REGULARIZACIÓN EXTRAORDINARIA
Diez claves en la regularización de migrantes: derechos, deberes y elecciones en las que podrán votar
El Gobierno calcula que se regularizarán entre 500.000 y 800.000 migrantes que a priori no podrán votar en elecciones generales ni autonómicas

El ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, Óscar Puente; la ministra de Inclusión Seguridad Social y Migracioneas y portavoz del Gobierno, Elma Saiz; y la ministra de Igualdad, Ana Redondo, en una rueda posterior al Consejo de Ministros. / Alejandro Martínez Vélez - Europa Press

La regularización extraordinaria iniciada por el Gobierno para dar permiso de trabajo a entre 500.000 y 800.000 migrantes ha abierto una serie de interrogantes en la política española. Las dudas no sólo afectan al proceso en sí mismo, que estará abierto hasta el 30 de junio de 2026, sino al papel que tendrán quienes logren un permiso de trabajo y residencia, sobre los derechos y deberes que tendrán y sobre el derecho al voto.
Las personas migrantes que puedan demostrar que estaban en España el 31 de diciembre, sin antecedentes penales relevantes, podrán acceder al proceso de regularización, siempre que acrediten tanto esa fecha como una estancia continuada los cinco meses previos a la solicitud. ¿Cómo lo pueden acreditar? Mediante documentos oficiales, como el documento de empadronamiento o contratos de alquiler, pero también con documentos privados como facturas de luz, teléfono o recibos de envío de dinero.
La simple presentación de la solicitud de regularización suspenderá los procedimientos de retorno, y su mera admisión a trámite implicará automáticamente la autorización provisional para residir y trabajar, que se ratificará o se cancelará con la resolución definitiva de la solicitud. En caso de ser favorable, se concederá un permiso de un año para residir y trabajar, que después podrá prorrogarse.
La concesión de permiso laboral y de residencia implica además el acceso a la sanidad pública. La normativa sanitaria actual no reconoce plenamente a las personas migrantes en situación administrativa irregular como titulares del derecho a la asistencia sanitaria, aunque sí atiende en situaciones de urgencia. El permiso de residencia y laboral permite la obtención de una tarjeta sanitaria de la comunidad autónoma correspondiente.
La obtención de los permisos también hace que los migrantes regularizados puedan ser beneficiarios de las prestaciones sociales igual que el resto de trabajadores, siempre que se cumplan los requisitos de cada una de estas prestaciones. Así, tendrán derecho a prestaciones por desempleo, siempre que hayan cotizado en la Seguridad Social, al Ingreso Mínimo Vital -con el requisito del mínimo de un año de empadronamiento-. También se podrá acceder a rentas mínimas o rentas garantizadas (en función de cada territorio) o a programas de ayuda social o de vivienda, siempre que cumplan con las condiciones de cada comunidad, en muchos casos ligadas al empadronamiento o a la situación de bajos ingresos.
El derecho a voto ha sido uno de los debates de los últimos, después de que en los últimos días la oposición haya acusado al Gobierno de intentar alterar el censo electoral. Una afirmación que no se compadece con la realidad, al menos de forma inmediata. A diferencia de la ley de nietos, que dará la nacionalidad -y el derecho a voto- a los beneficiarios de entre 2,4 millones de solicitantes, en la regularización migratoria sólo se concede permiso para trabajar y residir. De esta forma, no pueden votar en elecciones generales ni autonómicas, como tampoco en los referéndums que puedan convocarse.
En caso de ser ciudadano de la Unión Europea, sí podrán ejercer su derecho al voto tanto en las elecciones al Parlamento Europeo como en las elecciones municipales, aunque siempre inscribiéndose previamente en el censo electoral de extranjeros y aportando certificado de empadronamiento. Los ciudadanos de aquellos países con los que España tenga convenio -Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Ecuador, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay o Perú-, podrán votar en determinadas elecciones municipales aunque cumpliendo los requisitos que en cada caso se establezcan, que suelen ser de residencia habitual continuada en una horquilla de entre 3 y 5 años.
Este permiso de residencia y de trabajo, eso sí, activa el reloj para empezar a contar los plazos para la nacionalización, que será de diez años en los casos generales, y que se reduce a dos años para los países de origen con convenio, como es el caso de muchos países de América Latina -Ecuador, Perú, Colombia, Chile, Paraguay o Bolivia- y otros como Islandia, Noruega, Islandia, Reino Unido, Corea del Sur o Nueva Zelanda. Además, será de un año para casados con españoles o viudos, además de nacidos en España o descendientes de hasta segundo grado de españoles.
Una de las primeras obligaciones del solicitante de la regularización es el pago de las tasas correspondientes, que ascienden a 38,28 euros; y que supondrán una recaudación extra para la Administración de entre 20 y 26 millones de euros. Este pago de tasas debe ser previo a la solicitud y debe acreditarse en la inscripción, que podrá hacerse en todos los puntos de registro de la Administración Pública y de manera telemática, para evitar el colapso de las oficinas de extranjería, donde existe un mercado negro donde los migrantes deben pagar hasta 500 euros por citas previas en estas administraciones.
Una de las condiciones de la regularización es no tener antecedentes penales en el país de origen ni representar un riesgo para el orden público o la seguridad nacional. El certificado podrá presentarlo el propio solicitante y, en caso de no hacerlo, será el Estado el que requiera la documentación al país de origen. En caso de no contestar en 30 días, se requerirá únicamente una declaración responsable del solicitante afirmando estar exento de antecedentes. En caso de demostrarse después que sí existían antecedentes, los permisos podrían ser revocados, además de suponer un delito de falsificación de documento público -390 del Código Penal-.
Una vez que el migrante esté en posesión del permiso de residencia y trabajo, la ley de extranjería en su artículo 53 y siguientes, establece que estos permisos pueden revocarse o no renovarse, pudiendo incluso decretarse la expulsión, si el beneficiario representa un riesgo para el orden público, esto es, que cometan delitos graves -robo, violencia, fraude, delitos sexuales o falsedad documental-. Es decir, que la falsificación de documentos en el proceso de regularización, en caso de detectarse, podría implicar después la revocación de estos permisos, además de las consiguientes sanciones económicas o penales.
Entre los deberes del nuevo beneficiario de la regularización está el de mantenerse al día con los impuestos y cotizaciones, puesto que el impago de estas obligaciones puede conllevar la revocación o no renovación de estos permisos. Así, el nuevo trabajador deberá cotizar en la Seguridad Social y cumplir con impuestos como el IRPF y el IVA, en caso de trabajar como autónomo.
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