Ley de Publicidad en el Sector Público
El Gobierno aprobará la ley para bloquear la publicidad institucional a los "pseudomedios"
Según el borrador del anteproyecto de la ley de publicidad en el sector público al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO quedarán fuera de la limitación del 35% de ingresos públicos los medios con un volumen de negocio inferior a los dos millones de euros y de ámbito territorial

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante la clausura el pasado viernes de la jornada ‘Desigualdad: es hora de actuar’. / José Luis Roca / EPC

Más de año y medio después de situar en la diana a los denominados “pseudomedios” y proponer una reforma de la ley de publicidad para cortar su financiación pública, el Gobierno llevará al Consejo de Ministros el anteproyecto de Publicidad en el Sector Público. La norma estrella del ‘plan de regeneración democrática’ propone limitar los ingresos por publicidad institucional de medios y plataformas en línea al 35%. Se busca asimismo aumentar la transparencia con la obligatoriedad de hacer pública la propiedad de los medios y su financiación, con el deber de la publicación anual de inversión publicitaria por parte del sector público estatal.
Según el borrador del anteproyecto al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, quedarán fuera de estas limitaciones los medios con un volumen de negocio inferior a los dos millones de euros y de ámbito territorial. Por esto último se entiende aquellos cuya audiencia "se encuentre concentrada, al menos en un 70% en el ámbito de una, dos o tres Comunidades Autónomas limítrofes, unas con otras o entre sí, entendiéndose por tales aquellas que compartan frontera terrestre o, en el caso de las Comunidades Autónomas insulares, aquellas que mantengan continuidad o proximidad geográfica con las anteriores de conformidad con su organización territorial".
En lo relativo a la transparencia, el artículo 12 del borrador del anteproyecto introduce requerimientos de transparencia en la contratación pública. En primer lugar, establece la exigencia de hacer públicas las tarifas ofertadas al mercado por parte de los prestadores de servicios de medios de comunicación "para los formatos, espacios, soportes y periodos definidos en el correspondiente Plan de anual de publicidad y comunicación, con carácter previo a la contratación de las campañas de publicidad y acciones de comunicación". Estas tarifas, que tendrán la consideración de precios máximos en la contratación pública, "deberán comunicarse a la Comisión de Publicidad y Comunicación, exclusivamente por parte de aquellos prestadores de servicios de medios de comunicación interesados en difundir campañas de publicidad y acciones de comunicación del sector público estatal".
El anteproyecto, que adapta el reglamento europeo de medios de comunicación, delega en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) la potestad sancionadora y el control de un registro de medios. Desde la aprobación definitiva de la norma se establece un plazo de seis meses para cumplir con el requisito de acreditación de la inscripción registral de los prestadores de servicios de medios de comunicación. Este plan, según se recoge en la exposición de motivos y "en consonancia con el Reglamento (UE) 2024/1083, reconoce que la ciudadanía debe conocer las fuentes de financiación de los medios, la identidad de sus accionistas, la publicidad institucional que reciben y sus cifras de audiencia de forma honesta".
Los prestadores de servicios de medios de comunicación y plataformas a través de los cuales se difunda la publicidad del sector público estatal, por tanto, deberán "estar inscritos en el correspondiente registro estatal o autonómico de prestadores de servicios de medios de comunicación". Se trata, con ello, "de garantizar que los fondos públicos destinados a publicidad se asignen a prestadores de medios de comunicación y plataformas en línea que hayan cumplido las obligaciones de transparencia previstas".
Su objetivo pasa por fijar límites a la financiación que las administraciones públicas pueden dedicar a los medios de comunicación, para que no haya medios “esencialmente impulsados por o dependientes de administraciones públicas”. Se prevé que en aquellas comunidades autónomas que no hubieran designado una autoridad independiente competente, la CNMC recabe directamente de las Administraciones autonómicas, de las entidades que integran su sector público institucional y de las entidades que integran el sector público local la información necesaria para el seguimiento y la elaboración de los informes anuales previstos.
Plan de medios
De forma paralela, el plan de regeneración se complementa con las reformas de la ley del derecho al honor y de derecho de rectificación. En ambos casos se pretende endurecer la regulación y “actualizar los plazos de resolución de los procedimientos y los mecanismos de determinación de las indemnizaciones de quienes ven vulnerados sus derechos, para adecuarlos al dinamismo del ecosistema mediático actual y asegurar su carácter propiamente compensatorio”.
Desde el Ejecutivo se considera que ambas normas están desactualizadas y no garantizan una respuesta ágil ante las difamaciones “en cualquier medio o pseudomedio”. Dentro de la ley de derecho de rectificación estarán incluidos los usuarios de redes sociales con más de 100.000 seguidores.
La norma de 1984 se adaptará así al actual entorno digital y se defiende por la necesidad de “mejorar el debate público del país”. Otra de las novedades tiene que ver con que se amplía el plazo para presentar solicitudes de rectificación de siete a diez días, así como que la remisión del escrito de solicitud no tenga que ser dirigido al director de un determinado medio. Ahora ese requisito será potestativo.
El Gobierno también añadió al plan de medios una reforma de la ley electoral para obligar a publicar todos los microdatos de las encuestas electorales con el fin de evitar sesgos que busquen “influir” en el estado de opinión, una ley de secreto profesional de los periodistas para la protección de fuentes y la trasposición de la denominada directiva anti SLAPP para la protección de los periodistas de acosos externos. España tiene hasta mayo de 2026 para trasponer esta directiva.
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