Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Medida del Govern

Un dictamen sobre el registro de grandes tenedores de vivienda cuestiona los datos que se exigen a los propietarios

El Consell de Treball, Econòmic i Social de Catalunya advierte de que pueden ser "desproporcionadas" algunas de las informaciones que se solicitan, como la ubicación y la superficie de los pisos

Catalunya permitirá consultar quién es un gran tenedor de vivienda mediante el nombre y el NIF

De Blackstone a CaixaBank: ¿quiénes son los grandes propietarios?

Escaparate de una inmobiliaria en Barcelona

Escaparate de una inmobiliaria en Barcelona / Sandra Román

Sara González

Sara González

Barcelona
Por qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

El Consell de Treball, Econòmic i Social de Catalunya (CTESC) advierte de que algunos de los datos que el Govern plantea exigir a los propietarios en el registro de grandes tenedores y en el de pisos vacíos pueden ser "desproporcionados", además de reclamar que se "anonimicen" los datos personales de las personas físicas, puesto que se trata de una herramienta que será consultable por razón social -nombre- y NIF. Así lo recoge en el dictamen sobre el decreto que prepara la Generalitat, adelantado por EL PERIÓDICO, para que cualquier ciudadano pueda consultar si una vivienda pertenece a alguien con más de cinco viviendas en zonas tensionadas en Catalunya o 10 en todo el Estado pero que una de ellas esté en territorio catalán.

El dictamen es preceptivo y no vinculante, por lo que el Govern deberá decidir si atiende o no las observaciones que plantea. En concreto, lo que pone en cuestión el órgano es que se requieran datos que supongan "una carga administrativa innecesaria", por lo que considera que deberían justificarse los motivos por los que se recopilan. Además de garantizar el anonimato de las personas físicas, pide que se elimine la obligación de informar sobre la ubicación y la superficie útil de las viviendas de los propietarios de acuerdo con el principio de "minimización" establecido en el reglamento de protección de datos. También establece que se revisen los plazos fijados para suministrar la información, especialmente para pymes, pequeños promotores y administradores no profesionalizados, para garantizar "proporcionalidad y seguridad jurídica".

Otra de sus recomendaciones es que se excluya de la obligatoriedad de constar en los registros de aquellas viviendas que estén involucradas en un proceso legal, por ejemplo por herencias no resueltas, porque hay distintos propietarios que no se ponen de acuerdo o por cualquier pleito que esté en vigor.

Garantizar la inspección

El organismo sí que avala que cualquier persona pueda consultar "sin restricciones" si una vivienda es propiedad de un gran tenedor para garantizar la "transparencia". Aunque también apunta que a la norma le falta un apartado que haga referencia al régimen de inspección. "La falta de esta actividad inspectora puede hacer inoperante el registro de personas grandes tenedoras y de viviendas vacías sin título inhabilitante y, por tanto, las obligaciones asociadas a la norma", concluye. Las sanciones previstas por incumplir la obligatoriedad pueden alcanzar los 90.000 euros.

En este sentido, en el caso de las viviendas sin inquilinos, el CTSC defiende que los Agentes de la Propiedad Inmobiliaria estén "obligados" a informar a la Generalitat de los pisos vacíos que gestionan si el propietario no los ha inscrito. Además, sostiene que debería ser la Agència de l'Habitatge de Catalunya y no la Oficina de Gestió Empresarial quien gestione los registros.

El CTESC también plantea que la obligatoriedad de constar en el registro sea limitada en el tiempo durante el que una zona está declarada como tensionada y también recomienda al Executiu que despliegue en dos reglamentos distintos e independientes el registro de grandes tenedores y el de pisos vacíos, ya que ambos están recogidos en una sola propuesta de decreto para su aprobación. "Tienen finalidades, sujetos obligados y regímenes jurídicos diferenciados", sostiene el dictamen.

Voto particular de Foment y Pimec

Foment y Pimec han emitido votos particulares porque algunas de sus demandas no han sido incluidas en el dictamen. El primero de ellos carga contra las "elevadas" sanciones previstas en caso de incumplimiento, así como contra la cantidad de datos solicitados y la "extralimitación competencial" que entiende que supone que los grandes propietarios deban aportar datos sobre inmuebles que no están situados en Catalunya. Pimec también pide ampliar el plazo para aportar la información y que no se tengan en cuenta en el cómputo de propiedades las segundas residencias, las que estén en rehabilitación o que no tengan cédula de habitabilidad vigente.

Suscríbete para seguir leyendo