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Tribunales

El activista Roger Español pide 13 años de cárcel para los policías nacionales que le sacaron un ojo el 1-0

En el escrito de acusación se solicita, además, una indemnización de 320.000 euros

La Audiencia rechaza la amnistía para los cuatro policías que mutilaron a Roger Español el 1-O y los envía a juicio

Roger Español perdió la visión en un ojo a causa del impacto de una pelota de goma.

Roger Español perdió la visión en un ojo a causa del impacto de una pelota de goma. / Ferran Nadeu

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J. G. Albalat

J. G. Albalat

Barcelona
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El activista Roger Español reclama en su escrito de acusación 13 años y dos días de prisión e inhabilitación por el mismo periodo para los cuatro policías nacionales imputados por el disparo de una pelota de goma que le provocó la pérdida del ojo derecho en los alrededores de la escuela Ramon Llull, el 1-O. Sus abogados, del colectivo de derechos humanos Iridia, atribuyen a los agentes un delito de lesiones por la pérdida de un órgano principal y otro de torturas. Además de la pena de prisión, los letrados solicitan el pago de una indemnización de 320.000 euros.

Según el escrito, los cuatro agentes eran plenamente conscientes que la concentración era pacífica, que no había ningún riesgo para la seguridad para ellos y que el uso de balas de goma en aquella situación podía provocar lesiones graves por la proximidad de los manifestantes. A pesar de esto, el escopetero, actuando de mutuo acuerdo con sus superiores jerárquicos, efectuó hasta tres disparos contra Español.

En el tercero disparo, la bala de goma le impactó al rostro cuando se encontraba con las manos levantadas entre periodistas, a solo 14,12 metros de distancia, causándole heridas muy graves. Como consecuencia, Español sufrió un estallido ocular derecho con fractura orbital y maxilar, así como otras lesiones físicas y psíquicas graves, con secuelas permanentes. El escrito apunta que la acción de los agentes fue de represalia hacia Español, que recriminó a uno de ellos que le había empujado. Según a acusación, los policías imputados conocían y asumían la "alta lesividad que podía provocar un impacto de una bala de caucho en el cuerpo tanto si impactaba directamentecomo si rebotaba a corta distancia".

Aumento del riesgo

Ese día, subrayan los abogados de Español, no se daban las circunstancias para la utilización de pelots de goma, ni se hizo de forma "protocolaria". De este modo, precisan, "el riesgo de causar lesiones graves a la ciudadanía aumentó exponencialmente, tal como conocían y aceptaban los acusados quién eran funcionarios públicos policiales" formados para estas situaciones y armas".

La fiscalía solicitó en su día que no se juzgara a los cuatro policías nacionales que hirieron a Español y que se archivara la causa contra los agentes, pero por otro motivo: consideraba que concurría el eximente de responsabilidad criminal porque "cumplían su deber", en este caso, el de impedir el referéndum sobre la independencia de Catalunya, siguiendo la orden de una magistrada del TSJC y porque la actuación fue "proporcionada".

El proceso

Para Español, este "es uno de los casos más claros, por documentado, para poder denunciar el abuso que se hace de estas escopetas de energía cinética en situaciones de protesta. Este mar de impunidad se tiene que acabar. No entendería ningún otro veredicto que el de culpabilidad. Solo soy una de las más de mil personas heridas aquella mañana que podrá, sea qué sea el resultado judicial, avanzar en su proceso de reparación, que ya hace demasiado tiempo que lo tengo parado".

Ton Mansilla, abogado de Irídia, considera que el disparo se efectuó como represalia contra Español por el hecho de haber participado en la protesta del 1 de octubre. “Por eso consideramos que, además de un delito de lesiones con pérdida de órgano principal, también hay un delito de tortura, puesto que este daño se produjo con una intención clara de castigarlo”.

La también abogada Anaïs Franqueza, directora de este colectivo, subraya que ese día no se tendrían que haber utilizado balas de goma “en ningún caso”. “En primer lugar, porque en Catalunya estaban erradicadas desde abril de 2014, precisamente por su alta lesividad y peligrosidad. En segundo lugar, porque se trataba de una concentración pacífica y no había ningún motivo para emplear un armamento de estas características”, explica.