Tribunales
El TSJC declara firme la condena a Laura Borràs y abre el proceso para ejecutar la pena de prisión
Las defensas de los tres imputados y la fiscalía deberán presentar sus alegaciones respecto a la ejecución de la sentencia
El Supremo confirma la condena de Laura Borràs por prevaricación y rechaza que se le aplique la amnistía

La presidenta de Junts, Laura Borràs, llega al primer día de su juicio. / Kike Rincon


J. G. Albalat
J. G. AlbalatRedactor
Ha trabajado en el Diario de Barcelona, El País y AVUI. Desde hace años en El Periódico cubriendo los acontecimientos judiciales. Premios Ortega y Gasset, Save the Children, Ramon Barnils y Josep Maria Planes por la investigación del 'caso Maristas' sobre abusos sexuales en los colegios. En el 2016, mención honorífica de la Generalitat en el Día de la Justicia. Premio del Col.legi de l'Advocacia de Barcelona a la Trayectoria en el Periodismo del Sector Legal 2023. Colaborador de publicaciones jurídicas. Ha ejercido de profesor asociado Master de Criminología de la Universitat de Barcelona.
El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha declarado firme la condena a la expresidenta del Parlament, Laura Borràs (Junts), por fraccionar contratos para adjudicarlos a dedo a un amigo cuando dirigía la Institució de les Lletres Catalanes (ILC) entre 2013 y 2018. La Sala Civil y Penal del alto tribunal catalán ha iniciado de esta manera los trámites para ejecutar la pena de prisión, fijada en cuatro años y medio, aunque los magistrados del TSJC que la juzgaron propusieron en su sentencia de marzo de 2023 que el Gobierno le concediera un indulto que rebajara la condena de privación de libertad a dos años, con el fin de evitar la entrada de la dirigente independentista en un centro penitenciario. Borràs fue condenada por un delito de falsedad y otro de prevaricación y, además de la pena de prisión, se le impuso 13 años de inhabilitación y una multa de 36.080 euros.
El tribunal también ha declarado firme la condena a los otros dos imputados: el informático Isaías Herrero Florensa y al empresario Andreu Pujol Martín. Estas dos personas llegaron a un acuerdo antes del juicio con la fiscalía y sus abogados defensores y, siguiendo esta línea, el TSJC condenó a Herrero a dos años de prisión, a una inhabilitación durante un año y 10 meses para contratar con la administración pública y a una multa de 2.100 euros; mientras que a Martín le condenó a un año y dos meses de prisión, a una inhabilitación por un año y un día para contratar con la administración pública y a una multa de 2.250 euros. Los magistrados deberán también decidir sobre la ejecución de la condena de estos dos imputados.
Informe de la defensa y la acusación
Para practicar la ejecución de la sentencia, el TSJC ha dado traslado a los tres condenados para que en un plazo común de 10 días formulen las alegaciones y circunstancias que consideren necesarias. Posteriormente, se hará lo mismo con la Fiscalía Superior de Catalunya. Tras la recepción de esos informes, la Sala Civil y Penal decidirá cómo se hace cumplir la sentencia y cómo se tramita la proposición de indulto de Borràs.
El TSJC propuso que a Borràs se le otorgara esa medida de gracia al considerar "excesiva la duración de la pena privativa de libertad", cuatro años y medio, en la medida que no admite la posibilidad de que pueda acogerse a "las fórmulas sustitutivas de cumplimiento". En este sentido, justifica que "en ningún caso" el delito de falsedad no puede castigarse con menos de cuatro años porque así lo recoge el Código Penal.
El fallo judicial precisaba que, a pesar de la "métrica penal vigente", las "concretas actividades falsarias" desplegadas por los acusados no estaban orientadas a obtener un "lucro personal", sino que tenía como "único sentido o razón de ser" el "enmascaramiento" ante los órganos de control. Además, exponía que no es "necesario" ejecutar la pena de prisión impuesta a la presidenta de Junts para "evitar la comisión de nuevos delitos", teniendo en cuenta la "efectividad" de la condena de inhabilitación.
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