'Sólo sí es sí'
El Tribunal Superior de Navarra mantiene la rebaja a dos de los condenados de 'La Manada' de los San Fermines
Rechaza los recursos de las acusaciones contra la decisión adoptada el pasado febrero por la Audiencia Provincial de Navarra contra la rebaja de un año de condena

Europa Press


Cristina Gallardo
Cristina GallardoRedactora de Tribunales
Seguimiento de información jurídica y casos de corrupción e investigación en el Tribunal Supremo, Fiscalía, Tribunal Constitucional, Audiencia Nacional, Consejo General del Poder Judicial, Ministerio de Justicia. Analista de temas jurídicos. 25 años como redactora de Tribunales y quince de ellos como responsable de equipo de Tribunales en Europa Press. Jefa de Tribunales de El Periódico de España desde su fundación, en octubre de 2021, y ahora también en Tribunales en El Periódico.
Esta vez con el visto bueno de la Fiscalía. El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha confirmado la rebaja que la Audiencia Provincial realizó el pasado mes de febrero --desde los 15 a los 14 años de prisión-- de la pena impuesta a José Ángel Prenda y Jesús Escudero, dos de los miembros de la 'La Manada' condenados por la la violación grupal en Pamplona de una joven en los Sanfermines de 2016.
Su condena inicial, junto con la del resto de implicados en esta agresión, impulsó la aprobación de ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, más conocida como ley del 'solo sí es sí'. Paradójicamente, es precisamente esta norma la que obliga a mantener la rebaja del año de cárcel para los dos jóvenes.
Esta última decisión judicial sobre el caso --ya se confirmó la rebaja de la condena para otro de los implicados, Ángel Boza, en septiembre de 2023-- responde igualmente a motivos meramente técnicos, pues la pena máxima impuesta en su día por el Tribunal Supremo "continuaba inalterada, pero la mínima descendía 1 año y 3 meses, pasando de 14 años, 3 meses y 1 día a 13 años". En consecuencia, los 15 años de prisión impuestos a los condenados quedaban por encima del mínimo posible y había que rebajarlos.
Aunque aún puede pronunciarse el Tribunal Supremo, la realidad es que las decisiones que vienen adoptándose con respecto al cumplimiento de condena por delitos de agresión sexual que fueron cometidos y juzgados antes de que la ley del 'solo sí es sí' tuviera que reformarse, para evitar rebajas en el futuro, difícilmente pueden ser modificadas en esta última instancia. De hecho, la reducción practicada a Boza ya fue confirmada por el alto tribunal en julio del pasado año.
Así, al examinar ahora la rebaja decretada el pasado febrero por la Audiencia Prenda y Escudero, el tribunal superior navarro reproduce los argumentos esgrimidos por el Tribunal Supremo para confirmar la rebaja de Boza. "Una pena que conserva el mismo techo, pero que su mínimo es un año y tres meses inferior al anterior marco normativo, no puede ser de igual magnitud penológica que la derogada, esto parece indiscutible", señalan los magistrados. Agregan que el total de años de prisión a cumplir por lo dos jóvenes "se ha de situar en cuantía muy próxima al mínimo legal" y por ello se coloca en un año por encima de dicho mínimo, fijándose finalmente en 14 años.
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