Investigación a la mujer del presidente
La defensa de la asistente de Begoña Gómez afea a la Audiencia de Madrid poner en boca de un testigo algo que nunca dijo
Reclama corregir el "error material" de atribuir al exvicerrector de la Complutense un ofrecimiento de entrega de los correos que se intercambió con Cristina Álvarez

La asesora de Begoña Gómez en Moncloa Cristina Álvarez saliendo de declarar a los juzgados de Plaza de Castilla. / Europa Press

La defensa de Cristina Álvarez, la asistente en Moncloa de la mujer del presidente del Gobierno, ha advertido a la Audiencia Provincial de Madrid, que es la encargada de revisar las decisiones del instructor del caso Begoña Gómez, Juan Carlos Peinado, de un "error material" contenido en uno de sus últimos autos. Según la defensa, que ejerce el letrado José María de Pablo, los magistrados dan por hecho que el exvicerrector de la Universidad Complutense, Juan Carlos Doadrio, manifestó su interés en aportar unos correos electrónicos que se intercambió con Álvarez cuando este ofrecimiento jamás se produjo en ninguna de sus comparecencias ante Peinado.
"Es evidente que estamos ante un involuntario error material de la Sala pues, como puede comprobarse en la grabación en vídeo de las declaraciones prestadas por el testigo, lo cierto es que el señor Doadrio no ha ofrecido nunca, en ningún momento de sus declaraciones, la aportación voluntaria a la causa de esos correos electrónicos", señala el escrito del abogado al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO.
La cuestión tiene especial interés para la defensa de la asistente de Gómez, que considera que la medida acordada por Peinado para requerir la entrega de los correos entre el testigo y su cliente --investigada por presunta malversación relacionadas con la gestión de la cátedra que la esposa de Pedro Sánchez dirigía en la universidad--vulnera sus derechos fundamentales. La Sala, por su parte, justificó en su auto la actuación de Peinado señalando que la acordó "teniendo en cuenta" dicho ofrecimiento del testigo.

El exvicerrector de Relaciones Institucionales de la Universidad Complutense de Madrid (UCM) Juan Carlos Doadrio / Diego Radamés - Europa Press
A partir de ahí, la defensa realiza un repaso de las comparecencias de este testigo en la causa. En la primera, prestada 19 de julio de 2024, Doadrio "ni siquiera mencionó la existencia de esos correos"; mientras que en la segunda, el 22 de enero del pasado año, "se limitó a manifestar que había repasado los correos antes de acudir a declarar, y que son ciento y pico", pero en ningún momento se ofreció a aportarlos. Tampoco lo hizo en su tercera declaración, "entre otras cosas porque ya los había entregado a raíz del requerimiento acordado" por Peinado y que fue objeto de recurso ante la Audiencia Provincial.
Providencia sin motivar
"Estamos seguros de que se trata de un involuntario error material, pues no se entendería que la Sala confirmase una decisión tan grave —la injerencia en un derecho fundamental acordada mediante una Providencia sin motivar, con infracción de los más elementales requisitos— apoyándose exclusivamente en un dato inexistente", añade la defensa. De forma subsidiaria, esta parte pide a la Audiencia que le aclare "en qué minuto de qué declaración se ofreció dicho testigo a entregar voluntariamente sus correos".

La directora de la Cátedra Extraordinaria de Transformación Social de la Universidad Complutense de Madrid, Begoña Gómez, interviene durante la segunda jornada del IV Congreso Iberoamericano, a 18 de mayo de 2021, en el CaixaForum, Madrid, (Espa / Isabel Infantes - Europa Press
Doadrio compareció el pasado mes de diciembre ante la comisión de investigación del ‘caso Koldo’ en el Senado, donde manifestó que fue el rector, Joaquín Goyache, quien impulsó la creación de la cátedra que codirigía Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y que él se sintió “obligado” a gestionarla, aunque no “presionado”.
Según dijo, se sintió obligado en función de su cargo: las cátedras las tengo que hacer yo. Si está bien la documentación, me da igual que se llame Begoña Gómez o que se llame Pedro Sánchez" quien la dirija. También explicó que el reglamento permite que el rector pueda "excepcionalmente" nombrar un director de cátedra que no sea de la Universidad Complutense de Madrid "siempre y cuando haya un codirector" de la institución. La normativa también permite que la persona que dirija la cátedra pueda no ser licenciada, cosa que le ocurre a Begoña Gómez.
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