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Se presenta el jueves

150 juristas secundan un manifiesto contra la condena del exfiscal general: "Es un golpe muy serio a la confianza en el Supremo"

Lo suscriben catedráticos, abogados, fiscales y magistrados jubilados, entre ellos, varios del Tribunal Supremo y el hermano de uno de los firmantes de la sentencia

Álvaro García Ortiz, Fiscal General del Estado, sale del Tribunal Supremo.

Álvaro García Ortiz, Fiscal General del Estado, sale del Tribunal Supremo. / José Luis Roca

Ángeles Vázquez

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Madrid
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Un total de 150 juristas, entre los que figuran catedráticos, abogados y fiscales, pero también magistrados jubilados, varios de ellos cuyo último destino fue el propio Tribunal Supremo, han firmado un manifiesto contra la sentencia que supuso la condena del entonces fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, a dos años de inhabilitación por un delito de revelación de datos reservados de la pareja de la presidenta de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. Argumentan que el fallo "ha dado un golpe muy serio a la confianza en el Alto Tribunal", porque "no descansa en pruebas directas, sino únicamente en indicios, es decir, en conjeturas basadas en hechos indirectos".

El manifiesto, suscrito entre otros por los que fueron magistrados de la Sala Segunda del Supremo Perfecto Andrés Ibáñez, Joaquín Giménez, Alberto Jorge Barreiro y José Antonio Martín-Pallín, explica que "el propio tribunal admite que no está acreditado que el fiscal filtrara el correo electrónico remitido a la Cadena SER, limitándose a sostener que pudo haberlo hecho el acusado 'o alguien de su entorno con su conocimiento', una afirmación totalmente inaceptable para fundamentar una condena penal". También lo ha suscrito el que fue magistrado de la Sala Cuarta Fernando Salinas o el exjuez Baltasar Garzón.

El texto señala que "la construcción de la prueba indiciaria elaborada por el Tribunal Supremo es deficiente, al no aceptar la clara alternativa existente favorable al fiscal general", extremo del que los firmantes discrepan, al considerar que "en un proceso penal no bastan las sospechas, ni las imaginaciones: es preciso acreditar la culpabilidad más allá de toda duda razonable, exigencia que, en este caso, no se cumple".

El manifiesto, que se presentará formalmente este jueves en el Ateneo de Madrid, también cuenta con las firmas de numerosos catedráticos, entre los que figura Ignacio Berdugo Gómez de la Torre, hermano de uno de los magistrados que firmaron la sentencia, Juan Ramón Berdugo. Afirma que la resolución del Supremo "añade un problema de fondo: la condena descansa en una interpretación sumamente distorsionada del delito de revelación de secretos previsto en el artículo 417.1 del Código Penal".

En opinión de estos expertos, "la sentencia califica como delictiva la publicación de una nota de prensa oficial que no reveló ninguna información nueva y que se limitó a reproducir datos ya difundidos por los medios de comunicación. Confirmar una información previamente pública no equivale a revelar secretos, conducta que es la única penalmente reprochable, como señaló inequívocamente el voto particular", suscrito por las magistradas Ana Ferrer y Susana Polo.

Atar de manos a la fiscalía

Los firmantes sostienen que esa "nota de prensa perseguía desmentir una acusación falsa, grave e incluso delictiva sobre el funcionamiento de la Fiscalía", por lo que "existía un interés público evidente en informar y preservar la confianza de la ciudadanía en las instituciones" y "sancionar penalmente esa actuación supondría atar de pies y manos a la Fiscalía General del Estado frente a bulos, mentiras y acusaciones falsas".

Añade que la condena no debió producirse, porque "no quedó probada la filtración del correo y la nota de prensa no constituye delito de revelación de secretos". De ahí que quienes suscriben el escrito sostengan que "se imponía la absolución conforme a un principio básico de todo Estado democrático: nadie puede ser condenado penalmente sin pruebas claras y concluyentes".

Todos ellos coinciden en que con la condena de García Ortiz "se conculcó gravemente el principio constitucional de la presunción de inocencia y el principio general del derecho 'in dubio pro reo'", por lo que abogan porque la sentencia" anulada en las instancias superiores correspondientes", que solo puede ser el Tribunal Constitucional.

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