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En una nota a todos los fiscales

Fiscalía General trata de apaciguar a la carrera explicando por qué García Ortiz seguirá siendo fiscal

En una nota remitida a todos los fiscales reproduce los argumentos contenidos en el decreto de Peramato: que su condena no incluía cárcel y que así se asemeja su régimen disciplinario al de los jueces

El ex fiscal general del Estado Álvaro García Ortiz (c) a su llegada a la presentación del manifiesto contra su condena.

El ex fiscal general del Estado Álvaro García Ortiz (c) a su llegada a la presentación del manifiesto contra su condena. / Gustavo Valiente / Europa Press

Ángeles Vázquez

Ángeles Vázquez

Madrid
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La jefa del Servicio de Inspección de la Fiscalía General del Estado, María Antonia Sanz, ha remitido una nota a todos los fiscales para explicarles a través de este sistema más personal los argumentos por los que la fiscal general del Estado, Teresa Peramato, decidió mantener en la carrera fiscal a su antecesor en el cargo, Álvaro García Ortiz, pese a que había sido condenado a dos años de inhabilitación por revelar datos reservados de la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.

El comunicado remitido a la carrera, al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, se justifica en "el interés que han suscitado en el seno de la institución las posibles consecuencias administrativas que para cualquier integrante del ministerio fiscal resultan dimanantes de una sentencia condenatoria impuesta por delito doloso". Según señala, ese "interés" es el que ha llevado a la propia fiscal general a considerar la necesidad de dar explicaciones a través de la responsable del Servicio de Inspección.

A diferencia del decreto de Peramato, Sanz prefiere comenzar sus razonamientos con la ley orgánica del poder judicial, que a diferencia del Estatuto Fiscal, sí prevé expresamente la expulsión cuando la condena por delito doloso incluya pena privativa de libertad. Añade que "en aquellos casos en los que la pena no fuera superior a seis meses, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), de forma motivada y atendiendo a la entidad del delito cometido, podrá sustituir la pérdida de la condición de juez o magistrado por la sanción" prevista en el artículo 420.1 de esa misma norma, que es la de "suspensión de hasta tres años".

Desigual y más gravoso

"Es evidente -afirma- que, a la vista del tenor de ambas normas, resulta desigual e injustificadamente más gravoso el tratamiento dispensado a los miembros del ministerio fiscal que a los jueces y magistrados, dado que conforme a una interpretación ceñida a la mera literalidad de la norma estatutaria, aun cuando se impusiera una pena de multa o una pena privativa de derechos, los fiscales perderían siempre su condición profesional en caso de superar aquellas los seis meses de duración y podrían perderla si fuesen inferiores a ese plazo, lo que en ningún caso -para penas distintas a prisión- está previsto para jueces y magistrados".

El comunicado, muy similar a lo que trascendió a los medios sobre el contenido del decreto por el que García Ortiz permanecerá en la carrera fiscal tras la condena, se remite a la consulta que el antecesor de María Antonia Sanz, Fausto Cartagena, realizó sobre la aplicación del régimen disciplinario de los fiscales en comparación con el de los jueces, según recoge la memoria anula de la institución de 2019, y la sentencia del Supremo que validó que se equipararan ambos cuerpos.

La permanencia de García Ortiz en la carrera, en la que se ha incorporado a la Sala de lo Social del Supremo, ha sido recibida de distinta forma en la carrera en función de las distintas sensibilidades que engloba. Mientras que desde ciertos sectores se señala a este diario que básicamente "se le ha mantenido en la carrera, porque han querido", la Unión Progresista de Fiscales (UPF), asociación de la que fue presidente, al igual que la propia Peramato, ha realizado una cerrada defensa de su inocencia durante todo el proceso.

Eso ha llevado al colectivo a apoyar una recogida de firmas a favor de su indulto e, incluso, a recaudar donaciones para que no tuviera que desembolsar él los 17.200 euros que se le impusieron en sentencia: 7.200 en concepto de multa y 10.000, como indemnización a Alberto González Amador. En un mes ya habían reunido todo el dinero.

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