Real decreto
Seis claves de la regularización de 500.000 inmigrantes: beneficiarios y requisitos del pacto entre Gobierno y Podemos
El Consejo de Ministros aprobará este martes el real decreto, que no tendrá que convalidarse en el Congreso

Lucía Feijoo Viera

El Gobierno aprobará este martes en Consejo de Ministros un real decreto para aprobar una regularización de 500.000 migrantes en situación irregular, una medida pactada por Podemos y anunciada este lunes por la eurodiputada y exministra Irene Montero. ¿Cuáles son las condiciones para acceder a esta regularización? ¿Quiénes podrán beneficiarse?
El acuerdo alcanzado establece que podrán beneficiarse todos aquellos migrantes que no tengan antecedentes penales "relevantes", que estuvieran en España el 31 de diciembre de 2025 y acrediten una estancia continuada de al menos cinco meses en el momento de la presentación de la solicitud. Es decir, el que llegó a nuestro país en diciembre no podrá presentar su formulario hasta el mes de mayo. Podemos cifra el número de beneficiarios entre los 500.000 y los 800.000 personas.
La estancia mínima de cinco meses podrá demostrarse con un certificado del padrón, pero también podrá acreditarse con una amplia variedad de documentos: desde informes de citas médicas, certificados de asistencia a recursos sociales o documentos como un contrato de alquiler, justificantes de envíos de dinero, billetes de transporte o facturas de suministros como luz, agua o teléfono.
El Consejo de Ministros aprobará este martes la regularización pactada, que se hará en forma de decreto que incluya una reforma del Reglamento de Extranjería existente. Una fórmula que agiliza su entrada en vigor, ya que al ser una modificación reglamentaria no tiene que convalidarse en el Congreso ni requerir de acuerdos con otros partidos.
La norma, una vez aprobada en el Consejo de Ministros este martes, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, donde establecerá el día concreto de entrada en vigor, aunque desde Podemos sostienen que se aplica de manera "inmediata".
Todos los migrantes en situación irregular que cumplan los requisitos y puedan demostrar la estancia de cinco meses en España, podrán en todo caso cursar su solicitud desde abril hasta el 30 de junio de 2026, plazo límite para solicitarlo, según ha informado Podemos.
Además, la solicitud se presentará mediante un formulario que podrá registrarse, junto al resto de documentación acreditativa, en todos los puntos de registro de la Administración Pública, para agilizar el trámite y evitar depender de la red de oficinas de Extranjería, que en muchos casos se encuentran colapsadas. El Gobierno habilitará vías telemáticas para agilizar los procedimientos.
La particularidad de esta medida es que las solicitudes tendrán efectos inmediatos. Así, sólo la presentación de la solicitud implicará la suspensión de los procedimientos de retorno u órdenes de expulsión por motivos administrativos o por trabajar sin permiso. La admisión a trámite de la petición -el siguiente paso- implicará automáticamente una autorización de residencia provisional que permite trabajar de forma legal y acceder a otros derechos fundamentales, como la asistencia sanitaria.
Si la resolución es favorable, se concederá una autorización de residencia por periodo de un año, que después podrá prorrogarse conforme al reglamento de extranjería, hasta alcanzar los dos años de arraigo que exige la legislación para obtener el permiso de residencia o trabajo definitivo.
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