Investigación a la mujer del presidente
La Abogacía del Estado solicita sacar del caso Begoña al delegado del Gobierno en Madrid por "absoluta ausencia de indicios"
Los servicios jurídicos del Estado representan a Francisco Martín, imputado en la pieza por malversación relacionada con la asistente de la esposa de Sánchez en Moncloa

El delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín, junto al Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo / DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN MADRID

La Abogacía del Estado, que representa al delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín, en la pieza abierta por presunta malversación en el caso contra Begoña Gómez, ha solicitado al juez Juan Carlos Peinado el sobreseimiento de las actuaciones "dada la inexistencia de delito en los hechos indagados y la absoluta ausencia de indicios de participación" de este alto cargo. En esta pieza se investiga un posible uso para actividades privadas de la esposa de Pedro Sánchez de su asistente en Moncloa.
"Cualquier supuesta apariencia inicial de irregularidad ha quedado desmentida con la documentación obrante en la causa y con la doctrina sentada por el Tribunal Supremo sobre estos mismos hechos", continúa el escrito, al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO.
No participó en el nombramiento
Al igual que hizo la Fiscalía, la Abogacía ya había pedido anteriormente al instructor que archivara la causa para Martín, al negar que el actual representante del Gobierno participara en el nombramiento de Álvarez para desempeñar funciones privadas de Begoña Gómez con cargo a fondos públicos mientras ejercía de 'número dos' en la Secretaría General de Presidencia en julio de 2018.

El juez Peinado cita de nuevo este lunes a Begoña Gómez tras derivar su causa a un jurado / EP
De hecho, la defensa vienen insistiendo en que el nombramiento de Martín Aguirre como secretario general de Presidencia tuvo lugar el 20 de julio de 2021; "es decir, tres años después de los hechos objeto de investigación". "Por lo tanto, resulta incontrovertido que nuestro representado no tuvo participación ni conocimiento alguno en la decisión de contratar a Cristina Álvarez en 2018, quedando desvirtuada la única base que se invocó inicialmente para imputarle", apuntaban entonces.
Ahora, los Servicios Jurídicos del Estado insisten en que "todo indica que la contratación de personal eventual para tareas de apoyo fue una decisión administrativa dentro del marco legal vigente (el Estatuto de los Empleados Públicos permite nombramientos de personal de confianza) y con una finalidad institucional lícita: asistir en labores protocolarias y organizativas vinculadas a la esposa del Presidente del Gobierno, práctica absolutamente normal y habitual en todas las legislaturas desde la entrada en vigor de la Constitución Española".
Agrega además la Abogacía que "el elemento subjetivo de la malversación es el dolo específico de disponer de caudales públicos a sabiendas de su ajena finalidad", algo que aquí tampoco ocurre en el caso según detalla el escrito.

La asesora de Moncloa, Cristina Álvarez, a su llegada a declarar por el ‘caso Begoña Gómez’, en los Juzgados de Plaza de Castilla, a 10 de septiembre de 2025, en Madrid (España). / Gustavo Valiente - Europa Press
"Las labores de asistencia, logística y coordinación que realizó en apoyo de la esposa del Presidente del Gobierno entran dentro del ámbito de confianza para el que fue nombrada, sin que ello suponga desviación alguna de caudales públicos", defiende esta defensa, por lo que concluye que "en ningún momento se ha producido detrimento o perjuicio alguno para el erario público por dichas actividades de apoyo", citando a la propia Fiscalía.
Por otro lado, el escrito de la Abogacía del Estado alude al auto en el que el Tribunal Supremo rechazaba incriminar en este asunto al ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, e insiste en que ese conocimiento de las tareas atribuido por el juez Peinado a “todos los sucesivos responsables de esa Secretaria General” ha sido explícitamente descartado por el alto tribunal. En línea con el Tribunal Supremo, la defensa insiste en que "la mera relación jerárquica no permite inferir automáticamente participación o conocimiento de la notitia criminis".
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