Ley de vivienda
Catalunya multará a los que se salten la regulación de los alquileres: estas son las sanciones
Govern y Comuns pactan multar con hasta 900.000 euros a los que se salten la ley de vivienda
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Pancarta de protesta por el incremento de los alquileres en una finca del Poblenou. / ÁLVARO MONGE


Sara González
Sara GonzálezPeriodista
Periodista especializada en Política. Autora de 'Per raó d'Estat' (Ara Llibres), 'Cas Mercuri. La galàxia Bustos' (Saldonar) y 'El part dels comuns. Relat del naixement de Catalunya en Comú' (Saldonar)
A partir del miércoles, entrará en vigor en Catalunya el régimen sancionador de la ley de vivienda pactado por el Govern con los Comuns, que multará a los propietarios que se salten los topes de los alquileres fijados en el índice de referencia estatal, pero también a aquellos que utilicen la modalidad del contrato de temporada para esquivar esos límites. El Consell Executiu ha aprobado las modificaciones legislativas este martes -de la ley de vivienda de Catalunya de 2007 y la ley del Codi de Consum- con el objetivo de castigar las infracciones y disuadir a los propietarios de imponer precios abusivos.
Hay tres actuaciones consideradas como muy graves que serán sancionadas con multas de entre 90.001 y 900.000 euros. La primera de ellas es poner una vivienda en alquiler con un precio que supere en un 30% el índice de referencia de la ley estatal de vivienda. La segunda, que no conste la finalidad del contrato o poner una finalidad fraudulenta, el supuesto con el que se pretende sancionar quienes utilizan los contratos de temporada para esquivar los precios de la vivienda de uso habitual. Y la tercera es que se carguen los gastos de gestión al inquilino.
En el capítulo de infracciones consideradas graves, multadas con entre 9.001 y 90.000 euros, se incorporan dos supuestos: el de fijar un precio de alquiler hasta un 30% por encima del índice de referencia o bien no hacer constar en el contrato o la oferta dicho índice o el importe de renta del contrato anterior. Más allá de las sanciones, lo que se busca es que se les proporcione a los inquilinos toda la información tanto en los anuncios de pisos como a la hora de firmar los contratos.
Plataformas -o portales- y agentes inmobiliarios también podrán ser multados por la realización de "prácticas abusivas" de quienes prestan los servicios y ejercen de intermediarios a la hora de firmar un contrato, es decir, que serán sancionados si acompañan a los propietarios en los subterfugios para saltarse los topes de precios. Las multas en estos casos pueden alcanzar los 100.000 euros, pero pueden ser superiores si los perjudicados son personas que forman parte de colectivos vulnerables. Los portales tendrán cinco días desde el miércoles para actualizar sus anuncios.
Las multas pueden ser acumulativas si los propietarios cometen varias infracciones a la vez. De hecho, las modificaciones legislativas permiten sancionar tanto vía la ley de vivienda de Catalunya de 2007 como por el Código de Consumo. Se habilitará una ventanilla única en l'Agència d'Habitatge de Catalunya para facilitar a los inquilinos poner denuncias.
Que la mayoría de sanciones se vehiculen por la ley de vivienda de Catalunya permitirá a los ayuntamientos tener competencias para sancionar. Sin embargo, si la Generalitat quiere ser también proactiva imponiendo multas necesitará un cuerpo de inspectores. Los Comuns pidan que sea de entre 100 y 150 miembros, pero aquí el gran nudo gordiano es cómo se pagan si no habrá nuevos presupuestos en 2025. El objetivo del Govern es aprobar una ampliación de crédito para poderlo sufragar, pero para ello necesitará el apoyo tanto de los Comuns como de ERC, que no está por la labor de negociar en estos momentos. También está previsto que entre febrero y marzo se ponga en marcha una campaña institucional para hacer difusión a los inquilinos de sus derechos.
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