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Juicio al fiscal general

El Supremo confirma que García Ortiz será juzgado como fiscal general: rechaza el último recurso que pedía su suspensión

La asociación de fiscales que le acusa por revelación de secretos reclamó que se le apartara del cargo antes del juicio

El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, aplaude durante la inauguración del curso selectivo de la 63ª promoción de acceso a la carrera fiscal, en el Centro de Estudios Jurídicos, a 15 de enero de 2025, en Madrid (España).

El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, aplaude durante la inauguración del curso selectivo de la 63ª promoción de acceso a la carrera fiscal, en el Centro de Estudios Jurídicos, a 15 de enero de 2025, en Madrid (España). / Mateo Lanzuela - Europa Press

Cristina Gallardo

Madrid
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Álvaro García Ortiz se sentará en el banquillo el próximo 3 de noviembre como fiscal general del Estado. La Sala de apelaciones del Tribunal Supremo ha rechazado este miércoles el último recurso que buscaba apartarle cautelarmente del cargo antes del juicio por revelación de secretos que le enfrenta a una pena de hasta seis años de cárcel, por perjudicar presuntamente el derecho de defensa de la pareja de la presidenta de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, Alberto González Amador.

El recurso lo había presentado la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales después de que el instructor de la causa, Ángel Hurtado, rechazara inicialmente la suspensión. El juez apuntó a la existencia de un vacío legal y a la vez encomendó a la Inspección Fiscal a resolver lo que procediera al respecto. Por su parte, desde la Fiscalía se rechazó incluso analizar la posibilidad de suspender temporalmente a García Ortiz alegando falta de competencia.

Los magistrados Julián Sánchez Melgar, Andrés Palomo y Eduardo de Porres desestiman el recurso de apelación que presentó la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) --que ejerce la acusación popular en la causa-- contra la negativa del instructor a su petición.

"Contundentes argumentos" del juez

En un auto, los tres firmantes sostienen que la decisión de Hurtado estaba "sustentada en contundentes argumentos jurídicos". Así, coinciden en que la suspensión cautelar del fiscal general "constituye una potestad de naturaleza administrativa, reservada a los órganos directivos del Ministerio Fiscal".

El fiscal Álvaro García Ortiz y juez Ángel Hurtado.

El fiscal Álvaro García Ortiz y juez Ángel Hurtado. / EP

Para la Sala de Apelación, la intervención de un juez en este ámbito administrativo "carece de cobertura jurídica y comportaría una inaceptable invasión del ámbito competencial de un órgano constitucional autónomo" como la Fiscalía. Asimismo, los magistrados consideran que la medida solicitada por la asociación de fiscales "no satisface finalidad alguna instrumental respecto al proceso penal".

La cuestión tal y como recuerda el Supremo, es que "ni el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal ni la Ley de Enjuiciamiento Criminal contemplan una suspensión cautelar específica del excelentísimo señor fiscal general del Estado durante un proceso penal".

Tal y como informó este diario, Hurtado insistió el pasado septiembre en que hay un "vacío legal" que le impide acordar la suspensión cautelar de García Ortiz porque la norma que regula la suspensión de los fiscales, el artículo 145.1 del Reglamento Orgánico del Ministerio Fiscal, no prevé que deba aplicarse al jefe del Ministerio Público. No obstante, el magistrado instructor apuntó a la disfunción de que pueda ser "él mismo", García Ortiz, "quien resuelva su propia suspensión cautelar".

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