Caso Koldo
El Supremo aclara a Koldo que las fianzas son para compensar los enchufes de Jésica y por ello no son exigibles a Aldama
La defensa del ex asesor pidió que Aldama asumiera solidariamente los 60.000 euros por su "exuberante capacidad económica"

El exasesor Koldo García a su llegada al Tribunal Supremo, a 27 de noviembre de 2025, en Madrid (España). El magistrado del Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, ha citado al exministro José Luis Ábalos y al exasesor Koldo García a comparecer hoy p / Carlos Luján - Europa Press

El magistrado del Tribunal Supremo Leopoldo Puente ha rechazado la petición formulada por la defensa del que fuera exasesor del ex ministro José Luis Ábalos, Koldo García, para que se abriese pieza de responsabilidad civil al comisionista de la trama Víctor de Aldama y que tuviera que participar así en la aportación de 60.000 euros que se les exigen tanto a él como a su exjefe. Se trata de la fianza dirigida a cubrir las responsabilidades económicas a las que pueden ser condenados por el pelotazo de las mascarillas compradas para Transportes.
La diferencia no se debe, según aclara Puente en una providencia, en que Ábalos y Koldo "se encuentren en prisión provisional y Aldama en prisión. "La razón es más simple: las eventuales responsabilidades civiles que con ello tratan de asegurarse traerían causa de la posible comisión de ilícitos penales que solo a aquéllos (y no al señor de Aldama Delgado) se atribuyen por las acusaciones en esta causa especial (posibles indemnizaciones en favor de INECO y TRAGSATEC)", aclara en su resolución. Es decir, para compensar el perjuicio causado a ambas empresas públicas por la contratación de la que fuera pareja de Ábalos, Jésica Rodríguez.
Por otro lado, el magistrado afirma que es evidente que el acusado Koldo García Izaguirre “carece por completo de legitimación para interesar la adopción de medidas cautelares orientadas a asegurar las posibles responsabilidades pecuniarias que pudieran derivarse de este procedimiento frente a otro de los también acusados en esta causa especial. Es claro que, no estando legitimado para interesar en este procedimiento frente a otros de los acusados responsabilidad pecuniaria alguna, mal podría estarlo para solicitar el aseguramiento cautelar de unas eventuales responsabilidades que no puede interesar”.
“A mayor abundamiento –agrega la providencia dada a conocer este jueves por el alto tribunal--, siendo solidaria la responsabilidad civil de los condenados por la comisión de un determinado hecho delictivo, carecería cualquiera de los así declarados responsables, si hubiere lugar a ello, de la posibilidad de exigir que aquella se ejecutara sobre el patrimonio de otro y no sobre el propio, fuera mayor o menor la capacidad patrimonial de uno u otro”.
Esta petición se desprendía del escrito presentado por la defensa de Koldo, en el que reclamaba que, al tratarse de una responsabilidad solidaria, debía ser exigida también a Aldama, "que además es quien puede afrontarla dado que hace gala de forma pública de su "exuberante capacidad económica", según señalaba el escrito firmado por la abogada Leticia de la Hoz.
Al contrario que Aldama, ni Ábalos ni Koldo cuentan con dinero suficiente para hacer frente a estos pagos. El exministro ha tenido que cambiar de abogado tras renunciar el último de ellos por no poder hacer frente a sus honorarios, mientras que Koldo no cuenta ni con suficiente para afrontar su hipoteca, según fuentes de su defensa. Esta parte incidía ante el Supremo en que Aldama se autodefine como “empresario de éxito” y de hecho ya se le incautó un vehículo de alta gama. De hecho, el pasado mes de septiembre la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional rechazó el requerimiento del Ministerio de Justicia para subastar el vehículo, un Ferrari F12.
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