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Por cobros indebidos

El Tribunal de Cuentas condena al exdirector de la Oficina Antifraude de Cataluña a devolver 82.000 euros

El órgano considera que el perjuicio causado fue de 138.240,88 euros, pero la responsabilidad ha prescrito en parte de los años en los que se hicieron esos cobros irregulares

Sede del Tribunal de Cuentas.

Sede del Tribunal de Cuentas. / EP

EFE

Madrid
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El Tribunal de Cuentas ha condenado al exdirector de la Oficina Antifraude de Cataluña (OAC) Daniel de Alfonso a devolver 82.341,27 euros por los salarios cobrados de forma indebida durante los años en que estuvo al frente de la entidad.

El Tribunal de Cuentas ha dictado sentencia tras el juicio celebrado en el que la Fiscalía y la Oficina Antifraude de Cataluña (OAC) pidieron que De Alfonso, director de este órgano entre 2011 y 2016, devolviese más de 205.000 euros por supuestos cobros indebidos en salarios suyos y de cargos que dependían de él.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, el órgano de cuentas considera que el perjuicio causado fue de 138.240,88 euros, pero la responsabilidad ha prescrito en parte de los años en los que se hicieron esos cobros irregulares. La sentencia estima de forma parcial la demanda de la Oficina Antifraude, a la que se adhirió el Ministerio Fiscal, y determina que durante su etapa en esa entidad, y por orden suya, se pagaron injustificadamente determinadas retribuciones en concepto de trienios a las que no tenían derecho sus perceptores.

Se benefició sobre todo él (119.889,84 euros), pero en menor medida también otras dos personas que en aquellos momentos desempeñaban otros cargos en la Oficina (12.030,78 euros en el caso del responsable de Recursos Humanos y 6.320,26 euros en el de la directora adjunta).

Descontadas las cantidades que se consideran prescritas -las anteriores al 27 de marzo de 2013-, se imputa al exdirector una responsabilidad contable de 71.363 euros por el dinero que cobró él y de 10.978,27 euros por los trienios cobrados indebidamente por los otros empleados. En cualquier caso, el Tribunal de Cuenta condena al exdirector a reparar el daño causado a los fondos públicos de la OAC mediante el reintegro de las cantidades que indebidamente se pagaron a las personas mencionadas.

A juicio del órgano de cuentas, en el ejercicio sus funciones, De Alfonso dictó las resoluciones de reconocimiento de antigüedad y trienios y ordenó el pago de las nóminas incluyendo trienios realizados en destinos previos como si lo hubieran sido en la oficina.

La actuación de De Alfonso "se ubica, cuando menos, en el ámbito de la negligencia grave", sentencia el Tribunal, pues no solo no extremó las precauciones, "sino que, más bien al contrario, ha omitido toda precaución, haciendo completa dejación de sus responsabilidades en materia de gestión económica en el jefe del Área de Administración, Recursos Humanos y Presupuesto de la Oficina, dejación que, lejos de eximirle de responsabilidad (...), constituye, en sí misma, una actuación gravemente negligente".