Caso Koldo
El Supremo mantiene en prisión a Ábalos y Koldo, porque el "caudal de indicios" contra ellos "no deja de crecer con cada nueva información"
La Sala de Apelación destaca el riesgo de fuga y la gravedad de las penas que se solicitan contra el exministro y su asesor, quienes permanecerán en Soto del Real para conjurar el riesgo de fuga

José Luis Ábalos, a la salida del Tribunal Supremo. / José Luis Roca

A la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo no le han convencido los argumentos de la defensa del exministro José Luis Ábalos y del que era su asesor Koldo García para salir de prisión. Los magistrados rechazan los recursos de apelación que ambos interpusieron contra la decisión del juez Leopoldo Puente de enviarles a la cárcel de Soto del Real en sendos autos, que permiten augurar que estarán allí una larga temporada, porque afirman que "el caudal de indicios no ha dejado de crecer con cada nueva información disponible" y eso hace que sean "más sólidos" contra ambos.
La Sala de Apelación, encargada de resolver los recursos contra las decisiones del instructor -tras la vista que celebró el pasado jueves para que los abogados expusieran de viva voz sus razones contra el encarcelamiento-, declara que la prisión acordada el pasado 27 de noviembre es la medida adecuada para evitar el alto riesgo existente de que ambos puedan sustraerse a la acción de la justicia, dada "la gravedad de las penas solicitadas" en su contra por las acusaciones, la "solidez de los indicios que las sustentan y la inminencia de la celebración del juicio oral" por la compra de mascarillas por organismos dependientes de Transportes. Está previsto que la vista oral se celebre en abril, aunque el 12 de febrero las partes ya plantearán al tribunal las cuestiones previas con las que intentarán evitarla.
Graves delitos
Los magistrados, tras destacar "la existencia de graves delitos en la presente causa (organización criminal, cohecho, tráfico de influencias, malversación-", afirman que "el caudal de indicios no ha dejado de crecer con cada nueva información disponible", lo que hace que sean "más sólidos los indicios que se refieren a la participación de José Luis Ábalos Meco en tales delitos".
Añade que "la gravedad de la pena que pudiera imponérsele al investigado ya no es una posibilidad más o menos cercana sino una realidad". Anticorrupción solicita 24 años de cárcel para Ábalos y 19 y medio para Koldo García, mientras que la acusación popular eleva su petición a 30 años para cada uno de los dos. Y, por si hubiera alguna duda, dice que "a la probabilidad de una condena se suma la proximidad de la celebración del juicio oral ante esta Sala Segunda del Tribunal Supremo para acabar de dibujar un escenario en el que el riesgo de fuga es muy elevado".
Aldama se autoincrimina
La Sala de Apelación, formada por los magistrados Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral y Pablo Llarena, cree "oportuno recordar que el relato acusatorio no se sustenta en la palabra" del comisionista Víctor de Aldama, porque "para empezar, nada tienen que ver sus declaraciones con el delito de malversación o tráfico de influencias de los que se acusa a José Luis Ábalos, conductas en las que Víctor de Aldama no interviene", en referencia a la pieza relativa a las presuntas irregularidades en adjudicaciones de obra pública, en la que también está imputado el ex secretario de Organización del PSOE Santos Cerdán.
"Sí lo hace en el cohecho, delito del que se autoincrimina, reconociendo unos pagos a Koldo García y a José Luis Ábalos que han sido adverados por otros testimonios y documentos, recogidos con detalle en los informes de la unidad policial, esos informes que el recurrente descalifica como meras 'cábalas', 'suposiciones' y 'elucubraciones', objeto - asegura- de no pocas tergiversaciones y manipulaciones de la realidad y sobre cuyo contenido podrá sin duda" su defensa "interrogar a sus autores en el juicio oral", explica uno de los autos. Destaca la importancia que para la investigación ha tenido el documento con obras marcadas con fosforito "en colores chillones" en las que presuntamente hubo amaños.
'Pentito'
La resolución afirma que "es legítimo y comprensible desde la perspectiva del derecho de defensa intentar desacreditar el testimonio de un coacusado, aunque paradójicamente el propio apelante recurra" a las declaraciones de Aldama que le vienen bien para "apoyar su estrategia de defensa". Pero donde más daño hace el tribunal es cuando califica al comisionista de "pentito, término que se emplea o se empleaba en Italia para designar a aquellos miembros de una organización criminal que se arrepienten y colaboran con la justicia".
El tribunal señala que "la defensa de José Luis Ábalos utiliza este vocablo para desacreditar el testimonio de Víctor de Aldama, pero implícitamente está admitiendo su común pertenencia a una organización criminal, precisamente uno de los delitos de los que se acusa a ambos: al pentito y a su jefe."
"Desafortunado" ejemplo
El auto también califica de "desafortunado" el ejemplo utilizado por la defensa de Ábalos del exdirector general de la Guardia Civil Luis Roldán. El entonces todavía de abogado de Ábalos lo mencionaba "como muestra de que 'el mundo se ha hecho muy pequeño' y que ya no sería posible esconderse en ningún lugar", porque sería extraditado.
El Supremo recuerda que a Roldán no lo extraditó nadie, sino que estuvo huido de la justicia 10 meses y se le buscó infructuosamente "en decenas de países [...] por todo ese mundo tan pequeño, aunque se encontraba oculto en París". Por si aún hubiera alguna duda de la lección impartida a Bautista añade que "Laos no extraditó a Luis Roldán, país en el que nunca estuvo, ni existió proceso alguno de extradición por este prófugo ni con este ni con ningún otro país, de manera que no es acertado el 'legendario' ejemplo que presenta el recurrente, a no ser que se emplee este adjetivo en su acepción de fantástico o irreal". El auto todavía recuerda que la condena de Roldán fue también por un "caso de corrupción política".
El tribunal también niega que los derechos políticos de Ábalos y los de quien le votaron se hayan visto perturbados con su ingreso en prisión, porque "la condición de representante político integrado en un poder del Estado no otorga otro privilegio procesal distinto del aforamiento y de la consiguiente necesidad de solicitar el suplicatorio para investigarlo, lo que sin duda" le ha supuesto "una posición de ventaja, pues eludió en el momento procesal en que hubieran sido eficaces, medidas de investigación que sí soportaron el resto de investigados".
Además, le recuerda que "fue precisamente el cargo que ostentaba José Luis Ábalos y su pertenencia a otro poder del Estado, el Ejecutivo, lo que propició y amparó la comisión de los graves delitos de los que se le acusa, por lo que no parece legítimo aducir esa pertenencia a este u otro poder del Estado para ponerse fuera del alcance de las responsabilidades penales de que se le acusa y por ende, de las medidas cautelares personales necesarias para poder hacerlas efectivas".
La Sala de Apelación escuchó el jueves pasado los argumentos del exfiscal de la Audiencia Nacional y hasta ese día abogado de Ábalos, Carlos Bautista, y de Leticia de la Hoz, en nombre de Koldo. Enfrente tuvieron al fiscal jefe Anticorrupción, Alejandro Luzón, y la acusación popular unificada, a la que representa el abogado del PP, Alberto Durán, quienes impugnaron los recursos de apelación y solicitaron confirmar la situación de prisión sin fianza ordenada por el juez Puente.
La resolución se ha conocido el mismo día en que se ha sabido que Koldo García saldrá de prisión este miércoles para recoger en persona en la Audiencia Nacional el disco duro con sus grabaciones que han analizado los agentes de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil.
Suscríbete para seguir leyendo
- Así están las encuestas de las elecciones en Aragón 2026
- El regreso de Puigdemont, la mediación del PNV y la “presión ambiental” como bazas de Sánchez para acercar a Junts
- El Colegio de Abogados de Madrid no es neutral para informar sobre la minuta del abogado la pareja de Ayuso en la causa del fiscal general del Estado
- Ingenieros de Indra diseñan armas más letales y una IA para el futuro carro-dron de combate
- El juez jubilado García Castellón insiste en ser acusación en el caso Leire: 'Se trataba de presionar para obtener ventajas judiciales
- La UCO rastrea 22 contratos de Adif 'amañados' por la trama Koldo por 355 millones
- Hacienda paraliza su inspección a Carrasco, esposa del presidente de Quirón Prevención, ante su relación con el caso de la pareja de Ayuso
- Última encuesta de las elecciones en Aragón 2026: sondeos a pie de urna