Acoso sexual
Un juzgado rechaza la querella contra Paco Salazar por presunto acoso sexual
La magistrada rechaza admitirla a trámite al tratarse de recopilaciones periodísticas sobre personas anónimas, sin testimonios directos

El excargo del PSOE Francisco Salazar, en una foto de archivo. / PSOE - Archivo
El juzgado madrileño en el que recayó la querella de la organización Hazte Oír contra el exdirigente socialista Paco Salazar por presunto acoso sexual a mujeres ha rechazado admitirla a trámite al tratarse de recopilaciones periodísticas sobre personas anónimas, sin testimonios directos.
En un auto al que ha tenido acceso EFE, el órgano especializado en violencia machista -que ahora se denomina Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Madrid, Plaza número 8- rechaza la querella contra Paco Salazar por varios delitos de acoso sexual, y contra el delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín, y Antonio Hernández -que fue mano derecha de Salazar- por presunta omisión del deber de perseguir e impedir delitos y encubrimiento.
La magistrada sigue el criterio de la Fiscalía, que se opuso a la admisión a trámite de la querella al no existir la necesaria denuncia de las afectadas y estar la querella basada en informaciones periodísticas sin testimonios directos de víctimas.
El auto argumenta que "no consta denuncia de ninguna de las personas agraviadas" por los presuntos delitos contra la libertad sexual, que no son identificadas, por lo que no se cumple el requisito previsto en el Código Penal para estos casos y la organización ultracatólica no está legitimada para ejercer la acción popular porque es un tercero ajeno al hecho delictivo.
Añade que el resto de delitos serían conexos al delito principal y por lo tanto tampoco no se pueden admitir.
"Los indicios de criminalidad que aporta la querellante se fundamentan únicamente en diversas informaciones publicas en medios/agencias de comunicación", dice el auto.
Y sostiene que "la mera recopilación de informaciones periodísticas sobre personas anónimas, sin testimonios directos de víctimas concretas no identificadas, no constituye base indiciaria suficiente para la incoación de un procedimiento penal" y "no se aporta ningún elemento objetivo ni subjetivo que avale los hechos denunciados".
La magistrada recuerda que el derecho a la jurisdicción "no es de carácter ilimitado" e incide en "la necesidad de rechazar imputaciones que contengan trazos de genericidad intolerable, que se basen en juicios normativos de tipicidad inconsistentes o en hechos justiciables implausibles".
Salazar salió de Moncloa y de la Ejecutiva socialista el pasado mes de julio, justo cuando iba a ser nombrado adjunto en la nueva secretaría de Organización del PSOE, tras conocerse varias denuncias por acoso sexual.
Tras pedir perdón por no haber contactado con las denunciantes -dos militantes que trabajaban con Salazar en la Moncloa y que depositaron sus testimonios en el canal interno del partido en julio-, el PSOE concluyó en un expediente que la conducta del exdirigente supone "una falta muy grave" prevista en los estatutos federales y contraria al Código ético y de conducta del partido, si bien renunció a acudir a Fiscalía.
Abrió también un expediente informativo a Antonio Hernández, que fue la mano derecha de Salazar en Moncloa, como "posible conocedor" del comportamiento de su superior y por no haber actuado.
El caso de Salazar derivó en un goteo de denuncias y dimisiones de dirigentes y cargos a distintos niveles del PSOE, que garantizó que reforzará sus protocolos y será implacable con estos comportamientos.
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