Recursos de inconstitucionalidad
El TC estudia si las comunidades del PP y Page están legitimados para recurrir la amnistía a Puigdemont
Se trata del trámite habitual con este tipo de impugnaciones y las fuentes consultadas confían en que los 16 recursos de inconstitucionalidad sean admitidos a trámite
El Constitucional ya estableció en 2021 que existe legitimación cuando las leyes estatales afectan al “ámbito de autonomía” de una comunidad, al resolver el recurso del Parlament contra la ley mordaza
Ángeles Vázquez
Ángeles VázquezPeriodista
Periodista especializada en tribunales. Vivo entre la Audiencia Nacional, el Supremo y el Constitucional. Descubrí '100 cosas que hacer en Madrid al menos una vez en la vida' y lo conté en un libro.
Cristina Gallardo
Cristina GallardoPeriodista
Los recursos de amparo presentados durante la instrucción del 'procés' han sido admitidos a trámite por el Tribunal Constitucional de una forma tan ágil que daba la sensación de ser automática. De ahí que ahora pueda sorprender que el órgano de garantías analice si los 16 recursos de inconstitucionalidad interpuestos contra la ley de amnistía por las comunidades autónomas gobernadas por el PP, así como la de Castilla-La Mancha, a cuyo frente está el socialista Emiliano García-Page, cumplen los requisitos necesarios para ser tramitados antes de pronunciarse sobre su admisión.
Fuentes del alto tribunal aseguran a este diario que la tramitación de estos recursos no ha sufrido suspensión alguna, sino que se estudia, como se hace habitualmente, si las comunidades tienen legitimación para interponer estos recursos contra una ley, que en principio al parecer no parecen afectarles directamente. Determinar si pueden interponer estas impugnaciones o no será clave para decidir si se admiten a trámite o no los 16 recursos de inconstitucionalidad presentados.
Desde el órgano de garantías se señala que en el pleno de la semana pasada se decidió que "como método de trabajo el asunto cabecera", que es como se considera al recurso interpuesto por Aragón, "sirva para deliberar la legitimación de las comunidades autónomas para recurrir una ley penal". La intención de los magistrados es que las impugnaciones se admitan a trámite y que el pronunciamiento sobre la legitimación de las comunidades para recurrir la amnistía se resuelva ya en la sentencia.
El primer asunto relacionado con la amnistía admitido a trámite ha sido la cuestión de inconstitucionalidad elevada por el Tribunal Supremo, en relación con los delitos de desórdenes públicos y de atentado contra la autoridad. La admisión a trámite del recurso de inconstitucionalidad del PP, que será previsiblemente el primero en resolverse, se retrasa finalmente por un defecto formal.
Eso impedirá que se aborde en el pleno de la semana del 24, en el que finalmente la abstención de Campo en la cuestión de inconstitucionalidad del Supremo se hará extensiva a todas las impugnaciones sobre la amnistía planteadas, que de momento son 16 recursos de inconstitucionalidad y la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Supremo y otras dos elevadas por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC).
El mismo recurso 17 veces
El estudio de la legitimación de los recursos presentados por las comunidades autónomas del PP y por Emilio García-Page no supone suspender la tramitación de este asunto ni prejuzga una posible inadmisión de los mismos, sino que se trata de reagrupar los recursos para no tener que estudiar separadamente esta cuestión y tener que enfrentarse a 16 informes distintos.
Se considera que estas impugnaciones no aportan mucha novedad jurídica, respecto a los argumentos incluidos en el recurso del PP. "No necesitamos 17 recursos repetidos para resolver el mismo problema", señalan. Agregan que, en todo caso, el debate sobre la legitimación de las comunidades autónomas tiene importancia porque condiciona toda la jurisprudencia futura y puede ir en contra de lo que señala al respecto la propia Ley Orgánica del Tribunal Constitucional al respecto.
Otras fuentes del órgano señalan que ya existe doctrina consolidada que juega a favor de la legitimación de las comunidades autónomas para recurrir la amnistía. En este sentido destacan la sentencia dictada en 2021 con ocasión del recurso de inconstitucionalidad del Parlament contra la denominada ley mordaza.
En ese caso el alto tribunal señaló expresamente que según la propia ley orgánica, "los órganos ejecutivos y las asambleas de las comunidades autónomas tienen legitimación para el ejercicio del recurso de inconstitucionalidad contra leyes, disposiciones o actos con fuerza de ley del Estado, cuando afecten a su propio ámbito de autonomía".
Añadía que "la legitimación para interponer un recurso de inconstitucionalidad no lo es tanto para la preservación o delimitación del propio ámbito competencial, como para la 'depuración objetiva del ordenamiento mediante la invalidación de la norma inconstitucional'". Es decir, "la legitimación de las comunidades autónomas para interponer el recurso de inconstitucionalidad no está al servicio de la reivindicación de una competencia violada, sino de la depuración del ordenamiento jurídico, extendiéndose a todos aquellos supuestos en que exista un punto de conexión material entre la ley estatal y el ámbito competencial autonómico".
Otra sentencia "reveladora", según las mismas fuentes, fue la que en 2003 admitió la legitimación del gobierno vasco contra la ley de partidos políticos con el simple punto de conexión de que en el país vasco también hay partidos políticos. Según este análisis, la amnistía tendría interés para comunidades donde sus políticos también pueden cometer delitos de malversación.
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