ha tenido acceso este diario, el titular de la plaza número 2 de Instrucción del Tribunal Central de Instancia le responde que "el derecho a conocer la información que pueda ser relevante para el material probatoria no es de configuración absoluta y sin modulación, proclamando el Tribunal Supremo que se proyecta sobre la totalidad de las pruebas materiales, pero no incluye las fuentes u origen de la investigación, estrictamente policial, que carecen de virtualidad como fuente de prueba, y no integran el expediente preciso para el ejercicio de defensa".

También le recuerda que el origen del caso se encuentra en unas diligencias de investigación incoadas por la Fiscalía Anticorrupción en 2022 en la que se practicaron "una serie de diligencias por la fuerza policial actuante (la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil), las cuales constan junto con el escrito de querella origen de este procedimiento, con lo que la actuación policial no estuvo ajena a las directrices, en primer momento de la Fiscalía Anticorrupción, en primer momento y, una vez que la causa fue judicializada". La petición de Koldo volverá a ser valorada en apelación por la Sala de lo Penal de este órgano.

Suscríbete para seguir leyendo