Tribunales
El presidente del CIS recurrirá al Constitucional la multa de 3.000 euros que le confirmó el Supremo
La Junta Electoral Central le impuso a José Félix Tezanos una sanción por haber incumplido la ley al no comunicar la realización de una consulta de abril de 2024, realizada en plenos comicios catalanes y europeos

El presidente del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS), José Félix Tezanos.x / Alberto Ortega - Europa Press - Archivo
El presidente del CIS, José Félix Tezanos, acudirá al Tribunal Constitucional después de que el Supremo desestimara el recurso que había presentado contra la multa de 3.000 euros que le impuso la Junta Electoral Central por una encuesta de abril de 2024, realizada en plenos comicios catalanes y europeos.
Fuentes del Centro de Investigaciones Sociológicas han informado este martes de que el recurso ante el Constitucional se planteará al considerar que la publicación de la encuesta se hizo con pleno cumplimiento de la ley electoral, que no indica la obligación de comunicar ni entregar previamente a la Junta Electoral los cuestionarios de las encuestas que se van a realizar.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo desestimó en abril el recurso de Tezanos contra la resolución de la Junta Electoral Central de 27 de junio de 2024 que le impuso la citada multa de 3.000 euros por incumplir la Ley Orgánica de Régimen Electoral General.
En concreto, la Junta Electoral Central y posteriormente el Supremo consideraron que el CIS había incumplido la ley al no comunicar a la primera la realización de una encuesta para su traslado a la formaciones políticas.
El trabajo en cuestión, una "encuesta flash" sobre situación política, buscaba pulsar la opinión ciudadana con motivo de la carta de reflexión sobre su futuro que el jefe del ejecutivo, Pedro Sánchez, había hecha pública dos días antes tras la apertura de diligencias de investigación a su esposa, Begoña Gómez.
Tezanos ya había adelantado que si su recurso ante el Supremo no era estimado acudiría a instancias superiores -y citó el Tribunal Constitucional- por entender, "desde el máximo respeto a la ley y a los órganos jurisdiccionales, que la multa que se le impuso es injusta y no se atiende" a lo que se estipula la ley electoral.
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