Revelación de secretos
El Supremo tasa en 79.942 euros las costas del juicio que González Amador reclama al exfiscal general
El ex fiscal general impugna el cálculo por "falta de imparcialidad objetiva" del Colegio de Abogados de Madrid, que ejerció la acusación popular contra él y propone como alternativa 4.240 euros

El exfiscal general del Estado Álvaro García Ortiz / Fernando Villar / EFE

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha notificado ya al exfiscal general del Estado Álvaro García Ortiz la tasación de las costas del juicio por el que resultó condenado por revelación de secretos de la pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, y que deberá abonar al empresario. Asciende a un total de 79.942 euros que resultan de los honorarios profesionales que costaron el abogado y la procuradora que Alberto González Amador tuvo que contratar (64.778 euros) más los impuestos correspondientes.
La tasación, a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, se justifica en una diligencia de ordenación que tiene fecha del pasado 9 de febrero y que desde la defensa tiene previsto recurrir, según las fuentes jurídicas consultadas. También se da traslado a la Fiscalía "por si a su derecho conviniere impugnar", según detalla el documento. La Abogacía del Estado, que representa en este litigio al ex fiscal general, ha impugnado el cálculo por "falta de imparcialidad objetiva" del Colegio de la Abogacía de Madrid, que ejerció la acusación popular contra él. Así, solicita al Supremo que recabe el informe de un colegio de abogados territorialmente distinto o, en su defecto, del órgano corporativo superior, que es el Consejo General de la Abogacía Española. Propone como alternativa el pago de 4.240 euros.
Cuestiona el cálculo
Además, los Servicios Jurídicos del Estado consideran que "los criterios colegiales de honorarios poseen una mera función orientadora, sin eficacia vinculante en sede de tasación". Por ello, afirma que las costas no pueden fijarse mediante módulos rígidos o cuantías automáticas, aunque sí pueden calcularse conforme a criterios objetivos "que eviten la arbitrariedad y permitan un control judicial proporcionado".

El ex fiscal general del Estado Álvaro García Ortiz / Fernando Sánchez - Europa Press
Además, la defensa considera la cantidad resultante de la tasación excesiva y desproporcionada y atribuye a la defensa ejercida en nombre de González Amador la utilización "artificiosa" de parámetros tanto procesales como materiales con el fin de elevar la cuantía solicitada, como es aludir a la ausencia de antecedentes o atribuirle la parte de las gestiones procesales en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, antes de que él resultara imputado.
Agrega que tampoco puede atribuirse a García Ortiz complejidad alguna derivada de la pluralidad de partes personadas en el procedimiento, como fue la presencia de hasta seis acusaciones populares o que el hecho de que tuviera la condición de aforado pueda usarse para incrementar las costas procesales.
Incorporado a la carrera
García Ortiz fue condenado a dos años de inhabilitación para ejercer de fiscal general del Estado, una condena que le costó el puesto aunque posteriormente, y por decisión de su predecesora en el cargo, Teresa Peramato, ha podido incorporarse a la Fiscalía de lo Social del Tribunal Supremo. También al pago de 17.200 euros que se dividían en una multa de 7.200 euros asociada a la condena más los otros 10.000 , en concepto de indemnización al empresario, un total que fue aportado tras una recaudación organizada por la Unión Progresista de Fiscales, a la que pertenecía el exfiscal general.

La pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Alberto González Amador, sale de declarar a los juzgados de Plaza de Castilla, a 24 de febrero de 2025, en Madrid (España). González Amador declara ante la jueza en calidad de investigado en la causa por la presunta comisión de dos delitos fiscales y uno de falsedad documental a raíz de una denuncia de la Fiscalía. Gustavo Valiente / Europa Press 24/02/2025. 24 FEBRERO 2025;2025 en IMÁGENES / Gustavo Valiente / Europa Press
Por otra parte, el Supremo aún tiene pendiente resolver el recurso de nulidad que permitirá a García Ortiz acudir en amparo ante el Constitucional contra su condena. La acusación particular, ejercida en nombre de González Amador, ha alegado en contra de esta nulidad argumentando que no se ha producido vulneración de derechos que justifique anular la condena.
Nulidad pendiente
Entre otros argumentos, expone la "indiferencia institucional" de la Fiscalía a cargo de García Ortiz ante la difusión de los correos electrónicos que contenían datos confidenciales referidos al inicio de un trámite de conformidad por parte del empresario con la Fiscalía, dirigido a cerrar el procedimiento de fraude a Hacienda que se había abierto contra él.
La Fiscalía, que no acusó en esta causa, también reclama la nulidad de la condena. Argumenta que, en su sentencia, el alto tribunal vulneró el derecho a la defensa del acusado y su presunción de inocencia por "prescindir sin explicación alguna del análisis del testimonio de muchos testigos de descargo" y por "desdoblar" los hechos que le acabaron imputando.
También recurre el criterio del Supremo respecto al carácter "reservado" de la información y el deber de "reserva de la autoridad" en relación con la redacción y publicación de la nota informativa. Según el escrito, "parece evidente que cuando el dato ha sido divulgado por cadenas radiofónicas de amplia audiencia, por programas televisivos y prensa escrita, dicho dato deja de ser ignorado o secreto al ser de público conocimiento".
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