Unificar su actuación
El PP asume la dirección de las acusaciones populares del caso Ábalos en el Supremo
Ante la falta de acuerdo, el alto tribunal opta por elegir al Partido Popular, la víspera de la declaración voluntaria del exministro
El resto de acusaciones piden al magistrado poder asistir a la declaración del ahora diputado del grupo mixto este jueves
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Ángeles Vázquez
Ángeles VázquezPeriodista
Periodista especializada en tribunales desde 1996. Primero en Europa Press, donde fui jefa de la sección de tribunales hasta que me incorporé a 'Público'. El cierre de su edición en papel me llevó a pasar al 'otro lado' e incorporarme a prensa del Ministerio de Justicia. Acabada esa etapa colaboré con el 'Ara' hasta que me incorporé a la redacción de 'El Mundo'. Llegué a 'El Periódico' en 2016 y desde entonces vivo entre la Audiencia Nacional, el Supremo y el Constitucional. Descubrí '100 cosas que hacer en Madrid al menos una vez en la vida' y lo conté en un libro.


Cristina Gallardo
Cristina GallardoRedactora de Tribunales
Seguimiento de información jurídica y casos de corrupción e investigación en el Tribunal Supremo, Fiscalía, Tribunal Constitucional, Audiencia Nacional, Consejo General del Poder Judicial, Ministerio de Justicia. Analista de temas jurídicos. 25 años como redactora de Tribunales y quince de ellos como responsable de equipo de Tribunales en Europa Press. Jefa de Tribunales de El Periódico de España desde su fundación, en octubre de 2021, y ahora también en Tribunales en El Periódico.


Tono Calleja Flórez
Tono Calleja FlórezRedactor
(Gijón, 1974). Licenciado en Ciencias de la Información-Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid (1992-1997). Comencé mi periplo haciendo prácticas en La Voz de Asturias (Grupo Zeta), para después pasar a la sección de Internacional de El País. Mi primer trabajo fue en El Faro de Melilla, diario en el que llegué a desempeñar la labor de director. En la Región de Murcia me encargué de la sección de Política en La Opinión de Murcia, periódico de la Editorial Prensa Ibérica (EPI). Ya en Madrid fui redactor en El País en la sección de Local hasta pasar a Tribunales en infoLibre.
También trabajé en la misma sección en Vozpópuli y La Razón antes de incorporarme como periodista a EL PERIÓDICO a las áreas de Tribunales e Investigación.
Especialista en Tribunales, Política, Internacional
Escribe desde España
El magistrado del Tribunal Supremo Leopoldo Puente, instructor de la causa abierta por la presunta contratación irregular de mascarillas y material sanitario durante la pandemia en lo relativo al exministro José Luis Ábalos, ha acordado unificar la representación de las siete acusaciones populares personadas en el llamado caso Koldo en la que ejerce el Partido Popular, por ser el primero en personarse en las actuaciones iniciadas en la Audiencia Nacional.
El instructor ha adoptado esta decisión la víspera de la declaración voluntaria del ahora diputado del grupo mixto, tras escuchar a las propias acusaciones populares sin que alcanzaran un acuerdo sobre quién preferían que las representara. Puente considera que el criterio más objetivo es el de quién se personó primero y en el caso Koldo ha sido el PP, a través de su abogado, Alberto Durán.
Las acusaciones populares se personaron en esta causa, cuando aún se encontraba en la Audiencia Nacional, en este orden: Partido Popular, Vox, el autodenominado sindicato de funcionarios Manos Limpias, Asociación Liberum, Asociación Hazteoir.org, Asociación de Abogados Demócratas por Europa (ADADE) y el partido político Iustitia Europa. De ahí que previsiblemente sea también el PP el que acabe representando a las acusaciones en el caso Koldo en la Audiencia Nacional, donde el juez Ismael Moreno también ha dado un plazo a las acusaciones para llegar a un acuerdo.
El juez Puente argumenta que, tomada en cuenta la naturaleza de los delitos que aquí se investigan, no se advierte conflicto alguno sino al contrario plena convergencia de intereses entre las distintas entidades que han venido ejerciendo la acusación popular “desde el punto de vista del interés general que postulan, siendo que la debida unificación de su representación y defensa contribuirá al buen orden del proceso, así como a evitar el surgimiento de indebidas dilaciones, todo sin detrimento alguno de su derecho de defensa”.
“Es cierto que, como también se encarga de señalar alguna de las acusaciones populares, entre las concurrentes existen o pueden existir distintos enfoques, puntos de vista, estrategias procesales y, por qué negarlo, particulares intereses colectivos o aproximaciones a los hechos, que las diferencian entre sí. Son, por eso, asociaciones distintas", afirma.
Pero el magistrado no advierte que esa característica distintiva entre partidos políticos y asociaciones civiles, que argumentó Liberum, sea tan relevante como para determinar que "unas y otras puedan en el proceso penal perseguir finalidades distintas o pretensiones particularmente diversas, aptas para justificar que se agrupen por eso en dos acusaciones populares diferenciadas”, explica el magistrado.
“Fácilmente se comprenderá -añade el juez- que, en el extremo, el ejercicio de la acusación popular por decenas, cientos o miles de interesados en asumir esta posición procesal perturbaría, de ser admitido, el buen orden del proceso y avocaría indefectiblemente a la existencia en el mismo de dilaciones indebidas, por muy proba que fuera la actuación de los profesionales designados por cada una para su representación y defensa”.
Por ello, aplica el mecanismo de unificación de acusaciones previsto en el artículo 109 bis 2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y determina que sea solo el PP quien este jueves pueda interrogar al exministro José Luis Ábalos para que la diligencia se realice "de forma mucho más ágil y precisa y sin detrimento del interés común".
La acusación que ejercen Hazte Oír e Iustitia Europa han presentado sendos escritos en el alto tribunal para solicitar que la unificación de las acusaciones no implique que deban quedarse fuera de la declaración este jueves del diputado del grupo mixto, en la que ambas quieren estar presentes. "No concurre razón alguna que justificase lo contrario, en tanto que ello podría implicar vulneración del principio de igualdad y vaciamiento de facto de las facultades de la acusación popular", señala el escrito presentado por la primera.
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