En el pleno
El TC rechaza la última petición del PP para que Conde-Pumpido se aparte de las deliberaciones de la amnistía
El grupo parlamentario popular instó al presidente a apartarse porque su esposa, como vocal del CGPJ, debatió la ley, pero ello no figura entre las causas de abstención previstas

El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, durante la celebración del Día de la Mujer en la sede del TC. / Gustavo Valiente - Europa Press


Ángeles Vázquez
Ángeles VázquezPeriodista
Periodista especializada en tribunales desde 1996. Primero en Europa Press, donde fui jefa de la sección de tribunales hasta que me incorporé a 'Público'. El cierre de su edición en papel me llevó a pasar al 'otro lado' e incorporarme a prensa del Ministerio de Justicia. Acabada esa etapa colaboré con el 'Ara' hasta que me incorporé a la redacción de 'El Mundo'. Llegué a 'El Periódico' en 2016 y desde entonces vivo entre la Audiencia Nacional, el Supremo y el Constitucional. Descubrí '100 cosas que hacer en Madrid al menos una vez en la vida' y lo conté en un libro.
El pleno del Tribunal Constitucional ha decidido no atender la solicitud del grupo parlamentario popular con la que el partido que preside Alberto Núñez Feijóo quemaba su último cartucho para intentar apartar al presidente Cándido Conde-Pumpido del debate de la amnistía, que comenzará formalmente este miércoles, cuando la vicepresidenta, Inmaculada Montalbán, explicará su propuesta de sentencia sobre la medida de gracia a sus compañeros del pleno, informaron a EL PERIÓDICO fuentes jurídicas.
La reunión de los 12 magistrados comenzó con el rechazo del escrito en el que el PP pedía la abstención de Conde-Pumpido, al considerar el pleno que dar ese paso es una decisión personalísima del juez aludido, por lo que las partes no pueden solicitarlo; lo que sí pueden hacer es plantear un incidente de recusación, como hizo sin éxito el pasado otoño el grupo parlamentario popular, cuando interpuso el recurso de inconstitucionalidad que se resolverá en primer lugar.
Sin embargo, el PP, consciente de que ya había intentado sin éxito la recusación del presidente del TC, optó por plantearle que debía abstenerse, con el argumento de que su esposa, la también magistrada Clara Martínez de Careaga, se pronunció, como vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), junto a José María Macías, sobre la constitucionalidad de la ley.
Aunque la ley orgánica del poder judicial no prevé que los pronunciamientos que realiza un cónyuge en un procedimiento suponga que el otro tenga que apartarse del debate de ese asunto, el grupo parlamentario popular lo argumentó basándose en los que habían dejado fuera del debate al magistrado José María Macías. En su caso fue porque como vocal del CGPJ se había pronunciado sobre la misma ley sobre cuya constitucionalidad debía hacerlo ahora, ya que él pasó directamente del órgano de gobierno de los jueces al Tribunal Constitucional.
El pleno le apartó de los recursos de inconstitucionalidad presentados por el PP y las comunidades en las que gobierna, más Castilla-La Mancha, así como las cuestiones de inconstitucionalidad elevadas por el Tribunal Supremo, el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya y la Audiencia de Madrid. Ahora la Abogacía del Estado ha vuelto a recusarle para que quede fuera de los debates de los recursos de amparo de los condenados por el Tribunal Supremo y los procesados en rebeldía del 'procés'.
Los Servicios Jurídicos del Estado, en cambio, no han recusado al magistrado Juan Carlos Campo, que no se ha apartado de estas impugnaciones, con las que se revisará la negativa del Supremo a aplicar la amnistía al delito de malversación, aunque sí lo hizo voluntariamente de las relativas a la constitucionalidad de la propia norma. Fuentes del alto tribunal mostraron su sorpresa por el hecho de que el exministro de Justicia no haya seguido el mismo criterio, pese a que fue quien firmó los indultos de los condenados del 'procés'.
En la reunión del pleno de este miércoles está previsto que Montalbán explique a sus compañeros su propuesta de sentencia de la amnistía, aunque las deliberaciones propiamente dichas, con la intervención de todos los magistrados, no comenzarán hasta el pleno que se celebrará de forma monográfica la última semana del mes. Será entonces cuando se dicte la primera sentencia de la medida de gracia, que será la que marque el criterio que seguirá la corte de garantías al resolver el resto de impugnaciones.
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