Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Caso Koldo

El juez Puente rechaza la renuncia de Ábalos a su abogado por "fraude de ley" y anuncia que revisará su actual libertad

El magistrado aclara al exministro que no puede cambiar de defensa cuando quiera, si ello perjudica a otros imputados, por lo que obliga a su actual letrado a asistir a las declaraciones

Ábalos renuncia a su abogado por "diferencias irreconducibles" a dos días de declarar en el Supremo

Ábalos pide al Supremo que le ponga un abogado de oficio para que le acompañe en su declaración

Ábalos pide al Supremo que le ponga un abogado de oficio para que le acompañe en su declaración / JOSÉ LUIS ROCA / VÍDEO: Europa Press

Madrid
Por qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

Al juez del Tribunal Supremo Leopoldo Puente no le han convencido las explicaciones del exministro José Luis Ábalos y en un auto rechaza por "fraude de ley" la renuncia a su abogado que el ahora diputado del grupo mixto presentó este lunes. El magistrado, además, le anuncia que tras prestar declaración este miércoles, se celebrará la vistilla prevista para modificar la situación procesal de un imputado, en la que se podría acordar su prisión, si lo solicita alguna de las acusaciones, como hicieron en junio.

El exministro se mostraba dispuesto a declarar ante el juez, tras ser citado en el caso Koldo después de que se conociera el informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil en el que se apuntaba a pagos del PSOE, pese a haber renunciado a su abogado, José Aníbal Álvarez. Como no tenía otro, había pedido al alto tribunal uno de oficio.

Pero el magistrado ha reaccionado de forma con la que es difícil que el político contara: no ha aceptado la renuncia y le ha advertido de que su letrado tendrá que venir con él a la comparecencia prevista para este miércoles, tras la que se celebrará la vistilla prevista en el artículo 505 de la ley de enjuiciamiento criminal, en la que la fiscalía o las acusaciones pueden pedir su ingreso en prisión o cualquier modificación de las medidas cautelares, que ahora mismo se limitan a prohibición de salir del país y retirada de pasaporte. El magistrado también mantiene la declaración del que era su hombre para todo, Koldo García, para el jueves, a la que también tendrá que asistir José Aníbal Álvarez, salvo que para entonces Ábalos ya cuente con otro abogado capaz de asumir su defensa de forma inmediata.

El exministro había seguido la misma práctica con la que este lunes comunicó al Supremo que renunciaba a su abogado; en un escrito dirigido al alto tribunal pedía que "se libre oficio al ilustre Colegio de Abogados de Madrid, a fin de que sea designado, que le defienda en estas actuaciones, y le asista a la declaración acordada practicar". El juez Puente, en cambio, le da tres días para que designe uno de su confianza. En caso de no hacerlo, se accederá a su petición y se le nombrará uno de oficio, que, cuando esté preparado (no antes), sustituirá a José Aníbal Álvarez.

En un mensaje en X Ábalos decía textualmente: "Dada mi voluntad de cumplir con mi comparecencia ante la Sala II del Tribunal Supremo a fin de prestar declaración mañana día 15 de octubre de 2025, y dado también que en el día de ayer he renunciado a la asistencia de quien hasta ahora ejercía la representación de mi defensa, en tanto en cuanto no designe un nuevo abogado, he tenido a bien solicitar al Tribunal Supremo un abogado de oficio para que me pueda asistir en el día de mañana".

Aunque finalmente se le asigne uno de oficio, Ábalos no podrá evitar pagarlo. La asistencia jurídica gratuita está prevista para personas que anualmente no cobren más de 16.800 euros -en el caso de un núcleo familiar formado por una sola persona-, o de 42.000, si lo está por "cinco en circunstancias excepcionales". Su sueldo como diputado es superior, por lo que deberá asumir la minuta que genere.

Renuncia "intempestiva"

Puente considera intempestiva la renuncia y solo motivada por el intento de anular la citación judicial. En su auto incluye la jurisprudencia que aborda supuestos similares en los que “no cabe identificar, por el momento en el que se producen y por la completa ausencia de justificación razonable que las fundamente, más propósito que el de provocar de forma indebida la suspensión de vistas o comparecencias oportunamente señaladas”. 

Recuerda que la libre designación de letrado es un derecho que no puede considerarse ilimitado por lo que hay que ponderar intereses jurídicos de distinto signo en cada caso concreto para determinar “qué grado de sacrificio es aceptable imponer al resto de las partes cuando alguna de ellas introduce una incidencia sorpresiva que puede perturbar el desarrollo ordinario del proceso”. “Aceptar con naturalidad que toda petición de cambio de letrado, sea cual sea el momento en el que aquélla se produce, forma parte del contenido material del derecho de defensa, supondría distanciarnos del verdadero significado constitucional de ese derecho para permitir que el mismo se instrumentalice con finalidades espurias”, afirma. 

El magistrado explica que Ábalos se ha venido valiendo de la defensa protagonizada en este procedimiento por un letrado de su libre designación, “quien, hasta el momento, ha desarrollado su labor de forma objetivamente irreprochable, interviniendo en los interrogatorios practicados hasta ahora; interesando la práctica de las diligencias de investigación que tuvo por convenientes u oponiéndose a las que no consideraba de interés para la defensa de los derechos e intereses del señor Ábalos; y haciendo valer los recursos que la ley autoriza frente a las resoluciones de este instructor que juzgaba inconvenientes para los legítimos intereses de su defendido”.

En su opinión, el investigado no incluye en el escrito en el que pretende renunciar a la defensa de su letrado "circunstancia alguna que justifique su decisión, que pretende hacer descansar exclusivamente en un aducido deterioro irreversible de lo que debiera ser una relación basada en la confianza”. Y, además, afirma el magistrado, “presenta su escrito en un momento en el cual únicamente sería posible, para el caso de que se admitiera la renuncia, suspender" su declaración sin que "sea dable identificar en dicha pretensión ningún propósito distinto".

Ábalos apelaba a "diferencia irreconducibles", que "lejos de constituir una circunstancia puntual en el tiempo, se han convertido en una constante, lo que hace inviable el mantenimiento de la asistencia letrada, pues se ha producido un deterioro irreversible de lo que debiera ser una relación basada en la confianza", lo que, decía, le obligaba a preparar él solo su defensa de cara a la declaración de este miércoles.

El instructor, que insiste en que en la causa está preso el expolítico socialista Santos Cerdán, subraya que dados los tiempos en que se ha producido la renuncia y petición de abogado de oficio, "a menos de 48 horas" de la citación, su nombramiento "ni sería posible en tan breve plazo ni, aunque lo fuere, permitiría al letrado así designado asistir eficazmente" dada "la magnitud y complejidad de la presente”.  

El magistrado recuerda que el Estatuto General de la Abogacía Española determina que el profesional de la Abogacía tendrá plena libertad para aceptar o rechazar la dirección de cualquier asunto que le sea encomendado, pero también que solo lo podrá hacer cuando la renuncia "no cause indefensión al cliente, estando obligado a despachar los trámites procesales urgentes", lo que evita también que sea admisible "una eventual renuncia del propio letrado a continuar con la defensa de Ábalos”.

Otros aplazamientos denegados

La defensa de quien le sustituyó al frente de la Secretaría de Organización del PSOE, Santos Cerdán, solicitó un aplazamiento, al coincidirle el señalamiento de la declaración de Ábalos y de que quien era su asesor principal, Koldo García, con otras diligencias acordadas con anterioridad, pero el juez Puente lo rechazó, dada la situación de prisión en la que se encuentra su cliente desde el pasado 30 de junio por los delitos de integración en organización criminal, cohecho y tráfico de influencias.

Tampoco accedió a un aplazamiento el magistrado cuando Koldo García cambió de abogado unos días antes de la citación anterior, en junio, para empezar a ser representado por Leticia de la Hoz, que ya ejercía la defensa de su exesposa, Patricia Úriz, y de su hermano Joseba. El juez le advertía de que si no comparecía podrían "adoptarse medidas cautelares" y rechazaba suspender los plazos procesales, como solicitaba el exasesor, que al final compareció ante el magistrado, pero se negó a declarar.

Suscríbete para seguir leyendo