Acuerdo de presupuestos
Los grandes tenedores solo podrán comprar edificios para alquiler asequible y no para especular en Catalunya
La norma deberá aprobarse antes del verano, según el pacto de Govern y Comuns, e incluirá multas de hasta 1,5 millones para quien la incumpla
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Vista panorámica de la zona de la Gran Via de L’Hospitalet. / Zowy Voeten / EPC
Catalunya pone pie en pared a la compra especulativa de vivienda. Si el Govern y los Comuns han podido poner el broche al acuerdo de presupuestos es gracias a que han alcanzado un pacto para poner coto al lucro con los pisos a través de la modificación de la ley de urbanismo. El objetivo: priorizar que la vivienda sea de uso residencial y que se deje de hacer negocio en las zonas declaradas como tensionadas. Lo harán, además, en tiempo récord, puesto que la entente incluye que este cambio legislativo esté aprobado en un plazo máximo de seis meses, lo que supone que ERC deberá avalar que se tramite por la vía de urgencia en el Parlament. Si se acaba materializando, Catalunya se convertirá en la primera autonomía en imponer este límite al mercado inmobiliario.
"No podemos prohibir la compra, lo que podemos es regular a qué va destinada la vivienda. La compra será o para vivir o para alquiler al precio fijado por ley. Echaremos a los fondos buitre", ha anunciado la líder de los Comuns en el Parlament, Jéssica Albiach, tras firmar el pacto con el president Salvador Illa en su despacho en el Palau de la Generalitat. La filosofía de la ley es que solo se pueda comprar para residencia habitual o para poner en alquiler a precio asequible, e incumplirla supondrá sanciones severas que alcanzarán los 1,5 millones de euros.
Los grandes tenedores, aquellos propietarios que cuentan con cinco inmuebles o más, no podrán comprar viviendas para especular en Catalunya, esto es, obtener beneficios vendiendo o alquilando a precios desorbitados fuera de los topes fijados por la ley de vivienda. Sí podrán adquirir edificios enteros, pero deberán destinarlos a alquiler con el precio regulado; no podrán destinarlos ni a pisos turísticos ni de temporada. En caso de que los rehabiliten y quieran revenderlos, la ley no puede impedirlo, pero los Comuns recuerdan que se ha incrementado hasta el 20% el impuesto de transmisiones patrimoniales, por lo que se reduce el margen de beneficio.

Una mujer mirando anuncios en una inmobiliaria / Sandra Román
Las personas físicas que ya tengan estas cinco viviendas solo podrán comprar inmuebles si es para vivir en ellos, por lo que deberán acreditarlo ante notario y estar empadronadas en ella en un plazo de un año, como máximo. Los pequeños propietarios podrán comprar hasta cuatro viviendas, siempre que sean para usarlas ellos mismos o para un familiar de hasta segundo grado o para alquilarlas, siempre con el precio regulado por ley. También podrán adquirir una vivienda para alquilarla como residencia habitual, pero siempre aplicando el índice de precios fijado por la norma. Se trata de un margen más permisivo que el que incluye la iniciativa que tienen registrada los Comuns en el Parlament.
Segundas residencias
Las segundas residencias tienen un trato especial: las personas físicas, pequeños o grandes tenedores, podrán hacerse con una en un municipio distinto a su residencia habitual -la que consta en el padrón- y se considerará una "extensión" de la primera. Esto podrá ser así incluso si esa segunda residencia se adquiere en una localidad que también ha sido declarada como tensionada, pero no podrá destinarse a uso turístico ni de temporada.

Pisos en construcción en el Baix Llobregat / JORDI COTRINA
En cuanto a las herencias, quienes las reciban solo podrán tener una segunda residencia, por lo que si reciben más inmuebles deberán ser puestos por ley en alquiler. ¿Y qué pasa con los pisos que en estos momentos están vacíos? Albiach ha admitido que es "complicado" tener un censo, pero ha recordado que hay una regulación con sanciones en la que incluso se contempla la expropiación.
A expensas de las mayorías municipales
Para evitar que algunos propietarios se salten la ley, la reforma contempla que se apruebe un refuerzo del régimen sancionador que ya está vigente en Catalunya desde hace un año para la regulación de los precios del alquiler. Con este fin, se impulsarán sanciones de hasta 1,5 millones de euros para aquellos que no destinen la vivienda adquirida a lo que han declarado ante notario, a los que simulen "negocios jurídicos" o a los que traten de esquivar su condición de gran tenedor.
Una vez la ley entre en vigor, los ayuntamientos de los 271 municipios que en estos momentos han sido declarados zona de mercado residencial tensionado, que concentran el 90% de la población catalana, podrán aprobar planes especiales urbanísticos para impedir que las compras sean para especular. Esto plantea una grieta, y es que la aplicación de la norma quedará a expensas del color político y las mayorías de cada ayuntamiento. "Ponemos las bases, los cimientos, para que los ayuntamientos lo hagan, y si no quieren, la sociedad civil organizada puede presentar la medida", ha defendido Albiach, que ha admitido, sin embargo, que la voluntad política será clave.
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