Tribunales

Cómo bloquea el juez Peinado el derecho de defensa en el caso de Begoña Gómez, esposa de Pedro Sánchez

El pasado 8 de enero, el juez instructor resolvió 16 recursos de reforma presentados desde el comienzo de la causa contra sus providencias y autos. Esta acumulación retrasa la elevación de los recursos de apelación a la Audiencia de Madrid

Juan Carlos Peinado, juez, en los alrededores de los juzgados de Plaza Castilla

Juan Carlos Peinado, juez, en los alrededores de los juzgados de Plaza Castilla / José Luis Roca

Ernesto Ekaizer

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Hace unos días, en el programa La Hora de la 1, al poner el video de la declaración de Juan José Güemes, presidente del Centro de Estudios del Instituto de Empresa (IE), el 18 de diciembre de 2024, y confirmar la mentira flagrante usada por el juez Juan Carlos Peinado para imputarle, uno de los tertulianos pretendió quitarse de encima este asunto indefendible, más allá de cualquier ideología: 

-Que recurra-, dijo.

-Por supuesto, el abogado de Güemes [Bernardo del Rosal Blasco] va a presentar un recurso ante el juez y la Audiencia. Pero es que el juez Peinado suele retrasar la resolución de esos recursos y también da largas a elevar la apelación a la Audiencia.

El caso del empresario Juan Carlos Barrabés, imputado en la causa después de ser testigo, fue muy elocuente. Sufrió registros en su domicilio y en su empresa en el mes de agosto de 2024. La sección 23 de la Audiencia de Madrid resolvió el 29 de enero anular la decisión del juez por no motivar la urgencia estando el investigado ingresado en el hospital. Es decir: cinco meses más tarde.

El lunes 10 de febrero, tras serle aportado el video de la declaración de Güemes en calidad de imputado/investigado, su defensa presentó escrito ante el juez en el que pide el sobreseimiento y archivo de la causa para su cliente.

Peinado dijo el 18 de noviembre a Güemes, mientras declaraba como testigo, que le cambiaba a imputado por declarar que “la señora Begoña Gómez no fue contratada [para el Centro de África] por ser esposa del presidente de Gobierno], ya que, según le aseguró el juez, otra testigo, subordinada de Güemes, la directora de recursos humanos del IE, Sonsoles Gil de Antuñano, había declarado “que había sido contratada por ser esposa del presidente del Gobierno”. Y le amenazó con un posible delito de falso testimonio.

Un mes después, el 18 de diciembre, le volvió a amenazar con dicho delito al explicarle que había declarado “en consonancia o disonancia” con Gil de Antuñano.

La decisión, pues, está recurrida. ¿Cómo y cuándo va a resolver el juez Peinado? EL PERIÓDICO ha tenido acceso a la resolución por parte del juez Peinado de 16 recursos de reforma el pasado 8 de enero. Son la mayor parte de los recursos presentados contra sus resoluciones desde, prácticamente, el inicio de la causa. Es decir: el juez ha acumulado todos los recursos y los resuelve en auto único, largos meses más tarde. Además, su conducta procesal consiste en impulsar muchas diligencias mediante providencia, no por auto.

Auto del juez Juan Carlos Peinado contra un recurso de reforma de Begoña Gómez

Auto del juez Juan Carlos Peinado contra un recurso de reforma de Begoña Gómez

Auto del juez Juan Carlos Peinado contra un recurso de reforma de Begoña Gómez

Este método de resolución alude a resoluciones judiciales que solo tienden, sin sustanciación, al desarrollo del proceso, u ordenan actos de mera ejecución y no requieren otras formalidades que su expresión escrita, indicación de fecha y lugar, y la firma del juez o presidente del tribunal, o del secretario.

Bien. Pero, lo llamativo es que entre esas resoluciones por providencia están, por ejemplo, la declaración testifical del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, el 19 de julio de 2024. O la imputación del empresario Barrabés.

¿Cuál es el problema? Aunque “contra las resoluciones del juez instructor podrán ejercitarse los recursos de reforma, apelación y queja” (artículo 116 de la ley de Enjuiciamiento Criminal), lo normal es que para recurrir en apelación a la Audiencia de Madrid es que sea contra un auto judicial, no una providencia. El auto debe ir acompañado de un razonamiento jurídico (consideraciones y fundamentos), en los casos en que las leyes de procedimiento (civil o penal) así lo determinan.

En este diario hemos publicado las transcripciones literales de Sonsoles Gil de Antuñano, directora de recursos humanos del IE, y de Güemes y más tarde los audios de las dos. La conclusión no puede ser otra que esta: el juez se ha inventado una contradicción que no existe. 

"Pero lo cierto y verdad es que cuando esta representación ha tenido conocimiento íntegro de la declaración de la señora Gil de Antuñano, nunca dijo que a la señora Begoña Gómez se la contratara por ser esposa del señor presidente del Gobierno. Sí afirmó que quien le dio la instrucción de que formalizara un contrato con ella fue su superior jerárquico, el señor Güemes, pero nada respecto de los motivos de la contratación porque ella los desconocía”, señala el recurso de Güemes.

Ahora vayamos a cuándo resolverá esta situación el juez. En su resolución del 8 de enero desestimando todos los recursos de reforma, el juez sostiene que “en fase de instrucción no sería admisible el recurso de apelación, y ni siquiera el de reforma, pero en cualquier caso la determinación de las diligencias de investigación decididas por el juez instructor debe entenderse que las ha considerado pertinentes". Por la "proyección de esta doctrina", según señala en su auto del 8 de enero, Peinado desestima los 16 recursos.

En la práctica, pues, el patrón de conducta del juez es que no resuelve los recursos de reforma. Y, para más inri, de acuerdo con su conducta en otros procedimientos aunque la defensa del imputado/investigado acude a la Audiencia de Madrid directamente en apelación como es el juez quien lo debe elevar ya se encarga de retrasar los tiempos.

En otros términos, el juez Peinado necesita que nadie pueda revisar -como ha sido después de cinco meses el caso de la entrada y registro en el domicilio y empresa de Barrabés por parte de la Audiencia- sus actuaciones. ¿Esperará a acumular varios recursos de reforma más para resolver sobre el de Güemes

En este caso puntual se da la paradoja que es el mismo Peinado el que está en cuestión porque la razón por la que ha imputado a Güemes y le ha hostigado con el delito de falso testimonio carece de fundamento. Se la ha inventado. 

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