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En plena compra de Talgo

La Audiencia Nacional imputa al presidente de Sidenor por vender acero a una empresa de armas israelí

El juez De Jorge investiga a Jainaga y a otros dos directivos por los delitos de contrabando y participación por complicidad en el genocidio gazatí

El presidente de la empresa Sidenor, José Antonio Jainaga.

El presidente de la empresa Sidenor, José Antonio Jainaga. / Arnaitz Rubio - Europa Press

Ángeles Vázquez

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Madrid
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El juez de la Audiencia Nacional Francisco de Jorge ha imputado por delitos de contrabando y participación por complicidad en un delito de lesa humanidad o de genocidio al presidente de Sidenor, José Antonio Jainaga Gómez, y otros dos de sus directivos por la venta de partidas de acero a la compañía Israel Military Industries (IMSI) con pleno conocimiento de que se trata de un fabricante de armas, tanto pesadas como ligeras, y de que el material vendido iba a ser utilizado para la fabricación de armamento.

La imputación, que se ha conocido en pleno proceso de compra de Talgo por el consorcio que lidera la compañía vasca, ha sido respondida por esta con un escueto comunicado en el que dice que ha dejado el asunto "en manos de sus abogados y seguirá sus indicaciones para responder al juez", para lo que adelanta que le facilitará "toda la información que obre en su poder". Añade que "el pasado 1 de julio Sidenor hizo pública su decisión de suspender todas las relaciones comerciales con Israel", acuerdo que "se tomó tras la decisión del Gobierno de España en abril de suspender los contratos" con dicho país.

Se da la circunstancia de que juste ese día, el 1 de julio, la querella de la de la Asociación Comunitat Palestina de Catalunya-Terra Santa, que dio origen al procedimiento y a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, cifraba la salida de un barco hacía Israel, que pedía que fuera interceptado, para evitar la consumación de los delitos denunciados.

Para el magistrado, como argumentaba la denuncia del colectivo propalestino, la venta de acero se habría llevado a cabo sin haber solicitado la correspondiente autorización del Gobierno y sin inscribirse en el registro correspondiente, tal y como consta en un oficio de la Comisaría General de Información del pasado 10 de septiembre. Los tres imputados están citados a declarar el próximo 12 de noviembre ante el juez De Jorge.

En su resolución, el magistrado sostiene que los hechos ocurridos en Gaza son de dominio público tanto por la información publicada a diario en prensa y televisión como por la calificación provisional como delito atribuido a estos acontecimientos por la Corte Penal Internacional y las denuncias presentadas por la relatora especial de la ONU Francesca Albanese y por la UNRWA, entre otras personas y agencias de Naciones Unidas, informa la Audiencia Nacional.

La querella cuenta que Albanese solicitó la colaboración turca para evitar la llegada a Israel del MV Vela, con 393 toneladas de acero procedente de Siderol el pasado 4 de junio. Además, cita el medio irlandés The Ditch para afirmar que la empresa vasca ha vendido un total de 1.207 toneladas de acero al fabricante de armas israelí IMI Systems desde el mes de agosto de 2024. Los querellantes suman a la carga del MV Vela, 306 toneladas el 20 de mayo a través del Zim Atlantic y otras 290, el 7 de agosto de 2024 a través del Zim Eagle.

Como solicitaban los querellantes, los hechos investigados son, a juicio del juez, constitutivos de un delito de contrabando, previsto en la ley orgánica de represión del contrabando, y de otro de complicidad en un delito de lesa humanidad de los artículos 29 y 607 bis del Código Penal o, alternativamente, en un delito de genocidio. El titular del Juzgado Central de Instrucción número 1 considera que los hechos también son imputables a la sociedad mercantil Clerbil SL, que ostenta el cargo de administrador único de Sidenor Holdings Europa.

Gracias a los trabajadores

Por el contrario, descarta por el momento imputar como persona jurídica a la propia sociedad mercantil Sidenor Aceros Especiales SLU, por el papel activo de los trabajadores de esta empresa y su contribución a la denuncia pública realizada, así como a impedir la continuación de la actividad presuntamente delictiva.

El magistrado aplica la directiva europea 2019/1937 y la ley reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de la lucha contra la corrupción, particularmente en los artículos que extienden la protección a las personas jurídicas que puedan tener la condición de informantes, porque los considera aplicables en interés de los trabajadores, mediante la protección de la sociedad, que no quedará afectada por medidas cautelares o eventuales penas que pudieran imponérsele.

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