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Corrupción

La Audiencia Nacional sentencia los amaños para la eficiencia energética de la trama Púnica: seis exalcaldes madrileños y el empresario clave condenados

También condena a la multinacional Cofely por las adjudicaciones a cambio de sobornos

David Marjaliza en la Audiencia Nacional

David Marjaliza en la Audiencia Nacional / David Castro

Cristina Gallardo

Cristina Gallardo

Madrid
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La Audiencia Nacional ha dictado sentencia en relación con la pieza de la trama Púnica que indagó en los amaños en los contratos de eficiencia energética por valor de 224 millones de euros que fueron adjudicados a la multinacional francesa Cofely en varios pueblos de Madrid entre 2012 y 2014, la mayoría con alcaldes del Partido Popular. Han sido condenados seis de esos regidores y el constructor clave de la trama, David Marjaliza -- el que fuera amigo y socio del exconsejero y exsecretario general del PP madrileño Francisco Granados -- quien pese a colaborar con la justicia ha sido penado con 8 años y dos meses de prisión.

La resolución, que se extiende a lo largo de 611 páginas, ha sido dictada por la Sección Primera de lo Penal de la Audiencia Nacional y supone condenas para un total de 29 personas físicas y jurídicas entre las que se encuentran los citados exregidores, todos ellos del PP con excepción del exprimer edil socialista de Parla José María Fraile y del que fuera alcalde de Serranillos del Valle Antonio Sánchez, de la Unión Demócrata Madrileña.

La resolución condena por delitos de organización criminal, blanqueo de capitales agravado y los delitos continuados de fraude a la Administración pública, prevaricación, continuado de cohecho y falsedad en documento mercantil por particulares, si bien las penas se han reducido al aplicarles atenuantes de confesión tardía, dilaciones de indebidas y reparación del daño. Cerca de la mitad de los 37 investigados y empresas que se sentaron en el banquillo reconocieron su participación en los hechos.

Cofely, condenada

El fallo también condena a penas de 6 años y 6 meses de cárcel al entonces director general de Cofely Didier Roger Maurice y al director Comercial Constantino Álvarez por delitos de organización criminal y continuado de fraude a la Administración pública, continuado de prevaricación, continuado de cohecho y falsedad en documento mercantil por particulares.

Por los mismos delitos y, además por tráfico de influencias, el Tribunal impone una pena de 6 años y 11 meses al que fuera director Comercial de Cofely Pedro García Pérez. A estos tres, al igual que a otros acusados, el Tribunal también les aplica las atenuantes de confesión tardía, dilaciones de indebidas y reparación del daño.

La empresa, como persona jurídica, también resulta condenada por delito continuado de cohecho a la pena de 3 años y 6 meses de multa con una cuota diaria de 2.500 euros por día y por tráfico de influencias en el Ayuntamiento de Parla a otros 6 meses de multa con una cuota diaria de 2.500 euros al día, al tiempo que se le absuelve de blanqueo de capitales. Se considera probado que su modelo de cumplimiento normativo interno no fue eficaz para prevenir las actividades corruptas realizadas por varios directivos bajo el liderazgo del director general y que implicaron a varios departamentos, comercial, de compras y de producción durante tres años, al haber fallado los controles de supervisión de dicho cumplimiento.

Alcaldes condenados

 La valoración de la prueba permite al tribunal concluir que los empleados de Cofely implicados en estos hechos "desarrollaron la mecánica delictiva involucrando a varios departamentos de la compañía durante tres años, sin que encontraran ninguna traba, al revelarse como ineficaces las medidas anticorrupción proclamadas formalmente pero que no se desarrollaron en orden a prevenir y detectar estas prácticas corruptas”.

En cuanto a los entonces alcaldes, la Audiencia condena al exedil socialista de Parla 2 años de cárcel como autor de un delito de fraude, prevaricación y cohecho en relación de concurso ideal medial, así como a otros 4 meses y 15 días de cárcel por tráfico de influencias. Otros implicados, como el exregidor del PP Gonzalo Cubas (Torrejón de Velasco) únicamente es inhabilitado por prevaricación, mientras que sí se ha dictado penas que llegan a los cuatro años y medio de prisión para el exedil del PP Carlos Alberto Estrada (Moraleja de Enmedio) por cometer este mismo delito pero en concurso medial con otro de cohecho.

 Igualmente de imponen cuatro años y medio de cárcel para el ex primer edile del PP en Villalba Agustín Juárez López de Coca (en este caso por fraude a la Administración Pública, prevaricación y Cohecho); mientras que Daniel Ortiz Espejo, exalcalde de Móstoles también del PP es condenado a 3 años de prisión como autor de un delito de cohecho y a multa revelación de información reservada. Antonio Sánchez Fernández, exregidor de la Serranillos del Valle, ha sido condenado años de cárcel por fraude, prevaricación, cohecho, y tráfico de influencias. Los magistrados absuelven sin embargo a los exalcaldes de Almendralejo (Badajoz) José García Lobato y del municipio también madrileño Valdemoro José Carlos Boza Lechuga.

Mecánica delictiva

 Según detalla la sentencia, Marjaliza y los directivos de Cofely investigados actuaron mediante un grupo de sociedades instrumentales y testaferros con el fin de obtener la adjudicación de contratos de eficiencia energética en dichas entidades locales, por lo que participaban en varios concursos a la vez, en los que ofrecían o aceptaba acuerdos para beneficiar de forma irregular a las autoridades y técnicos que adjudicaban estos trabajos.

 “Se cumplen los requisitos de estructura, reparto de funciones y estabilidad, en tanto, durante casi tres años, de primavera de 2012 a octubre de 2014, han venido desarrollando un 'modus operandi' consistente en la introducción en el Ayuntamiento, a través de la intermediación en la mayoría de los casos de David Marjaliza", que había contratado como asesor comercial aprovechando sus relaciones con numerosos cargos públicos en la Comunidad de Madrid.

Cofely, según detalla la sentencia no sólo obtuvo datos de consumo y estado de las instalaciones antes de la licitación, sino que ha participado en la conformación del expediente administrativo, mediante aportación de los elementos esenciales del contrato, como el precio, la fórmula de valoración económica, duración, criterios de valoración, en su propio interés. A esto se añade que en el cálculo del precio se incluían partidas de 'project' y de auditoría, que eran los dos mecanismos defraudatorios usados para canalizar el pago de las dádivas comprometidas con políticos o funcionarios, "de manera que, si este precio ofertado era aceptado como precio de licitación y finalmente se adjudicaba el contrato a Cofely el contrato llevaría un sobrecoste a cargo del Ayuntamiento".

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