Entrevista | Juan José Torres Ventosa. Abogado

El abogado del líder del PSOE en Extremadura: "Llevo 20 años de ejercicio, 16 como abogado del Estado, y esto no lo he visto nunca"

Juan José Torres Ventosa se muestra muy crítico con la instrucción del caso del hermano de Pedro Sánchez

El letrado Juan José Torres Ventosa.

El letrado Juan José Torres Ventosa. / El Periódico

Eduardo Barajas

Cáceres
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Juan José Torres Ventosa, abogado de Miguel Ángel Gallardo, secretario general del PSOE de Extremadura, se ha mostrado muy crítico con la instrucción del caso de David Sánchez, hermano de Pedro Sánchez, tras el procesamiento en la causa del líder socialista regional.

-¿Qué valoración le han merecido los autos de este jueves?

-Francamente, estando pendientes de decisión, un recurso no, varios, contra el auto de procedimiento abreviado, es absolutamente inusual que se dicte auto de apertura judicial. Muy sorprendente. Probablemente habrá pasado alguna vez, pero es absolutamente inusual. Llevo 20 años de ejercicio, 16 de abogado del Estado, y esto no lo he visto nunca. Además, en este caso había una providencia dictada en la causa donde se decía que se estaría al resultado de los recursos antes de dictar el auto de apertura de juicio oral. Y no se ha esperado.

-¿Tiene alguna hipótesis de por qué no se ha esperado?

-No. Prefiero no hacer hipótesis, lo que constato es que es absolutamente inusual y que hay una providencia que decía que no se iba a hacer y se ha hecho. 

-Se aduce que los recursos no tienen efectos suspensivos….

-Eso es cierto, pero frente a eso está la propia providencia que se había dictado por el propio juzgado diciendo que se estaría al resultado de los recursos frente al auto de procedimiento abreviado para dictar la resolución que corresponda sobre la apertura del juicio oral. Eso se ha dicho, es una providencia que es firme. Que de repente cambiemos el compás, es lo que lo hace tan poco habitual.

-También se argumenta que la acusación popular está legitimada para pedir en solitario la apertura de juicio oral, según doctrina consolidada del Tribunal Supremo.

-Sobre ese punto prefiero no decir nada, porque eso sí que afecta sinceramente al proceso. No lo puedo decir ahora.

-Y ahora, ¿cuál es el siguiente paso?

-Pues esperar al resultado de los recursos. No puedo hacer otra cosa, aparte de comunicar al juzgado la condición de diputado electo en la Asamblea de mi cliente.

-¿Y eso podría cambiar ya algo?

-Entiendo que sí, pero yo ya estoy al resultado del proceso. 

-¿Cuál sería la evolución del proceso en función del resultado de los recursos?

-Si se estimaran los recursos, que yo en conciencia entiendo que hay base más que suficiente para que sea así, pues se acabaría el proceso. Y si no se estiman, el siguiente paso es que a las partes nos den traslado para hacer el escrito de defensa. A todo esto, nosotros entendemos que, desde que Miguel Ángel Gallardo es diputado de la Asamblea, está aforado al Tribunal Superior de Justicia y esto lo vamos a defender aquí y en cualquier lugar.

-¿Cree entonces que este caso se acabará juzgando en el TSJEx? 

-Para mí esto es tan claro que dudarlo es como dudar de la existencia del hidrógeno. Para un eventual enjuiciamiento del señor Gallardo, y de todos los que se han incluido en el auto de procedimiento abreviado, sería competente la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia. Para mí es indiscutible. En el derecho casi todo es opinable, pero esta es de las pocas certezas que tendría. 

-¿Sería igual para todos los procesados?

-Para mí tiene que acabar en el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura respecto de todos. Tal y como está redactado el auto de procedimiento abreviado, el que contiene para entendernos lo que llamamos auto de procesamiento, los hechos son inescindibles. Lo contrario sería un dislate procesal. 

-¿Cómo se encuentra su cliente?

-Mejor preguntárselo a él, pero sorprendido como yo, sinceramente.

-¿Con ánimos de seguir defendiéndose en el proceso?

-Absolutamente, porque tenemos la razón. No hay indicios, honradamente lo creo. Indicios en el sentido jurídico del término y el auto juega, utiliza, conjeturas, y una conjetura es una especulación, no tiene valor en derecho para procesar a nadie y un indicio sí. Y aquí no hay indicios. En concreto, con mi cliente hay un correo electrónico que dice "estupendo" y otro que dice "Me parece que pedís mucho personal" o algo similar. El argumento estrella es "no puede ser que no lo conociera". Esto es derecho penal. Aquí no vale el "no puede ser". 

-Jurídicamente, ¿qué valoración hace de los autos?

-Con el mayor de los respetos al juzgado, los autos son notablemente endebles, juegan a las conjeturas.

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