Abuso sexual
La víctima del DAO insiste al juez en la protección del audio de la presunta agresión: "Se sacrifica innecesariamente la intimidad"
La defensa del exmando policial utilizó textuales de la grabación para defender que la inspectora se querelló por celos

El ex DAO de la Policía José Ángel González, en primer plano, en una ceremonia de entrega de distinciones militares a policías celebrada en 2023. / ET

La inspectora que se querelló contra al ex director adjunto operativo de la Policía (DAO) José Ángel González por una presunta violación insiste en la necesidad de que otorgar una especial protección tanto al audio que supondría la prueba clave de la agresión como a otras pruebas aportadas, de modo que solo puedan ser examinadas en sede judicial y en presencia de la letrada de la Administración de Justicia. El juez David Maman no lo consideró necesario, pero esta parte pide que lo reconsidere y se pondere así "la intensidad del sacrificio impuesto a la víctima".
A juicio del abogado Jorge Piedrafita, la decisión del juez número 8 de Violencia sobre la Mujer de Madrid, "incurre en falta de ponderación efectiva" porque, ante una solicitud que no niega el acceso de la defensa, sino que lo canaliza (mediante su consulta bajo control judicial), "opta por un modelo de entrega/traslado que maximiza la disponibilidad del contenido sin articular salvaguardas equivalentes para los derechos de la víctima".
"Ello supone decantarse de facto por un solo polo del conflicto (defensa entendida como disponibilidad irrestricta) sacrificando innecesariamente intimidad, dignidad, datos sensibles y la tutela reforzada exigible en delitos sexuales", agrega el escrito, al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO.

El ex director adjunto operativo (DAO) de la Policía Nacional José Ángel González. / Moncloa
La defensa del ex mando policial utilizó textuales de la grabación para defender en un escrito ante el juez que la inspectora se querelló por celos. Por ello la defensa insiste en el "riesgo específico ya demostrado con la filtración el pasado 3 de marzo de 2026 del escrito formulado por la defensa en el que se realizan transcripciones literales de los citados elementos sensibles", así como de la identidad de la víctima, "a la que ya todo España y parte del extranjero conoce con sus nombres y apellidos completos".
El recurso también reprocha que la razón esgrimida por el juez para denegar la protección de la prueba no satisfaga "el deber de motivación cuando la parte ha alegado un riesgo concreto (filtración previa del soporte digital) y se solicita una medida procesal de mínima intensidad (...) orientada a evitar nuevas difusiones y a proteger contenido potencialmente sensible". Por ello, le recuerda que la jurisprudencia del Supremo apunta a que el control de las decisiones judiciales "exige verificar que el itinerario valorativo/decisorio se ajuste a estándares de racionalidad".
Opción menos perjudicial
"La ponderación exigible aquí no es abstracta: es concreta y debe culminar en la opción menos perjudicial que mantenga intacto el derecho de defensa, justo como razona la doctrina sobre prueba y protección de la víctima", añade el abogado de la víctima.
Conforme a esta jurisprudencia, concluye Piedrafita, "resulta objetivamente adecuado y procedente acordar un acceso controlado (...) que preserve la contradicción sin imponer a la víctima y el investigado a una exposición innecesaria de su intimidad y datos sensibles, cumpliendo el mandato jurisprudencial de compatibilizar ambos derechos en conflictos propios de delitos sexuales".
La defensa de González un escrito de alegaciones que defiende un escenario radicalmente opuesto al defendido en su querella por la subordinada que le acusa de violación. Basándose en el mismo audio que supondría la prueba central, el escrito escoge pasajes que describen una escena marcada por los celos y por una "demanda de atención y exclusividad" en la que la instructora llega a afirmar literalmente "te quiero demasiado", "no puedo compartirte" y “no me gusta compartir mis cosas ¿sabes lo que te quiero decir?”.
A juicio de la defensa, es la mujer la que "marca las condiciones", algo que se encuentra muy lejos del escenario presión que le atribuye la querella. Por su parte, la acción penal presentada contra el ex mando policial, la grabación vendría a sustentar que la mujer “rechaza de forma verbal, expresa, rotunda y continuada” cualquier actividad sexual y que su superior le impide marcharse, y que, incluso cuando afirma que su negativa es seria, el DAO continúa con la conducta descrita, llegando “sujetarla” y “amenazar con forzarla”.
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