Investigación a la mujer del presidente
El Supremo respalda investigaciones como la del juez Peinado: vale con comunicar sospechas y puede cambiar el objeto de la investigación
Una resolución del Pleno de la Sala de lo Penal refuerza jurisprudencia sobre investigaciones prospectivas en en un caso de fraude Hacienda en Málaga

El juez Juan Carlos Peinado en los alrededores de los juzgados de Plaza Castilla. / José Luis Roca

El Pleno de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha reforzado su jurisprudencia sobre lo que constituye o no una investigación prospectiva en el ámbito penal, estableciendo que la mera notitia criminis, es decir, la comunicación de una sospecha de que se ha producido un hecho con posible trascendencia penal, puede ser motivo suficiente para poner en marcha una investigación. Establece además que el objeto de la misma puede ir cambiando en función de como vayan evolucionando las pesquisas.
Esta postura del alto tribunal, referida a una causa por fraude a Hacienda cometido por unos empresarios malagueños, coincide con las adoptada por el juez que investiga a Begoña Gómez, Juan Carlos Peinado, cuyas resoluciones vienen siendo recurridas por la Fiscalía y por la defensa de la mujer de Pedro Sánchez. Ambas partes reprochan al instructor haber incurrido en una investigación prospectiva y que la instrucción haya ido cambiando de objetivo según se han ampliado las querellas iniciales con hechos nuevos. Por el momento, la Audiencia de Madrid ha rechazado que esta situación se haya producido.
La resolución dictada por el Supremo a la que ha tenido acceso este periódico, que tiene fecha del pasado 6 de noviembre, responde a un recurso en el que la defensa de los empresarios malagueños. Pese a darles la razón al anular determinadas diligencias de investigación realizadas por la Guardia Civil, antes de que se incoara formalmente el procedimiento, el Supremo recuerda que ya existe doctrina en el sentido de que "la notitia criminis es suficiente para que se ponga en marcha la investigación judicial del delito".
"Maquinaria del Estado"
Agrega que aunque "la reacción de la maquinaria del Estado frente a posibles hechos delictivos no debe ser pretexto para una actuación irreflexiva y desproporcionada" por parte de la justicia, ello "no significa que una investigación penal pueda quedar delimitada o circunscrita a los hechos que se describan en la denuncia o notitia criminis inicial".
Es algo parecido a lo ocurrido en el caso Begoña Gómez, que se inició a raíz de una denuncia de Manos Limpias por tráfico de influencias y corrupción en los negocios --por hechos relacionados con el rescate de Air Europa y la actividad de la esposa del presidente con el África Center del Instituto de Empresa-- y ahora se ha ampliado a nuevos delitos de presunta apropiación indebida e intrusismo en relación con el software de la cátedra de Transformación Social Competitiva que codirigió en la Universidad Complutense de Madrid.
De hecho, el alto tribunal establece incluso en su sentencia que el uso de los "poderes inquisitivos" que la Ley de Enjuiciamiento Criminal coloca en manos del Instructor puede abocar al descubrimiento de hechos distintos de aquellos que dieron lugar a la incoación del proceso o a la implicación de personas distintas de aquellas sobre las que inicialmente recayeron las sospechas".
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