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Amnistía

El TC empezará a pronunciarse sobre la aplicación de la amnistía a la malversación con los recursos de Junqueras y Turull

El pleno de la próxima semana debatirá sobre si se debe levantar la inhabilitación que aún cumplen o esperar a resolver sus amparos el año próximo

El anterior rechazó las impugnaciones que interpusieron contra la paralización de la desobediencia por pérdida de objeto

El presidente de ERC, Oriol Junqueras, con el secretario general de Junts, Jordi Turull. GUILLEN / EFE

El presidente de ERC, Oriol Junqueras, con el secretario general de Junts, Jordi Turull. GUILLEN / EFE

Ángeles Vázquez

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Madrid
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El pleno del Tribunal Constitucional de la próxima semana tiene previsto empezar a pronunciarse ya sobre la negativa del Tribunal Supremo a aplicar la amnistía al delito de malversación de caudales por el que se condenó o procesó en rebeldía a los líderes independentistas del 'procés'. Lo hará al determinar si debe levantar la inhabilitación al presidente de ERC, Oriol Junqueras, o al secretario general de Junts, Jordi Turull, de forma cautelar, sin esperar a resolver el fondo de los recursos de amparo que ambos presentaron contra la decisión del Alto Tribunal.

Todas las propuestas de resolución que irán al pleno, por las cautelares de Junqueras y Turull, así como por las de los exconsellers Raül Romeva y Dolors Bassa, de las que han sido ponentes los magistrados José María Macías, César Tolosa y el presidente del Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, se decantan por la desestimación de la solicitud cautelar de la inhabilitación.

Las tres propuestas de sentencia (Junqueras y Romeva la compartirán al haber recurrido en una misma impugnación) van en la misma línea que el informe que presentó en su día el fiscal jefe ante el Constitucional, Pedro Crespo, que también se opuso a la presentada por el expresidente catalán Carles Puigdemont, en su caso, contra la orden de arresto que aún tiene en vigor para el caso de que regrese a España.

Esa es la práctica habitual del TC para no vaciar de contenido el propio recurso de amparo, que no se resolverá en el caso de ninguno de ellos hasta el año que viene. Sin embargo, fuentes de la Corte de Garantías señalan a EL PERIÓDICO que la solicitud y el asunto al que se refiere plantea muchas particularidades, por lo que, aunque finalmente se imponga el rechazo de la cautelar, habrá debate entre los 12 magistrados. En otro tipo de cautelares, como el ingreso en prisión que alegó el ex secretario de Organización del PSOE Santos Cerdán, no plantean problema alguno y la decisión se deja a la del fondo del asunto.

Desobediencia

En lo que no hubo discrepancia alguna en el pleno anterior -celebrado la semana pasada- fue a la hora de rechazar unos recursos de amparo presentados por Oriol Junqueras, Raül Romeva y Dolors Bassa, contra la paralización del pronunciamiento del Supremo sobre la aplicación de la amnistía al delito de desobediencia por el que también se les condenó, cuando se despenalizó la sedición.

El Supremo decidió paralizar su dictamen sobre sus casos hasta que el TC resolviera la cuestión de inconstitucionalidad elevada por el Alto Tribunal en relación con los delitos de desórdenes públicos y atentado contra la autoridad por los que se había condenado a dos jóvenes en Girona que protestaban contra la sentencia del 'procés'.

En el caso de los políticos de Esquerra, la inadmisión de sus amparos obedece a una "pérdida sobrevenida de objeto", porque el Constitucional ya resolvió la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Supremo, al declarar la constitucionalidad de la ley "y su aplicabilidad a las ejecutorias en las que se integran los recurrentes". Para el pleno ello supone eliminar toda posibilidad de que subsistiera lesión efectiva del derecho fundamental invocado, lo que hace innecesario admitir sus recursos.

Los interpuestos contra la no aplicación de la amnistía a la malversación de caudales públicos tanto por los condenados como por los procesados en rebeldía sí fueron admitidos a trámite y serán resueltos ya el año que viene por el pleno del Tribunal Constitucional.

En este caso la no aplicación del perdón, al entender el Supremo que la malversación que les atribuye está incluida entre las excepciones de la propia ley, supone que los que fueron condenados sigan cumpliendo la pena de inhabilitación que se les impuso en la sentencia de octubre de 2019, y los procesados en rebeldía corran todavía el riesgo de ser detenidos si regresan a España.

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