Juicio del 'procés'

Lluís Puig recurre al TC contra la desestimación de la amnistía por parte del Supremo

La defensa del exconseller de Cultura dice que el tribunal hace una interpretación "subjetiva" de la ley

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Lluís Puig con Puigdemont en el Parlament

Lluís Puig con Puigdemont en el Parlament / FERRAN SENDRA

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Barcelona
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El exconseller de Cultura y diputado de Junts en el Parlament, Lluís Puig, ha presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (TC) contra la decisión del Tribunal Supremo (TS) de rechazarle la aplicación la ley de amnistía. El recurso de la defensa de Puig, ejercida por Jaume Alonso-Cuevillas, avanzado por 'El Mundo' y al cual ha tenido acceso lo ACN, alega vulneraciones de derechos fundamentales por parte del magistrado instructor de la causa del 'proceso', Pablo Llarena, y de la sala de lo penal del TS, que avaló la inaplicación de la ley del olvido penal para los máximos dirigentes independentistas y también rechazó levantar las medidas cautelares como la orden de detención. De hecho, el recurso también reclama levantar la orden de detención contra Puig.

En concreto, el recurso asegura que la decisión del Supremo vulnera el derecho a un juez predeterminado por la ley y el derecho a la legalidad y el mandato que determina la ley de amnistía, pero también critica la negativa a levantar las órdenes de detención. El recurso también argumenta la trascendencia constitucional del recurso, puesto que es la primera ley de amnistía desde el 1978, y pide al TC que "se pronuncie y delimite la existencia o no de arbitrariedad" ante decisiones que afecten el derecho de defensa.

"Interés subjetivo"

Por otro lado, insiste en la vulneración del derecho a un juez predeterminado por ley, puesto que considera una "indebida competencia del Tribunal Supremo que ha sido buscada expresamente, con manifiesta arbitrariedad”. "Lamentablemente, la realidad determina que ha existido un manifiesto interés subjetivo en la manipulación arbitraria competencial", concluye el recurso. Por eso defiende que, como mínimo, desde que la sentencia del 'proces' aconteció firme, la competencia para continuar el proceso contra el exconseller no es del Supremo.

El texto añade que el Supremo ha incurrido en "incongruencia omissiva" por no justificar el no levantamiento de las órdenes de detención. Así mismo, denuncia que la inaplicación supone "topar con una clara resistencia al cumplimiento del mandato de la ley de amnistía" y reprocha el "apoyo metodológico o axiológico" del Supremo que "conduce a soluciones esencialmente opuestas a la orientación material de la norma, convirtiéndose esta aberración interpretativa en imprevisible para sus destinatarios".