Tribunal Constitucional
La Abogacía del Estado se suma a la fiscalía y a Puigdemont y también recusa a Macías en la amnistía
Bolaños asegura que se dan las causas para apartar al último magistrado que se ha incorporado al TC a propuesta del Partido Popular
El Supremo rechaza suspender el pleno de este martes como solicitaba una querella contra Conde-Pumpido

Archivo - El magistrado del Constitucional José María Macías. / Fernando Sánchez - Europa Press - Archivo


Ángeles Vázquez
Ángeles VázquezPeriodista
Periodista especializada en tribunales desde 1996. Primero en Europa Press, donde fui jefa de la sección de tribunales hasta que me incorporé a 'Público'. El cierre de su edición en papel me llevó a pasar al 'otro lado' e incorporarme a prensa del Ministerio de Justicia. Acabada esa etapa colaboré con el 'Ara' hasta que me incorporé a la redacción de 'El Mundo'. Llegué a 'El Periódico' en 2016 y desde entonces vivo entre la Audiencia Nacional, el Supremo y el Constitucional. Descubrí '100 cosas que hacer en Madrid al menos una vez en la vida' y lo conté en un libro.


Cristina Gallardo
Cristina GallardoRedactora de Tribunales
Seguimiento de información jurídica y casos de corrupción e investigación en el Tribunal Supremo, Fiscalía, Tribunal Constitucional, Audiencia Nacional, Consejo General del Poder Judicial, Ministerio de Justicia. Analista de temas jurídicos. 25 años como redactora de Tribunales y quince de ellos como responsable de equipo de Tribunales en Europa Press. Jefa de Tribunales de El Periódico de España desde su fundación, en octubre de 2021, y ahora también en Tribunales en El Periódico.
La Abogacía del Estado se ha sumado a la iniciativa del fiscal general del Estado y del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y también ha recusado al último magistrado que se ha incorporado al Tribunal Constitucional, José María Macías, para apartarle de las deliberaciones de la veintena de asuntos que acumula la corte de garantías contra la ley de amnistía. El TC les dio luz verde en el pleno de hace 15 días con la admisión a trámite de la cuestión de inconstitucionalidad elevada por el Tribunal Supremo.
Precisamente al Supremo se ha dirigido una acusación popular personada en el caso Koldo y en la causa contra Begoña Gómez, Iustitia Europa, para querellarse contra el presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, y tratar así de evitar que sea el ponente de la extensión de la abstención del magistrado Juan Carlos Campo a todos los asuntos relativos a la medida de gracia, por haber sido recusado. De momento, el alto tribunal ha rechazado la pretensión de que se suspendiera el pleno del TC previsto para este martes, "al no concurrir los presupuestos que legitiman" una medida semejante.
Todavía no hay fecha para estudiar los incidentes de recusación interpuestos contra Macías por un lado y contra Conde-Pumpido, Laura Díez-Bueso y el propio Campo, pese a que se abstuvo por sí mismo, por otro. Lo habitual es que ellos se pronuncien en un principio sobre si se abstienen o no -lo que no se espera más que en el caso del exministro- y luego se determine si se rechaza de plano el incidente o si se le da trámite.
El ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, defendió este lunes que "la recusación que la semana pasada presentó la Abogacía del Estado tiene que ver estrictamente con las causas legales que establece la ley para la recusación de un magistrado y, por tanto, obedece a criterios técnicos".
Para curarse en salud respecto a la última intervención del propio Conde-Pumpido, en la que reclama respeto para las decisiones del tribunal, añadió que el Gobierno siempre estará "en el prestigio y en el reconocimiento de la labor que hacen los órganos que han de dictar sentencias: el Constitucional, el Supremo y cualquier juzgado y tribunal" del país.
Informe del CGPJ
En el incidente de recusación presentado contra Macías, los Servicios Jurídicos del Estado reproducen párrafos del informe que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) redactó a petición del Senado en relación con la ley de amnistía y señala que "con la selección del texto" que han realizado se puede concluir que Macías, "como afirma la causa invocada de recusación, ha ocupado cargo público con ocasión del cual ha tenido un extenso conocimiento del objeto del litigio y ha formado criterio con el resto de los consejeros,'en detrimento de la debida imparcialidad'".
El escrito, de 17 páginas, cita distintos fallos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos -como la sentencia que condenó a España por no garantizar al líder de Bildu Arnaldo Otegi un tribunal imparcial-, para asegurar que "no es objeto del mismo, ni directo ni indirecto, realizar desconsideración alguna hacia el magistrado respecto del que se predica la concurrencia de causa de recusación. Tampoco evitar que, mediante la alegación de causas irrelevantes o producto de la imaginación o suspicacia de la parte, se altere la composición del juez natural".
Pero sí lo es "poner de manifiesto al tribunal circunstancias objetivas, constatables y de entidad que pueden -y a juicio de esta parte así ocurre- afectar a la imparcialidad objetiva del juzgador y que hacen imprescindible despejar la sombra de parcialidad que proyecta, declarando la existencia de un prejuicio manifestado sobre el objeto litigioso". Y en este caso, considera que eso queda acreditado con el informe que redactó el CGPJ contra la ley de amnistía a petición del Senado, durante la tramitación de la ley.
"Macías, formando parte del Consejo General del Poder Judicial, en su calidad de vocal participó en la emisión del referido Informe, de fecha 21 de marzo de 2024, cuyo resultado mayoritario fue contrario a la constitucionalidad de la entonces proposición de ley que dio lugar a la Ley Orgánica de Amnistía para la Normalización Institucional, Política y Social en Catalunya, concluyendo la mayoría la inconstitucionalidad de dicha proposición de ley de acuerdo con los argumentos expuestos en el mismo", señala la Abogacía del Estado.
De ahí que el Gobierno considere que "con motivo de su cargo en el Consejo General del Poder Judicial, tuvo ocasión para conocer el objeto del litigio (la ley de amnistía) y formar criterio en detrimento de la debida imparcialidad", lo que considera que se evidencia a lo largo de todo el informe, que fue muy duro con la norma y no dudó en tacharla de inconstitucional. Además, destaca que el texto redactado por el CGPJ fue "inadmitido por el Congreso, de tal que el texto informado coincide con la ley finalmente aprobada, como se puede comprobar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales", que es la que se encuentra en manos ahora del Constitucional.
Entre los estractos del informe sobre la ley que destaca la Abogacía del Estado figuran algunos de los más críticos, como los que declaran la vulneración de la igualdad ante la ley o a la seguridad jurídica y el que dice que "solo cabe concluir que ni el origen es el denominado conflicto catalán, sino el mencionado acuerdo, ni su finalidad es la normalización institucional, política y social en Catalunya, como se lleva a la rúbrica de la ley, sino el cumplimiento de los pactos en cuanto se dieron los apoyos parlamentarios al candidato a la Presidencia del Gobierno y, en lógica contraprestación, se acomete la concesión de la prometida amnistía".
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